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médico que con motivo de lo dicho ha exortado extra-judicialnente á algunas, y le ha costado el sonrrojo de una iracunda repulsa; bien que la suma indigencia dió motivos en tiempos pasados á que una señora de esta Capital se aplicase con mucha Reserva á este oficio. Que mucho sí ignoran que los requisitos para él en España son que cada una ha de presentar informaciones de limpieza de sangre echa ante justicia—fée de Bautismo legalizada, y certificación del Cura Párroco de su vida y costumbres; El mesmo motivo de suma pobreza puede ser causa para que se hallen algunas que quieran ser instruidas en este Exercicio; que es cuanto puedo informar á V. S. — Santiago y Julio 8, de 1790.—Dr. José Ant.° Rios.

En el mismo archivo, existe otro informe del Dr. Josef Llenes, en igual sentido, fechado el 12 de Julio de 1790; y otro del mismo carácter, de fecha 19 del mismo mes y año del Dr. Eugenio Nuñez Delgado, quien declara que en sus 28 años de residencia en Chile, no ha habido ningún examen de partera.

Estos informes los expidieron en el carácter de miembros del protomedicato.


§ II.


Publicamos á continuación la famosa real cédula de Carlos IV, poniendo al alcance de todos la operación cesárea:[1]

Real Cédula dada en Aranjue< a 13 de Abril de 1804 para que se ponga en práctica lo que sigue sobre operación cesárea:

Modo de hacer la operación cesárea después de muerta la madre:

No es fácil que los destituidos de conocimientos anatómicos hagan debidamente la operación cesárea después de muerta la madre, porque se necesita la misma instrucción que para ejecutarla en la mujer viva, supuesto que algunas aparentemente muertas han sido víctimas de la ignorancia de las que han ejecutado la operación. Sin embargo, como la vida espiritual i temporal de las criaturas, es un objeto de mayor importancia, i las cirujanos hábiles no se pueden hallar en todos los casos que piden dicho socorro, parece justo que con la claridad posible se enseñe el modo como se ha de ejecutar para que sea intelijible á todos aunque no sean facultativos, para lo cual debe tenerse presente lo siguiente:

  1. Arch. de la Real Audiencia.—Vol. 602.