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INFORME IN VOCE
EXMO. TRIBUNAL


Existió en el Tomé, provincia de Concepcion de Chile, un tal D. Juan Crisóstomo Cuevas, que tuvo un negocio de fàbrica de velas y jabón con D. Antonio Fongi; liquidado ese negocio, resultó un saldo de cantidad de quinientos pesos chilenos à favor de D. Antonio Monticelli como representante de los herederos de D. Antonio Fongi, que ya había muerto, por lo cual se firmó un documento á la órden, constituyèndose fíador de mancomun et insolidum D. Valeriano Parodi, vecino entonces de Concepcion.

De esta manera, quedó formado un crèdito esencialmente mercantil, y que se venció el 10 de Marzo de 1865.

Después de vencido ese crèdito, el Sr. Parodi continuó de vecino de Concepcion por muchos años mas, pues recien se vino á esta como el año de 1870, à poquìsima diferencia; pero dejó en Concepcion valiosos bienes, y un apoderado jeneral que lo representàra en todos sus negocios.

En los años que trascurrieron desde que se venció el crèdito, en 10 de Marzo de 1865, hasta que emprendió el Sr. Parodi su viaje à Mendoza, jamas se le dijo nada; por lo cual creía, con sobrada razon, que ya haria muchos años à que lo habria pagado el deudor principal, como en efecto lo cree él y lo creo yó su defensor; pues no es concebible, que estando en el mismo lugar dejàra pasar los años sin exijir al exelente y abonado fiador del crèdito, Sr. Parodi. Despues de 1870, en que se vino este Sr., tampoco se le cobró jamas à su apoderado jeneral, residente en el mismo punto que el supuesto acreedor.

Estos antecedentes dieron motivo de sobra al Sr. Parodi, para presumir pagado ese crédito, ó cuando menos por renunciada la accion del supuesto acreedor para cobrarle à èl como fiador; por cuyo motivo lo reputó prescripto, y alegó en tiempo esa prescripcion.

El documento, materia del juicio, es esencialmente mercantil, por que procede de operacion de comercio y està concebido á la órden, ya se considere bajo las disposiciones del Código de Comercio Arjentino, o bajo las disposiciones del Código de Comercio Chileno, ó bajo las