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SENADO CONSERVADOR

que sancionó el Soberano Congreso, se acordó se reservase para la primera sesión.

Leyóse un oficio del Gobierno, en que inserta otro del Excmo. Vicario Apostólico sobre concesión de la bula de cruzada i carne, nombramiento de comisario jeneral de ésta e inversión de la limosna que por este principio se recauda.

Oido el dictámen del señor Elizondo, con arreglo a lo prevenido por los cánones i decretos pontificios; se acordó: Que el nombramiento de comisario jeneral, debe hacerse prévia la presentación de sujetos aptos para su desempeño, hecha por el Directorio, previniéndole que la limosna debe invertirse en sostener las fronteras contra los infieles, conforme a la bula de cruzada en los reinos de España i misiones.

Tomada en consideración la proximidad de la reunión de asambleas electorales i elección de funcionarios, se acordó que se oficiase al Gobierno para que inste a los Intendentes de fuera, a fin de que procedan a la calificación de ciudadanos, incluyéndoles modelo sobre el modo de verificarlo en los términos del que obra en la Intendencia de esta capital, para que se facilite la reunión de aquéllas.

Se acordó que se pida al Ejecutivo el plan de fuerzas del ejército, milicias i marina, como también el de hacienda, respecto a que unos i otros se reservaron por el Soberano Congreso para sancionarse en el Senado, i son indispensables a otros fines.

En este estado, se levantó la sesión. —Agustín de Eyzaguirre. —Pedro Ovalle.

ANEXOS

Núm. 297

Nada es mas satisfactorio al Senado que el ver realizado lo que se propuso, cuando por medio de su Plenipotenciario a la Corte de Roma solicitó de Su Santidad los particulares que comprende el oficio que en copia incluyo a V. E. del Excmo. señor Arzobispo de Filippi, Vicario Apostólico en el Estado de Chile; pero no puede de liberar sobre el nombramiento de comisario, sin que preceda la propuesta del Directorio, teniendo presente que el Senado cree justo que la limosna que se recaude por las bulas se invierta en sostener las fronteras contra infieles, conforme a la bula de cruzada en los reinos de España i en el fomento de las misiones desde Arauco hasta Chiloé, en los términos que han estado en los tiempos anteriores. Al considerar lo interesante de estos objetos no duda el Senado de que el Excmo. e Iltmo. señor Arzobispo se dignará acceder a ellos por ser igualmente piadosos que urjentes i dignos de la mejor consideración. —Con este mérito, el Senado reitera a V. E. los sentimientos mas distinguidos de adhesión i aprecio. —Sala del Senado, Santiago, Marzo 27 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.

Núm. 298

Las elecciones por soberana resolución deben verificarse en el mes de Diciembre del año corriente, i el tiempo es angustiado para las ocurrencias constitucionales a los puntos estremos del Estado, calificación de ciudadanos aptos para sufragar, formacion de asambleas i elección de funcionarios, prévia la propuesta en terna, son atenciones que deben desempeñarse por los pueblos sucesivamente, interviniendo noticia i aprobación del Senado en tres distintas épocas; para llenar este deber es de necesidad que V. E. prevenga a las Intendencias de afuera, incluyéndoles el modelo de calificación que obra ante el de esta capital, a fin de que con concepto a él procedan a calificar ciudadanos i, evacuando, se verifique la reunión de asambleas i elección de funcionarios del modo que previene la Constitucion.

El Senado reitera a V. E. su mas distinguida consideración. —Sala del Senado, Santiago, Marzo 27 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.

Núm. 299

En los momentos de estar próxima la disolución del Soberano Congreso, fué presentado el plan de fuerza del ejército, milicias i marina: por soberana resolución se reservó para sancionarse en el Senado. La necesidad de este proyecto se demuestra de la utilidad e ínteres que resulta al Estado de designar su fuerza conforme a la Constitución, arreglarla i contar con una defensa que nos ponga a salvo de toda invasión i consulte el órden, acomodando su número a las proporciones que franquea la Hacienda Pública i progresos que ofrezca. El Senado espera se digne remitirlos V. E., para con esos antecedentes proceder a la sanción de la Constitución militar que se ha pasado i tomar en consideración sus demás incidencias.

Tengo el honor de ofrecer a V. E. los mas altos sentimientos de aprecio. —Sala del Senado, Santiago, Marzo 27 de 1824. —Al Supremo Director Delegado.