Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVII (1828-1829).djvu/376

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
370 CÁMARA DE DIPUTADOS

Asamblea aun no ha podido tener, i que acaso esta provincia no tendrá necesidad de aumentar.

Por tanto, i habiendo causado la existencia de esta Corporacion en el presente período, el gasto de novecientos ochenta pesos que ha invertido en el desempeño de su Secretaría, suplica al Soberano Congreso se digne disponer que el Gobierno decrete su cubierto por la Tesorería Jeneral, i que en el período siguiente suministre mensualmente los gastos de la Asamblea, hasta que pueda ésta proponer al Congreso los arbitrios que juzgue oportunos para ocurrir a los gastos de la administración de la Provincia, conforme al artículo 115 de la Constitución. —Isidoro Errázuriz. —Antonio Gundian, Diputado-Secretario.


Núm. 125

El Congreso Nacional ha sancionado, con esta fecha, los artículos siguientes:

"Artículo primero. l.as Cámaras procederán a la solemne apertura de sus sesiones el dia 13 del corriente a las doce de la mañana.

Art. 2.º Concurrirá a este ceremonia el Poder Ejecutivo, quien dará las órdenes convenientes para la mayor solemnizacion de ese acto.

Art. 3.º Una Comision de cuatro Senadores e igual número de Diputados saldrá a recibirle hasta la puerta por donde comunica la barra con el salon de sesiones, i otra de los Secretarios de ambas Cámaras se adelantará, con el mismo objeto, hasta la puerta principal del edificio.

Art. 4.º El Jefe Supremo de la República ocupará en seguida el asiento principal de la testera, colocándose los dos Presidentes en el órden presciito por el último ceremonial de que usaron las anteriores Cámaras.

Art. 5.º Despues de dar cuenta de las operaciones de la administracion, el Gobierno se retirará acompañado de las Comisiones que lo introdujeron, guardando éstas el órden que dispone el artículo 3.º i levantándose la sesión luego despues que ellos hayan vuelto."

El Presidente de la Cámara de Diputados, donde esta resolucion tuvo su oríjen, tiene la honra de comunicarla a S. E. el Jefe Supremo de la República i de ofrecerle las consideraciones de su distinguido aprecio.—Valparaíso, Setiembre 11 de 1829. —MELCHOR DE SANTIAGO CONCHA . —Bruno Larrain, Diputado-Secretario.