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SESION DE 12 DE AGOSTO DE 1822

la víspera del 18 de Setiembre, por votacion del Consejo. Esta memoria recopilará los motivos i objetos de la institucion, excitará a las virtudes patrióticas con el ejemplo de los que murieron dejando un recuerdo digno de su mérito, i presentará los medios mas adecuados a jeneralizar el patriotismo i los empeños por la prosperidad de la Nacion, todos estos discursos se archivarán por el secretario, i si fuesen dignos de la prensa, por votacion secreta del Gran Consejo, se darán a ella, costeándose la impresion por el tesoro lejionario.

Art. 2.º El 14 de Febrero se solemnizarán exéquias fúnebres por los individuos de la Lejion que hayan fallecido i por todos los valientes que han sacrificado su vida en las filas de la Patria; la oracion se encomendará en la reunion de la víspera del 18 de Setiembre, i esta función será con toda la pompa i honores militares. Este dia asistirá teda la Lejion vestida de luto, que consistirá en colgar la estrella sobre una rosa de cinta negra. Los grandes oficiales rodearán de ella su placa, i todas las clases concurrirán con guantes negros. Al primer doble de la Catedral (que empezará a las ocho de la mañana) se repetirá en todos los templos hasta que finalice la función. Los castillos dispararán un cañonazo cada cuarto de hora por el mismo espacio i harán salva a la entrada i salida de la Lejion. Todas las comunidades (citadas en billetes por el secretario) asistirán a un responso jeneral al fin de la misa, i el luto de la Lejion duiará todo el dia.

Art. 3.º En la muerte del Presidente se hará la misma funcion fúnebre; el luto durará dos dias en la del institutor i uno en la de cualquier otro individuo.

Art. 4.º Cuando la familia del muerto hiciere exéquias, podrá avisar la ante víspera al Presidente, por conducto del secretario, para que nombre i sean citados cuatro individuos del Gran Consejo i Ires de las tres últimas clases, que no sean consejeros, que asistan con el duelo en el lugar de preferencia que corresponde a una diputación tan respetable. Pero al entierro del Presidente asistirá toda la Lejion, el Consejo presidiendo a todas las corporaciones, despues de los tres poderes supremos i los demas de la Lejion en clase-de particulares.

La institucion de la Lejion de mérito abre en la Nación una huella gloriosa a las acciones brillantes, a los grandes talentos i a las altas virtudes. Ella inflamará ciertamente el pecho de nuestros bravos que, en la distincion que se les consagra, hallarán la recompensa debida a sus apreciables i peligrosos trabajos. Pero la gloria militar no es a la que esclusivamente se consigna este premio. El ministro del altar, el majistrado incorrupto, el administrador que coadyuve a los designios de un gobierno paternal, el literato que empeñe sus tareas por la propagacion de las luces, el artista que traslada en sus obras la animacion del jenio, toda clase de mérito en obsequio de la gran causa de la patria i su felicidad, encontrará el mismo estímulo. El honor i la gloria mirarán a todos igualmente i no buscarán su domicilio en la casa del poderoso, ni en los títulos de su nobleza fantástica a que solamente pegaba sus cruces la tiranía, que merecerá la execracion justa de los hijos de la independencia.

Esta constitucion es dada i firmada en la sala de las sesiones del Gran Consejo, sellada con las armas lejionarias, sancionada por la autoridad suprema de su Presidente, refrendada por el secretario canciller i mandada publicar para su observancia en Satiago de Chile a quince de Junio de mil ochocientos veintidos años. —Bernardo O'Higgins —Francisco Calderon. —Joaquin Prieto. —José Melian. —Luis Reyes. —Luis José Pereira. —Francisco Antonio Pérez. —José Antonio Rodríguez. —Rafael Correa de Saa. —José Gregorio Argomedo. —Frai Domingo Jaraquemada. —Fernando Errásuriz. —Mariano Merlo. —Francisco Ruiz Tagle. —Domingo Urrutia. —Diego Antonio Barros. —El secretario canciller, Joaquin de Echeverría.


Núm. 94

He recibido la respetuosa nota de Ud., en que me avisa el nombramiento de la Honorable Convencion ha hecho en mi persona, para representar por la provincia de la Florida. Yo creria traicionar los sagrados intereses de la Patria i las confianzas de la Honorable Convencion, si por el conducto de Ud. no le hiciese presente la pequeñez de mis fuerzas para tan árduo empeño.

También creería faltar a la mas augusta obligacion de ciudadar o si no admitiera la comision con que se me ha honrado. La acepto, pues, aunque temblando i animado solo de la esperanza que mis luces débiles serán fortalecidas por la ilustracion i conocimientos de mis distinguidos colegas, a quienes me uniré lueego que lo permita la responsabilidad de mi empleo. Aprovecho esta ocasion para asegurar al señor secretario mi consideracion i respetos. —Valparaíso, 8 de Agosto de 1822. —Pedro Trujillo —Señor Secretario de la Convencion.


Núm. 95

Santiago de Chile, Agosto 10 de 1822

Señor:

Ayer recibí el atento oficio de seis de este mes, en que Ud. me avisa lo resuelto por la Honorable Convencion, nombrándome uno de los individuos que han de componer la Comision de Hacienda, i que me espera en su sala el dia 12 próximo.

Sírvase Ud. hace presente a aquel respetable