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SESION DE 21 DE MARZO DE 1825

Suplicamos al Soberano Congreso, se digne proveer conforme a nuestras preces en justicia i gracia, etc. —Frai Matías Fuenzalida.



Núm. 152

Las comunidades de regulares suplican la devolucion de sus bienes por las razones que espresan.

Señores Representantes:

Las relijiones de Santo Domingo, San Agustín i la Merced, representadas por los provinciales que suscriben, elevan su angustiada i respetuosa voz al Soberano Congreso Constituyente para que se tome en consideración el supremo decreto de reforma de regulares, i se les devuelva el libre uso i ejercicio de sus propiedades i derechos. No dirijen sus preces al Supremo Poder Ejecutivo porque, desde la instalación del Congreso, se cree sin facultades para variar lo que decretó ántes de ella.

Si la ejecucion perjudicial de una providencia, i sus defectuosos resultados exijen que se derogue o se suspenda; si lo que contrista a los pueblos i desaprueba el voto público, jamas puede ser ni conveniente ni oportuno; si los dignos representantes de Chile trabajan indefensos para que todos i cada uno de sus representados conozcan sus derechos i los conserven i defiendan, pueden ya las comunidades suplicantes estar seguras de obtener se reforme el supremo decreto de reforma. Con pocas reflexiones, apoyarán sus preces, porque la Sala abunda en conocímientos de la alta justicia que las motiva i de la utilidad pública que debe resultar. Felizmente, van a ser escuchados en circunstancias de hallar se empeñado el Congreso en revivir, fortalecer i conservar las rentas con un adecuado plan de hacienda de crédito público. También los recurrentes con esta petición contribuyen al mismo objeto por su parte; porque si el mejor sistema de rentas es gastar poco, i el mas sólido fundamento del crédito es garantir las propiedades, devolviéndose las de regulares ahorra el Erario el exceso ccn que debe cubrir las asignaciones en el déficit de productos de los bienes tomados, i al mismo tiempo consagra el inviolable derecho de propiedad, que se ofende de ajeno tacto como el pudor.

Esta doble ventaja nada tiene de ideal, cuando a su fuerza intrínseca puede agregarse una demostración práctica en la caja de descuentos. Se sabe que sus directores han presentado un estado, lo mas exacto posible, de lo que producen las propiedades de las tres relijiones reclamantes, i de lo que se invierte en sus asignaciones. No resulta sobrante, i debe ser grande el déficit, cuando de toda la República venga la razón de conventos existentes de regulares a claustro i secularizados; sin que pueda tambien esperarse otra de propiedades, porque fuera de la provincia de Santiago unos conventos no las tienen i las de otros son como los quebrados de esa cuenta. Aun dentro de esta provincia ya se palpan errados los cálculos de la soñada riqueza, como ha sucedido en Valparaíso, donde se contaba con dos millones, despues con millón i medio, i ahora se cree que todo no alcance a doscientos mil pesos: i éstos bajarán todavía la mitad o un tercio.

No son transcendentales a Chile las razones especiosas con que en otros países se han tomado los bienes i rentas de los regulares; porque aquí, léjos de sacar al Erario de sus apuros, pueden gravarlo. Aquí no han sido donados por los Gobiernos, sino por la piedad de los fieles, i aumentados por el trabajo i ahorros de las comunidades. El número de éstas es aquí mui reducido, como lo son las rentas de su sustento; aquí no se han opuesto, i sí secundado la libertad proclamada; aquí no es aplicable el pretesto de mano muerta de amortizacion eclesiástica, porque casi no hai fundo que no esté usufructuado por seculares; que no esté sujeto a todas las sisas, gravámenes i contribuciones, a empréstitos forzosos i voluntarios, a prorratas i alojamientos de tropas, sin que quede convento que no haya servido i sirva de cuartel. Los archivos de cada uno dan testimonio de los espontáneos i oportunos donativos con que se ha auxiliado al Gobierno repetidas veces. Súmense esas cantidades, i se palpará que exceden en mucho el producto de las rentas en todo un año. Las manos, pues, de los regulares en los efectos, no son aquí muertas, sino vivas i provechosas i las mas adecuadas para reasumir i retener sus bienes raíces, sin sombra de amortización. ¿Cuáles otros están arrendados con mas alivio de los arrendatarios? ¿Qué haciendas con mas inquilinos laboriosos, probos i desahogados? El ejemplo misino del cultivo, de la economía i frugalidad de los regulares, estimula, anima la agricultura, procura recíprocos auxilios i excita sentimientos de mútua confianza, i todo influye en las costumbres i en la felicidad pública. Todo esto i el beneficio de la educación de la juventud movió a un rei filósofo, al incrédulo Federico, para no estinguir en Prusia a los jesuítas i otras comunidades, que protejió i colmó de riquezas.

El verdadero ínteres del Estado consiste en que los fundos sean mas productivos i esto solo se logra cuando están en manos mas industriosas, mas puras, mas unidas i activas; quitarlos a las comunidades que los han criado i fomentado, es esponerse a que sigan la suerte de los millones de secuestros, que no producen hoi al Fisco ni forman la partida mas mínima en la razón de sus entradas. Bajo la direccion i economía de los regulares siempre prosperan, porque cada uno de la comunidad es un fiscal, como que todos i cada uno vinculan a ellos su subsistencia, i acostumbrados a mirarlos, desde su ingreso a los claustros,