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SESION DEL 7 DE JULIO DE 1826

dad, i si un solo individuo debe ser atendido de reclamo sobre ilegalidad, se entorpecerá la marcha de los negocios, i continuamente quedaríamos sujetos a delaciones de individuos que no prevalecen en su partido. Por ejtmplo, si de Coquimbo reclamase un sujeto contraía legitimidad de aquella elección, ¿bastaría esto solo para anular la mía? Parece absurdo.

Yo entiendo que sujetos que han entrado a deliberar por el consentimiento de la Sala, con poderes lejítimos i aprobados, no podrán ser espelidos, sin tener la Sala presentes los comprobantes mas seguros i aun evidentes de la nulidad de la elección. Entiendo que en ésta haya habido vicios, i creo que de la otra parte no sean todas virtudes, sin que sea motivo legal para anular una elección, el que algunos sujetos celosos i animados por el deseo del acierto, hayan tratado de persuadir a otros, a quienes, sin embargo de llamarlos la lei a sufragar, bien por escasez de luces o tal vez por ignorar este precioso derecho, tienen la mayor indiferencia o muchas veces no hallan ni conocen sobre quién debe recaer su elección; con todo no es motivo para calificar esa voluntad como obligada violentamente, i aunque sea solicitada, no es movida por coaccion. Por otra parte, decidida la elección por pluralidad i favor de los diputados, aun cuando algunos votos llevasen el vicio que se alega, debería considerarse aquélla como legítima o legal. Yo temo que si se retarda este negocio i se determinan nuevas elecciones, tampoco la Sala las apruebe si han de admitirse i ocupar su atención reclamaciones particulares.

El señor Meneses. —El señor preopinante se ha contraído a un punto que la Sala tiene ya resuelto, ni creo que retardarían los negocios de la Sala, porque ella en sus decisiones anteriores ha prevenido ese mismo inconveniente; esto es, que los señores que por ahora representan a la capital deben continuar, porque en ellos está la posesión, habiendo obtenido los poderes presentándolos a la Sala. Si se declaran de nulidad, no sé qué medidas se pudieran tomar para llenar entre tanto el vacío que dejaren; pero sí insisto en que, sea lo que fuere, es preciso averiguar i aclarar este hecho por honor de la misma Representación Nacional, porque, ya en los papeles públicos se ha tratado sobre esto, i porque en las naciones vecinas no se diga que los Congresos de Chile se componen de sujetos elejidos ilegalmente. Aunque es cierto que algunos sujetos ausentes del país se toman el cargo de instruirá los demás i darles a conocer aquellos hombres mas dignos de su elección, basta que se nos diga que ha habido suplantación de sufrajios para que el Congreso tome un serio conocimiento, cuando de menores negocios lo han tomado las representaciones anteriores. Fuera de que una comision que lo presente en claro a la Sala ¿en qué embaraza? La misma comision que ha informado ahora puede tomarse aquel cargo; esto no puede embarazar la marcha del Congreso, principalmente cuando los señores diputados están amparados en la posesion. I repito, el honor de la Nación, el honor del Congreso i el de los mismos señores que han resultado electos exije que este Cuerpo tome un serio conocimiento sobre este negocio.

Declarado el punto suficientemente discutido, el señor Metieses dijo: añado que la tramitación del espediente se haga por una comision del Congreso i resuelva despues la Sala si ella o el Ejecutivo toma a su cargo la decisión de este asunto.

Se fijó entonces la siguiente proposicion: "¿Se remite este asunto al Gobierno o a la Comision para que ésta lo tramite?" La segunda parte obtuvo la mayoría de sufrajios.

Siendo miembros de la Comision de Justicia los señores Elizondo, Pérez e Infante, e igualmente complicados en el presente negocio, se nombraron en su lugar para entender en él a los señores Olivo?, Romero i Fariñas. El señor Eyzaguirre (don Domingo), suplente por el señor Egaña, diputado por Melipilla, prestó el juramento de estilo i fué incorporado a la Sala.

Volvieron a ocupar sus asientos los señores que lo habían dejado por implicancia en el asunto que acaba de ocupar a la Sala.

A este tiempo se presentó el Instituto Nacional, i el señor Marin (don Ventura) a nombre de este establecimiento pronunció la siguiente arenga:

"La corporacion literaria viene, a su turno, a felicitar a Vuestra Soberanía. La presente lejislatura que ha de dictar las leyes del Estado i rentar su marcha vacilante, fija la atención de los pueblos i en ella reposan las esperanzas de la Patria. Una larga i ominosa opresion nos ha hecho arrastrar las mas vergonzosas cadenas que, remachadas con la ignorancia en que estábamos envueltos, parecía condenarnos a una eterna servidumbre. Rompiéronse a poder de las circunstancias i del heroísmo que desplegaron los valientes hijos de Arauco; pero la lucha debió durar por algún tiempo í la atmósfera estaba mui densa para que al instante respirásemos el aura feliz de la libertad. Dieziseis años de revolución, en que, despues de la cruda alternativa de prosperidades i desgracias, hemos sufrido los ominosos efectos de nuestias antiguas preocupaciones, nos han dado la esperiencía de que carecía un pueblo esclavo que aspiraba a figurar en el Universo. Este largo período nos ha hecho sentir la necesidad de las leyes que afiancen la tranquilidad del Estado i la libertad de todos los miembros que le componen. Solo constituyéndonos como republicanos i obrando como libres, podrá ocupar la Patriad alto lugar a que la llaman los destinos. Tal es, ilustres representantes, la obligación que os han impuesto vuestros comitentes. Vosotros dictareis el pacto que les ha de garantir la posesion de