Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXII (1833-1834).djvu/176

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
170 CÁMARA DE DIPUTADOS

de esponer a Su Señoría el Ministro de Relaciones Esteriores:

Que el señor Carbonnery, socio de la casa de comercio frances establecida en la ciudad i Puerto de Valparaiso, bajo el título de Goubert i Carbonnery, habiendo muerto en dicha ciudad de Valparaiso el 31 de Agosto de 1832, se pusieron sellos en el mismo dia sobre las piezas, escritorios i arcas del uso del finado por el señor Vice Cónsul de Francia residente en dicho puerto; que el señor Eujenio Rabufson fué nombrado de oficio curador de la sucesión en atencion a que no existia en aquel punto ningun heredero o representante; que dichos sellos se quitaron el 4 de Setiembre siguiente, i que el inventario de la sucesion se finalizó el 20 del mismo mes.

Que, en el exámen de los papeles pertenecientes a la sucesion, se reconoció un gran número de cartas que contenian un proyecto formado por los dos asociados Goubert i Carbonnery, de consumar una bancarrota fraudulenta, por medio de ficciones dirijidas a engañar a los acreedores de la misma casa establecida en Burdeos, la cual acababa de quebrar; que un crédito activo que se habia reconocido ascender a la cantidad de 60 mil pesos, no se ha llevado sino a la de 32 mil; que existen, en el legajo separado de la masa de papeles, 21 cartas del señor Goubert a su compañero Carbonnery, mas un rejistro de correspondencia, en el cual se encuentra inscrita una carta de este último al señor Goubert, piezas, todas, cuyo sentido jeneral i uniforme es, "que ninguna suma ni mercadería debe ser despachada desde Chile a Burdeos, a ménos que no sea bajo nombres supuestos i a terceras personas, porque de otro modo llegaría todo a ser presa de los acreedores, i porque el concordato propuesto por Goubert a los dichos acreedores no sería aceptado por ellos, si viesen llegar a la plaza valores pertenecientes a la casa de Valparaiso; que a mas de esto el señor Goubert pedia a su asociado una remesa secreta de 20 mil francos, mediante la cual se prometia obtener las mas ventajosas condiciones."

Que, en vista de tales piezas, el Vice Cónsul de Francia en Valparaiso no ha podido desconocer un plan formado por uno i otro socio para consumar una bancarrota fraudulenta, crimen severamente castigado por la lejislacion de todos los paises; i ha solicitado las órdenes del infrascrito Encargado de Negocios, a efecto de perseguir ante los tribunales franceses a los dos individuos indicados, i de ponera cubierto los intereses que podian ser vindicados por los acreedores de la casa de Burdeos.

Que el infrascrito dió a dicho Vice Cónsul órden de obrar del modo que prescriben las leyes de Francia sobre la materia; que, en consecuencia, los fondos i valores recaudados posteriormente se emplearon en desempeñar algunas cargas de la sucesion, i el resto se envió a Francia para colocarlo en ia caja de depósito i consignaciones, cuyo total ascendió a 19,982 pesos 7 reales.

Que el señor Goubert, habiendo llegado de Francia a Valparaiso, el 21 de Mayo último, reclamó inmediatamente del Vice Cónsul la entrega de la jestion i liquidacion, como igualmente la de todos los papeles i documentos pertenecientes tanto a la sucesion de su compañero como a la razon de comercio, presentando un concordato celebrado con los acreedores de la casa de Burdeos; pero que el Vice Cónsul, teniendo en sus manos pruebas escritas de la mala fé de los dos socios, rehusó el reconocimiento de un convenio evidentemente fraudulento, obtenido por sorpresa de acreedores engañados por falsos estados de situacion; que desechó la peticion del señor Goubert por ordenanza de 31 de Mayo; que éste hizo, con fecha 3 de Junio, una protesta ante el canciller del Vice Consulado; que el Vice Cónsul no solamente siguió obrando en el mismo sentido no obstante la protesta, sino que aun solicitó del señor gobernador de Valparaiso el arresto del señor Goubert, el cual debia ser enviado a Francia i acusado ante los tribunales competentes, como indiciado de bancarrota fraudulenta.

Que el señor gobernador rehusó reiteradamente la extradicion del señor Goubert, fundándose en la existencia del concordato celebrado en Burdeos; i tambien, i mas particularmente, en el derecho de asilo, el cual dijo no puede ser desconocido, atendiendo a que el delito denunciado no es del número de aquellos que forman excepcion a las leyes internacionales.

Que el 4 de Junio el señor Goubert solicitó i obtuvo del señor Juez de Letras de Valparaiso, una significacion de oposicion en manos del señor Eujenio Rabufson, curador de la sucesion, para que éste no pudiese deshacerse de ninguna suma, documento, letra, etc. perteneciente a dicha sucesion.

Que esta oposicion es absolutamente sin objeto porque no hallándose dicha sucesion gravada con obligacion alguna a favor de ningun ciudadano chileno, entra por este solo hecho bajo la administracion francesa, que es la sola competente para arreglar todos los intereses entre franceses; que el señor Rabufson ha solicitado la suspension de este acto, pero que hasta el 25 de este mes no habia recibido respuesta del señor Juez de Letras.

En este estado de cosas, el infrascrito, Encargado de Negocios, solicita del Gobierno chileno el arresto i la extradicion del señor Goubert, como suficientemente indiciado de tentativa de bancarrota fraudulenta, seguida de un principio de ejecucion. El infrascrito no ignora cuan delicada es la materia i a que punto una nacion celosa de su independencia puede llevar el escrúpulo en materia de extradicion. Ha creido, pues, que debe esponer al Gobierno chileno las consideraciones siguientes sobre las cuales funda la esperanza de ver acojida su demanda.