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SESION DE 13 DE FEBRERO DE 1827

diendo tambien por un momento de tal cuestion, quisiéramos que se nos esplicase ¿cómo dañarán por su indivision nuestros mayorazgos, cuando algunos de ellos no admiten ninguna, i cuando la estension de todos en el dia no excede (si no es menor) que la comun de las fincas libres que dividen el país por un efecto necesario de su vasta capacidad, de su despoblacion i su pobreza? Si estas causas mantienen indivisas las fincas libres, ¿dónde están los males que produce la indivision de las vinculadas? ¿I quién no ve que subsistiendo ellas, quedarán las cosas en el mismo estado, aunque ahora se disolviesen los mayorazgos, i que no se habria hecho mas que dañar a los sucesores sin que el público reportase utilidad?

  1. Porque acumulan muchas fincas en pocas manos que no pueden atenderlas. Dígase esto enhorabuena de los de Europa, donde hai infinitas casas en quienes, por sucesion i otros motivos, han recaído muchos vínculos con varias posesiones cada familia; pero no de los de Chile, donde cada uno posee uno solo, de una o dos posesiones moderadas, ruando mas, i que por tanto solo proporcionan a sus poseedores una subsistencia que no pasa de decente, aun en nuestro escaso modo de vivir. ¿Ni cómo comparar los nuestros con aquéllos, cuando todos juntos no dan la mitad, quizas, de la renta que tiene uno solo de aquellos poseedores?
  2. Porque los males dichos son ya notables en razon de lo que se han multiplicado estas instituciones.

Mui justa será, sin duda, esta observacion, allí donde se cuentan por millares, pero de ningún modo respecto de Chile, donde son diezisiete entre chicos i grandes. Luego es claro que nada de lo que se ha dicho i escrito contra los de Europa, puede convenir a le s nuestros, i que por tanto no están en el caso de las reformas que se exijen en aquéllos.

Resumiendo lo dicho, parece mas que evidente la incompatibilidad de lo que se dice de aquellos mayorazgos privilejiados i de oríjen vicioso, con los nuestros, que no tienen lo uno ni lo otro i que no difieren en casi nada de una capellanía; que son mui diversos los males que producen aquellos inmensos mayorazgos fundados a millares en países estrechos, abundantes en riquezas, i donde no cabe la poblacion, con los que pueden producir en Chile solo 17 pequeños, situados en un país vasto, despoblado i pobre, por cuya razon las posesiones libres tienen la misma estension.

Pero ¿no producirán algún bien público estas odiadas instituciones? ¿Será de poco valor a la República el fijarse eternamente otras tantas familias honradas, decentes i capitalistas que, pudiendo abandonarla, ni aun por aquellos con trastes políticos que obligan a dejar su Patria hasta a los mismos propietarios territoriales, le producirán con mas razon que éstos los grandes bienes que les atribuyen los publicistas? ¿Será de poca importancia esta ventaja a un país cuya despoblacion i pobreza obliga a su Gobierno a provocar la emigracion de los estranjeros a su seno? ¿No importará una institucion que, estrechando íntimamente la subsistencia de esas familias a la República i al órden, le procure otros tantos defensores, los mas activos i celosos de su conservacion? ¿Será de poco interes el que, estando como destinados los mayorazgos a no estar en la clase abyecta, reciban de necesidad una educacion conveniente para servir los destinos públicos con aquella independencia que presta la fortuna que no pende del favor del Gobierno? ¿Perjudicará esta ventaja a un Estado que por su pobreza no proporciona fácilmente a sus individuos medios de darla decente i tal cual la exijen ya sus necesidades políticas? ¿Será, por otra parte, equitativo privar a las familias interesadas el dulce consuelo de evitar, por este medio, que su descendencia no sea mui luego la presa del olvido i la miseria, i aseguraren los sucesores algún auxilio a sus parientes pobres? ¿Se podrán comparar estos bienes i el sólido derecho en que se fundan con las miserables cavilaciones que se les quiere oponer?

Si un capitalista es a los ojos de los economistas la alhaja mas preciosa de un Estado; si, según ellos, valen mas a la producción como en la riqueza pública i particular 1,000 pesos, por ejemplo, puestos en una mano hábil, que la misma cantidad repartida en otros tantos individuos de igual habilidad, por razones en que no podemos entendernos; si, en fuerza de ese papel que hacen en la produccion los capitales, miran esos sabios las acumulaciones como un bien, i la disipacion como un mal, hasta el estremo que uno de los mas célebres compare el pródigo con el administrador infiel de una obra piadosa, es evidente que estas instituciones que en Chile solo tienden a mantener una moderada acumulacion, llenan todos los objetos que en esta parte puede proponerse un lejislador. Que se dijese lo contrario en un tiempo en que no se comprendía cómo el capital no pertenece a un individuo, puede concurrir a enriquecer a otros, en que se creía que no podía ganar uno sino lo que otro perdiese, etc., etc., ya se podría sufrir, pero no en el dia en que se han ratificado las ideas sobre esta importante materia.

Si las razones espuestas no se regulan bastante, prohíbase enhorabuena, toda fundación para lo sucesivo, pero de ningún modo se destruyan los fundados; respétese los sagrados derechos en que se apoya su subsistencia, que no pueden tocarse sin dañar la justicia i arruinar la confianza pública.

Representantes: vais a decidir sí es justo que se nos quite, sin culpa ni delito nuestro, esa herencia o donacion modal en cuya espectatíva hemos vivido, que descansa bajo la garantía de la lei, i que es ya irrevocable en nuestro favor,