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de las Indias.

que tratasen y conversasen con los españoles, y trabajasen en sus edificios, en coger y sacar oro y otros metales, y en hacer granjerías y mantenimientos para los cristianos, vecinos y moradores de la isla, y que le hiciese pagar á cada uno, el dia que trabajase, el jornal y mantenimiento, que, segun la calidad de la tierra y de la persona y del oficio, le pareciese que debia haber; mandando á cada Cacique que tuviese cargo de cierto número de los indios, para que los hiciese ir á trabajar donde fuese menester, y para que, las fiestas y dias que pareciese, se juntasen á oir y ser doctrinados en las cosas de la fe, en los lugares deputados, y para quel Cacique acudiese con el número de indios que le señalase á la persona ó personas que él nombrase, para que trabajasen en lo que las tales personas mandasen, pagándoles el jornal que por él fuese tasado, lo cual hiciesen y cumpliesen como personas libres, como lo eran, y no como siervos; y que hiciese que fuesen bien tratados, y los que dellos fuesen cristianos mejor que los otros, y que no consintiese ni diese lugar que ninguna persona les hiciese mal ni daño, ni otro desaguisado alguno, y que los unos y los otros no hiciesen ende al, etc.» Todas estas palabras son formales de la reina doña Isabel, de felice memoria, en su Carta patente, que abajo á la letra se porná. En todas las cuales, cierto, parece la intincion que al bien y conversion destas gentes tenia, y tuvo hasta la muerte, como pareció en su testamento, cuya cláusula, tocante á esto, abajo se porná, y que si alguna cosa proveyó disconveniente al bien dellas, fué por falsas informaciones, y tambien por la ignorancia y error de los del Consejo que tuvo, los cuales debieran considerar muchas cosas tocantes al derecho, pues lo profesaban, y les daba de comer por letrados y no por gentiles hombres ó por caballeros. Y despues, hartos años, conversé é informé á algunos de los del Consejo, que firmaron esta Carta patente de la Reina, y favorecieron en el contrario de lo que habian firmado á los indios, entendiendo más el derecho y alcanzando noticia del hecho. Ocho cosas, pues, parece pretender la Reina en esta Patente, segun se colige della. La primera,