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de mí, el dicho escribano, y testigos de yuso escriptos, examinó al dicho Joán Guerra en lo tocante al dicho arte de cirujano, y le hizo muchas preguntas y repregunts, así cerca de la anatomía del cuerpo humano como de las llagas, apostemas, heridas y otros males, y sobre el remedio y reparo dellos, á todo lo cual el dicho Joán Guerra respondió y satisfizo bien y cumplidamente, como hombre hábil y suficiente en el dicho arte; y visto por el dicho protomédico mayor su habilidad y suficiencia, le mandó dar la presente, por la cual, usando de la provisión y título que S. M. tiene, que por su prolijidad y por ser notoria no va aquí insertada, la licencia y facultad al dicho Joán Guerra para que de aquí adelante, por todos los días de su vida, sin pena ni calunia alguna, pueda, en todos los reinos y señoríos de S. M, usar y ejercer el dicho arte de cirujano en todas las cosas y casos a él anexos y concernientes, y curar cualesquier heridas, llagas y apostemas, todas y otras cualesquier enfermedades tocantes al arte de cirugía, aunque sean heridas penetrantes; y de parte de S. M. exorta y requiere á todos y cualesquier jueces y justicias de todos sus reinos y señoríos, hayan y tengan al dicho Joán Guerra por tal cirujano examinado y usen con él el dicho arte en todas las cosas y casos que se ofrescieren, y no consientan que en ello le sea puesto embargo ni impedimento alguno, so las penas en que caen é incurren los que se entremeten á conoscer de jurisdicción en que no tienen poder, antes le guarden y hagan guardar todas las honras, gracias. mercedes, franquezas y libertades, exenciones y preeminencias que á semejantes cirujanos examinados le deben ser guardadas, y le acudan y hagan acudir con los derechos y salarios que por la dicha razón se le debieren y dello le pertenescieren; y del dicho Joán Guerra fué rescebido juramento en forma de derecho, so cargo del cual prometió de usar bien y fielmente del dicho arte de cirujano, y que estudirá con cuidado las cosas que se le ofrescieren, y á los pobres hará limosna en su oficio, y de lo susodicho el dicho protomédico mayor le mandó dar y dió la presente, firmada de su nombre y signada y firmada de mí, el dicho escribano, siendo presentes, por testigos, Martín Sanches, cirujano, é Ignacio de Ormero, residentes en esta ciudad.—Fecha ut supra.—Francisco de Morales, escribano de S. M., público y del número desta ciudad.—El Doctor Ormero.—Lo fice escribir é mio signo,en testimonio de verdad.—Francisco de Morales, escribano público.

Certificación.—Los escribanos que aquí firmamos nuestros nombres certificamos y damos fee que el doctor Iñigo de Ormero, de quien va firmado el testimonio de suso y de quien