Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/197

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
197
SESION EN 29 DE J ULIO DE 1844

dad de opiniones que en este punto se nota entre los majistrados; la práctica contradictoria observada por los Tribunales; i la necesidad de dar una regla clara i precisa que ponga fin a las dudas i perplejidades que existen en el particular, me mueven a pediros que os sirváis declarar la verdadera intelijencia del artículo 62 del reglamento de administracion de justicia, i fijar las facultades de los tribunales en esta materia.

Santiago, Julio 27 de 1844. Manuel Búlnes. Manuel Montt.


Núm. 92

La Comision mista formada de los miembros de ámbas Cámaras del Congreso, i nombrados con el objeto de examinar la cuenta de inversion de los caudales concedidos para el servicio público en el año pasado de 1843, tiene el honor de informar que ha cesado de ser mui difícil tarea la de revisar las cuentas presentadas por la Contaduría Jeneral; por el contrario, tenemos la satisfaccion de confesar la claridad i órden que se encuentran en todos los documentos de data pertenecientes a los gastos nacionales hechos en el año económico de 1843. De ellos resulta que habiendo dejado el año 1842, de existencia en las oficinas fiscales 1.791,267 pesos 5½ reales que unidos a 3.158,568 pesos 1 6/8 reales ingreso del año 1843, forman la cantidad de 4.949,835 pesos 7 1/4 reales que entraron a ser fondo disponible para atender a los gastos de dicho año. Segun las sumas legales que debian invertirse para atender a las diversas necesidades públicas i cuyo monto ascendía a 3.031,766 pesos 3/4 reales, debió quedar un sobrante de 1.918,069 pesos 6½ reales de los que deducidos 112,443 pesos 6 5/8 reales de devoluciones fiscales por depósito i cobros indebidos, resultaba neto 1.805.625 pesos 7 7/8 reales, suma excedente del monto total de los presupuestos votados por el Congreso; pero como de los 3.031,766 pesos 3/4 reales a que ascendían los presupuestos para el año cuarenta i tres sólo se invinieron 2.660,804 pesos 7 reales, hubo un menor gasto de 370,961 pesos 1 3/4 reales i resultó líquido una existencia para el año mil ochocientos cuarenta i cuatro de 2.176,587 pesos 1 5/8 reales.

Este ahorro provino:

  1. De que habiendo montado el presupuesto de gastos, aprobado por el Congreso, para el Ministerio del Interior a la suma de 232,398 pesos 1/4 reales i como el gasto solo fué de 191,279 pesos 5½ reales, hubo un menor gasto de 41,118 pesos 2 3/4 reales.
  2. El presupuesto del Ministerio del Interior fué de 49,890 pesos; se invirtieron en dicho departamento 38,727 pesos 3/4 reales, ménos gasto 11,162 pesos 7 1/4 reales.
  3. Presupuesto de Justicia i Culto 285,537 pesos 3 reales; invertidos en el mismo 220,408 pesos 2 ½ reales; ménos gastos 65,129 pesos ½ real.
  4. Presupuesto para el departamento de Hacienda 1.283 514 pesos 3/4 reales; invertidos en el mismo 1.213 092 pesos 2 reales; ménos gasto 70,481 pesos 6 3/4 reales.
  5. Presupuesto para el de Guerra i Marina: 1.180,366 pesos 4 3/4 reales; invertidos en dichos departamentos 997,297 pesos 4 3/4 reales, ménos gasto 183 069 pesos ½ real.

Resulta, segun se ve, un ménos gasto en los cinco departamentos del despacho que asciende a 370,916 pesos 1 3/4 reales, que pasan a completar 2.176, 587 pesos 1 5/8 reales que, como hemos dicho, forma la existencia líquida para el año presente de 1844.

Despues de presentar por el anterior resúmen el resultado satisfactorio de nuestros trabajos en la investigacion de las cuentas correspondientes al año de 1843 i satisfechos, despues de minucioso exámen que de ella ha hecho la Comision Mista, de su completa exactitud, tenemos el honor de presentar al Congreso el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. Se aprueba la cuenta de inversion de los fondos destinados para los gastos de la administracion pública en el año pasado de 1843. —Sala de la Comision, Julio 29 de 1844.D.J. Benavente. —Ramon Cavareda. —J. M. Ortúzar. —Manuel de Cifuentes. —Santiago Gandarillas. —Pedro Palazuelos. —B.J. de Toro.


Núm. 93


Informe de la comision mista de miembros de ambas cámaras, sobre los presupuestos de gastos públicos para el año 1845.

La Comision Mista compuesta de miembros de ámbas Cámaras del Congreso, nombrada para examinar los presupuestos de gastos de la administracion pública en los cinco departamentos del despacho para el año económico de 1845, tiene el honor de informar que, despues del mas severo exámen en todas i cada una de las partidas que forman dichos presupuestos, no encuentra otras observaciones que hacer al monto total presupuestado, sino las que resultan de las partidas siguientes:

  1. Se reduce a 16,000 pesos la que pide el Ejecutivo por el Ministerio del Interior para suscricion a periódicos i redaccion taquigráfica de las sesiones de ámbas Cámaras, por parecer suficiente para esta exijencia pública dicha suma en lugar de la de 20,000 pesos presupuestada.
  2. Por el departamento de Hacienda se pre