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SESION EN 4 DE OCTUBRE DE 1844

proyecto de decreto i resultaron siete votos por la afirmativa i siete por la negativa.

El señor Presidente. — El reglamento dispone que en caso de empate, como el que ha habido, se constituya la Sala en comité; pero esto no será en los asuntos particulares por lo que propongo a la Cámara se deje este asunto para otra sesion.

El señor Egaña. — Pero señor; ¿por qué no se hace lo que ordena la lei? Se constituye la Sala en comision, i despues se considera otra vez la solicitud.

El señor Presidente. — Bueno, pues; queda para otra sesion.

Se puso en discusion particular el informe de la comision de Justicia en la solicitud de doña Dolores Santander, i no habiendo quien tomara la palabra, se procedió a votar sobre el artículo que dicha comision propone, i fué aprobado en votacion secreta por nueve votos contra cinco, en la forma siguiente:

"Artículo único. Se concede a doña Dolores Santander, viuda del finado Ministro de la Corte Suprema de Justicia don Manuel Aspillaga, una pension de 25 pesos mensuales, de la cual gozarán por fallecimiento de ésta, las hijas lejítimas del referido don Manuel miéntras una i otras permanezcan sin estado."

Tuvo segunda lectura i se puso en discusion jeneral la solicitud de doña Mercedes Fernández de Fábres.

El señor Egaña. — En esta materia hice yo presente que me creia implicado, porque, soi primo hermano, no de la peticionaria, sino del marido. Despues se declaró que no habia tal implicancia, pero...

El señor Barros. — Yo, señor, estoi en el mismo caso que el señor Senador preopinante por tener el mismo grado de parentesco.

El señor Presidente. — Pero, señor, ya está resuelto que no hai implicancia por tal parentesco.

Con dificultad habrá un individuo con mas mérito que el señor Fábres. El sirvió por mas de 20 años en un destino que nada ha podido dejar para despues de sus dias; apénas le alcanzaba para la moderada subsistencia de su familia, la cual ha quedado en una mendicidad tal, que ha sido necesario enterrarlo de limosna. Por consiguiente se puede aprobar la solicitud en jeneral para que pase a la Comision de Hacienda, i pueden votar los señores Senadores que tienen el parentesco, espresando, porque el no hai implicancia.

Declarado por la Sala que la implicancia aducida no se comprende en el artículo 104 del reglamento, se procedió a votar sobre dicha solicitud, la cual fué aprobada en jeneral por doce votos contra uno, pasando en seguida a la Comision de Hacienda para que forme el proyecto de decreto que estimare conveniente.

El señor Presidente. — Antes de designar los asuntos que deben quedar en tabla, i atendiendo a lo recargado que está la Sala de asuntos por despachar, quisiera proponer que se reuniera dos o tres veces estraordinarias a mas de las de costumbre, para poder concluir los mas necesarios i para librarnos de la convocacion a sesiones estraordinarias. Ya no quedan mas que cinco sesiones i ¿qué se podrá hacer en ellas? Si parece a la Sala, nos podremos reunir el Mártes i el Sábado, ya sea de noche o de dia.

La Sala convino en reunirse el Mártes ocho del corriente a las doce del dia, con lo cual se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima los presupuestos de gastos públicos i los proyectos de lei sobre arreglo del Cabildo de la Iglesia Catedral de Ancud, sobre concesion de 9,000 pesos para varios gastos que necesita la misma Catedral, sobre privilejios e hipotecas, sobre creacion de una Oficina de Estadística e igualmente la solicitud de los directores del "Asilo del Salvador"


ANEXOS

Núm. 165

Por la nota de US., fecha de hoi, quedo impuesto de que esa Cámara, en sesion del 27 de Setiembre próximo pasado, ha nombrado a los señores Senadores que deben componer la Comision Conservadora, siendo US. uno de ellos i los señores don Juan Agustin Alcalde, don Mariano Egaña, don José Miguel Irarrázaval, don Pedro Ovalle Landa, don José Miguel Solar don Juan de Dios Vial del Rio.

Dios guarde a V. E. — Santiago, Octubre 3 de 1844. — R. L IRARRÁZAVAL. — Manuel Montt. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 166

La Comision de Hacienda ha considerado las solicitudes de don Ignacio Montaner i de don Bartolomé Gómez, como peticion de gracia, ya que el Congreso al estinguir la Comisaría Jeneral les negó el derecho de optar a la reforma, como lo proponia el Gobierno en el proyecto que inició. Mas, considerando que este medio parece mas conforme con las leyes establecidas i aun con la economía, al ver lo pedido en una de las referidas solicitudes, i tambien regular comprender a todos los peticionarios, proponen el siguiente proyecto:

Se concede la reforma militar establecida por la ordenanza, a los oficiales de la estinguida Comisaría del Ejército i de la que disfrutarán miéntras no sean colocados en destinos análagos a sus méritos i aptitudes.