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SENADO CONSERVADOR
  1. el Supremo Director pide al Senado que dicte sobre la materia alguna lei jeneral. (Anexo núm. 58. V. sesiones del 23 de Marzo i 7 de Diciembre de 1820.)
  2. De una representacion del Ilustre Cabildo de esta capital, en demanda de que se le faciliten presidarios para hacer el aseo de la ciudad. (Anexo núm. 39. V. sesion del 17 de Julio de 1819.)
  3. De una solicitud de don Francisco Rodríguez Dávila, en demanda de que se declare estar exento de contribuir para la manutencion de los prisioneros, conforme al decreto liberatorio de 6 de Setiembre de 1819. (V. sesion del 26 de Febrero de 1820.)
  4. De otra solicitud de don Antonio Lavin, en demanda de que se le exima por completo de la misma contribucion o se le rebaje la cuota que se le ha fijado. (V. sesion del 26 de Febrero de 1820.)
  5. De un espediente sobre otorgacion de carta de ciudadanía, sustanciado por don Juan Domingo de Arrate.

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Declarar que al Supremo Director, que dictó el decreto liberatorio de 6 de Setiembre de 1819,corresponde decidir si a la sazon don Francisco Rodríguez Dávila está o nó exento de la contribucion, i si lo está, ordenar a los comisionados que llenen el déficit, cupando a otros que no estén gravados. (Anexo núm. 60.)
  2. Declarar que corresponde al mismo Supremo Majistrado conceder remisiones o rebajas de las cuotas fijadas para mantenimiento de los prisioneros, i devolverle, en consecuencia, la solicitud de don Antonio Lavin para que la, resuelva en equidad i justicia. (Anexo núm. 61. V. sesion del 8 de Mayo de 1820.)
  3. Pedir al Supremo Director ordene al Gobernador-Intendente que facilite al Ayuntamiento algunos presidarios para practicar el aseo de la ciudad, paralizando, si es necesario, obras menos urjentes en que estén ocupados. (Anexo núm. 62. V. sesion del 28.)
  4. Ordenar a don José Hilario Ureta, apoderado de don Antonio Silva, que haga firmar por un letrado la peticion que presentó al Excmo. Senado.
  5. En el espediente de don Juan Domingo de Arrate, lo que sigue:

"Estando al contexto de la informacion producida por el europeo español don Juan Domingo de Arrate sobre su conducta política; no presentándose un motivo para dudar de la adhesion que espresa a la causa de América, cuando, casado en una familia decidida por la libertad del país, sus comunicaciones estrechas han sido con personas las mas comprometidas, haciendo sensibles sus buenos sentimientos con servicios en favor de los patriotas, según resulta del mismo espediente, sanciona el Senado la carta de ciudadanía que le ha sido despachada por el Excmo. Señor Supremo Director del Estado, quedando sujeto el agraciado a cumplir con la lei que se dictará para el goce de la gracia. Archívese el espediente i, dándole copia del decreto aprobatorio, devuélvase la carta con el certificado que acredite la sancion."


ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a diezisiete dias del mes de Marzo de mil ochocientos veinte, congregado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se vió el recurso de don Francisco Rodríguez Dávila, pidiendo que, conforme a lo decretado por el Supremo Gobierno, con fecha 6 de Setiembre de 1819, se le escusara de la contribucion destinada al mantenimiento de prisioneros; i reconocido el decreto de excepcion, mandó se remitiera al Supremo Director para que, teniendo presente el privilejio de que no tuvo conocimiento S.E. ni la comision nombrada para el rateo, se sirviera prevenir su cumplimiento, ordenando a los comisionados llenen el déficit con otros que no se hayan pensionado.

Con intelijencia del recurso de don Antonio Lavin, para que se le escuse de la contribucion destinada al mantenimiento de prisioneros, ordenó S.E. se remitiera al Supremo Director para que, atendiendo a que la lista que formó la comision encomendada de ese rateo, fué aprobada i sancionada por S.E., remitiéndose al Supremo