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CAPÍTULO IV.

Ley juzga ó condena [1]. Mas si tú Juzgas á la Ley. ya no eres observador de la Ley, sino que te haces juez de ella.

12 Uno solo es el legislador y el Juez, que puede salvar y puede perder.

13 Tú empero ¿quien cres, para juzgal á tu prójimo? Hé aquí que vosotros andais diciendo: Hoy ó mañana irémos á tal ciudad, y pasaremos allí un año, y negociarémos, y aumentaremos el caudal:

14 esto decís vosotros, que ignorais lo que sucederá mañana.

15 Porque ¿que cosa es vuestra vida? un vapor que por un poco de tiempo aparece, y luego desaparece. En vez de decir: Queriendo Dios; y: Si viviéremos, harémos esto, ó aquello.

16 Mas ahora todo al contrario os estais regocijando en vuestras vanas presunciones [2]. Toda presuncion, ó jactancia semejante, es perniciosa.

17 En fin quien conoce el bien que debe hacer, y no le hace, por lo mismo peca.


  1. Dando á entender que la Ley hace mal en prohibirlo.
  2. Como si lo porvenir estuviera en vuestra mano.