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SESION DE 8 DE JULIO DE 1840

Reyes don Ignacio, Reyes don José, Rozas Urrutia, Sánchez, Solar, Urriola, Várgas, Velásquez, Vial don Ramon, Vicuña i Cisternas.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de una representacion de doña María Antonia Casanueva para que se le continúe el montepío que disfrutaba su madre por muerte del Teniente Coronel don Agustin Casanueva, hermano de la solicitante, i se mandó a la Comision de Peticiones.

El señor Cobo hizo presente que, continuando la enfermedad del señor Irarrázaval, autor del proyecto en discusion sobre el matrimonio clandestino en el que tenía hecha una nueva indicacion, pedía que, para que no se retardase mas este asunto, se dirijiese a comision, i el señor Presidente ordenó pasase con sus antecedentes a la de Lejislacion, agregando a dicha Comision al señor Cobo i Reyes don Ignacio.

Luego se consideró la indicacion del señor Concha para que se revean nuevamente los artículos de los tratados celebrados con la Gran Bretaña para abolir el tráfico de esclavos, que fueron aprobados en la anterior Lejislatura; i el señor Cobo agregó que especialmente los artículos 4.º i 5.º debian pasar a Comision para adicionarlos, i reformar algunos puntos que, a su juicio, creía perjudiciales. Despues de discutidas suficientemente estas indicaciones, se fijó la siguiente proposicion: "¿Se considera nuevamente en jeneral el tratado para la abolicion de esclavos o nó?" i se acordó la afirmativa por una mayoría de veintitres votos contra seis, remitiéndose, en consecuencia, a la Comision de Gobierno.

En seguida, el señor Presidente propuso a la Sala el proyecto de lei sobre la libre internacion del carbon de piedra estranjero en los puertos del norte de la República. El artículo 1.º de dicho proyecto había sido aprobado por la Cámara del año anterior, i el 2.º tuvo primera discusion. El señor Campino espuso que, para ser consecuente la Sala con el precedente acuerdo relativo a los tratados con la Gran Bretaña sobre el tráfico de esclavos, debería igualmente considerarse de nuevo todo el proyecto, sin referencia alguna a lo hecho en la pasada Lejislatura, pero el señor Cerda se opuso creyendo pernicioso no respetar los acuerdos de las Cámaras que nos han precedido, pues que todas ellas deben reputarse como cuerpo moral, añadiendo que si la Sala se había decidido a examinar de nuevo los tratados, era solo impelida de las razones particulares i poderosos motivos que se adujeron en la discusion. Sometido este punto a votacion, acordó la mayoría que continuase la discusion del 2.º artículo pendiente, que quedó en tabla para la sesion venidera, con lo que se levantó la presente. — Manuel Montt. — José Miguel Arístegui, diputado-secretario.


ANEXOS

Núm. 118

Excmo. Señor:

Doña María Antonia Casanueva, con mi mayor respeto, ante V. E. digo: que, por muerte de mi hermano el Teniente Coronel don Agustin Casanueva, se declaró el montepío a favor de mi madre doña Jertrúdis Basabe. Pero, apénas se obtuvo la pension, cuando murió tambien ella, quedando yo en el mayor desamparo. Faltó mi hermano que nos socorría, i faltó tambien mi madre bajo cuyo nombre íbamos a recibir ámbas el socorro con que la Patria ampara las familias de aquéllos que todo lo sacrifican por servirla. Oprimida ya de la miseria, i confiada en la justificada intencion de las supremas autoridades de la República, ocurro a V. E. para que se sirva concederme por gracia parte del montepío que correspondió a mi difunta madre, por los acreditados servicios de mi hermano, comprobados en la foja, que autorizada por la Comandancia Jeneral de Armas, presento en debida forma.

Por tanto,

A V. E. suplico se sirva acceder a la gracia que solicito, atendiendo a los méritos espuestos i a la mendicidad a que estoi reducida, la que espero conseguir de la bondad i caritativa piedad de V. E. — María Antonia Casanueva.


Núm. 119

Señor:

He tenido el honor de recibir la comunicacion que, con fecha 6 del corriente i por órden del Presidente de la Cámara, me ha dirijido US. recomendándome la puntual asistencia a las sesiones del presente período lejislativo.

Me es sensible decir a US. en contestacion que el estado de mi salud no me permite cumplir con este deber, aunque, por otra parte, me halle vivamente interesado en la prosperidad nacional i desee contribuir a ella por cuantos medios esten a mi alcance. Si este obstáculo desapareciere en lo sucesivo cuidaré yo mismo de dar cumplimiento a unas obligaciones que respeto como sagradas, pero de que por ahora me considero justamente dispensado.

Sírvase US. representarlo así al señor Presidente para que, si lo tiene a bien, se llame en el entretanto al suplente que debe subrogarme.

Dios guarde a US. — Santiago, Julio 8 de 1840. — Diego Arriarán. — Señor Secretario de la Cámara de Diputados, don José Miguel Arístegui.