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SESION DE 16 DE SETIEMBEE DE 1831

Cámara sobre el proyecto de lei que antecede, tiene la satisfacción de anunciarle que nada encuentra en él que no sea útil i razonable; como que, reuniendo el Ínteres de los traficantes con el mayor provecho fiscal que se halla en razon de la concurrencia a que naturalmente provoca la comodidad unida a lo moderado de la cuota que se propone, va a hacer del puerto de Valparaíso el depósito jeneral del Pacífico, a que también es llamado por su posicion jeográfica. La Comision no cree oportuno fundar la necesidad de la autorización que se solicita para la formación del reglamento del muelle; porque, a mas de tener naturalmente el Gobierno esta facultad, liberta a la Cámara del conocimiento de un asunto que requiere muchos datos que no tiene, i que talvez no podría proporcionárselos en mucho tiempo. Para llevar a efecto el reglamento del muelle, lo mismo que, para su cuidado, son indispensables los dos empleados que se proponen, cuyas dotaciones, aunque a primera vista parecen mezquinas, deben suponerse arregladas, como que ninguno puede fijarlas con mas acierto que el que sabe e impone las obligaciones a que quedan sujetos; en esta virtud, somete a la aprobación de la Sala el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se aprueban los tres artículos que contiene el proyecto de lei remitido por el Supremo Gobierno, con fecha 15 de Setiembre."

—Santiago, Setiembre 16 de 1831. —José Manuel Astorga.— Manuel José Aspillaga. —Ramon Renjifo.—Antonio Jacobo Vial. —José Antonio Rosales.



Núm. 296

Señores de la Cámara de Diputados:

La Comision de Hacienda ha visto el proyecto de lei, aprobado i remitido por la Cámara de Senadores, en que se hace la asignación del sueldo que deba gozar el Presidente i Vice-Presidente de la República, i observa que, aunque el artículo 80 de la Constitución previene que esta asignación deba hacerse el año anterior a la elección de cada uno de estos funcionarios, la omisíon que ha habido en los anteriores Congresos, seguida de la imposibilidad en que se ha hallado la República para poderlo verificar, no puede de ningún modo servir de estorbo para que el actual Congreso proceda a hacer lo que la misma Constitución ha querido que él sea quien lo haga; mucho mas cuando, en el artículo citado, se establece que el Vice-Presidente tenga igualmente que el Presidente un sueldo designado i hasta ahora éste ninguno tiene señalado por la leí.

Igual consideración cree la Comision que merece la incertidumbre que habria cuando, en virtud de la Constitución, el Presidente se separase del Gobierno, para mandar personalmente las fuerzas de mar o tierra, si no se le asignase el sueldo que debe gozar en tales casos; por estas razones i por otras que la Comision se reserva, para el momento de la discusión, la Comision es de dictámen que se apruebe el proyecto de lei, en los mismos términos en que lo ha acordado el Senado, sin modificación alguna, e igualmente que este asunto se trate con preferencia a cualquier otro. —Santiago, Setiembre 16 de 1831.— José Manuel Astorga. —José Antonio Rosales. —Manuel José Aspillaga.



Núm. 297

La Cámara de Diputados, en sesión del 16, acordó se citara a V. S., por Secretaría, para que, como diputado suplente por Rancagua, se incorpore a la Sala, a la mayor brevedad; lo que tengo el honor de poner en su noticia.

Dios guarde a V. S . muchos años. —Santiago, Setiembre 28 de 1831. - Manuel Camilo Vial, diputado-secretario. —Señor don Juan José Gandarillas.



Núm. 298

La Cámara de Diputados, en sesion de 16 del corriente, ha elejido para Presidente al que suscribe i para Vice al señor don Santiago De Echevers; lo que tengo el honor de poner en noticia de S. E . el Presidente de la República.

Dios guarde a S. E . —Santiago, Setiembre 27 de 1831. —Joaquín Tocornal. —Manuel Camilo Vial, diputado-secretario. — A S. E . el Presidente de la República.



Núm. 299

La Cámara de Diputados ha tomado en consideración la nota en que el señor Presidente de la de Senadores le comunica su acuerdo para prorrogar las sesiones ordinarias del Congreso, por 30 dias, contados desde el 19 del actual, i en sesión de hoi, ha sido aprobado por esta Cámara; lo que tengo el honor de poner en noticia del señor Presidente.

Dios guarde al señor Presidente. -Santiago, Setiembre 23 de 1831.— Joaquín Tocornal. —Manuel Camilo Vial, diputado-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 300

El Congreso Nacional, para solemnizar la recepción del Presidente i Vice-Presidente electos de la República, ha sancionado provisoriamente