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CÁMARA DE DIPUTADOS
  1. la solicitud de don José María Jiménez.(V. sesión del 3 Agosto de 1831.)
  2. No admitir la renuncia de don Manuel Camilo Vial. (V. sesión del 3.)
  3. Aceptar para oficial mayor de la Secretaría a don Buenaventura Marin, para subalternos a don Pedro Palomera i a don José Manuel Figueroa i para portero a don Manuel Larrea. (Anexo núm. 76. V. sesiones del 9 i del 22 de Julio de 1831.)
  4. Postergar la deliberación de la mocion del señor Rodríguez. ( V. sesiones del 13 i 18 de Julio de 1831.)
  5. Que la Comision respectiva presente para la próxima sesión el proyecto de Reglamento de Sala. ( V. sesiones del 28 de Mayo, 3 i 13 de Junio de 1831.)

ACTA


SESION DEL 6 DE JUNIO

Se abrió con los señores Astorga, Arce, Acuña, Aspillaga, Blest, Barros, Bustillos, Carvallo don Francisco, Carvallo don Manuel, Errázuriz, Echeverz, Fierro, Gutiérrez, González, Gárfias, García de la Huerta, Infante, Larrain don Juan Francisco, Larrain don Vicente, López, Marin, Martínez, Manterola, Moreno, Mendiburu, Ovalle, Osorio, Pérez, Puga, Cuadra, Rodríguez, Renjifo, Rosales, Tocornal don Joaquin, Tocornal don Gabriel, Valdivieso, Uriondo, Uribe, Vial don Juan de Dios, Vial don Antonio i Vial don Manuel.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyeron dos oficios dirijidos al secretario: uno del Vice-Presidente de la Caja de Amortización, avisando que ha terminado su encargo desde que se instaló el Congreso Nacional, i que, en su consecuencia, la Cámara de Diputados debe nombrar uno de su seno que sirva la Vice-Presidencia; i el otro de don Diego Antonio Barros, previniendo que no puede admitir el cargo de diputado para que ha sido electo por Coelemu porque desempeña el de senador; i se mandaron archivar, acordando, al mismo tiempo, que se oficiara al Poder Ejecutivo para que se haga nueva elección en dicho pueblo, mediante a haber admitido la diputación por Copiapó el suplente don Ramón Renjifo.

El Presidente propuso a la Sala para la Comision de Constitución a los señores Vial don Juan de Dios, Echeverz, Errázuriz, Osorio i Carvallo don Manuel; para la de Lejislacion i Justicia a los señores Marin, Tocornal don Gabriel, Infante, Tocornal don Gabriel, Infante, Valdivieso i Gutiérrez; para la de Hacienda, Comercio i Artes a los señores Rodríguez, Astorga, Renjifo, Aspillaga i Vial don Antonio; para la de Guerra i Marina a los señores López, Uriondo, García de la Huerta, Cavareda i Ortúzar; para la Eclesiástica a los señores Acuña, Uribe, Martínez, Valdivieso i Aspillaga; para la de Actas de Elección a los señores Rosales, Carvallo don Francisco, Fierro, Blest i Gárfias; para la de Educación i Beneficencia a los señores Manterola, Pérez, Valdivieso, Larrain don Vicente i Bustillos; para la Calificadora de Peticiones a los señores Arce, Carvallo don Manuel, Gárfias, Bustillos i Silva; para la de Agricultura i Minas a los señores Moreno, Alcalde, Larrain don Juan Francisco, González i Barros; para la de Policía Interior al Presidente, Vice-Presidente i secretario; i fueron aprobadas.

Conforme a lo acordado en la sesión anterior, se volvió a dar cuenta de las renuncias de don Pedro Trujillo, don Enrique Campino i don Manuel Camilo Vial, i de las solicitudes de don José María Jiménez por si i a nombre de su mujer doña Antonia (jarcia, i de don Juan de Dios, don Manuel i don Toribio Espejo; i se mandaron pasar la del señor Trujillo i de los ciudadanos Espejos a la Comision de Justicia; la del señor Campino a la de Policía Interior, i la de don José María Jiménez a la de Peticiones. Se tomó en consideración la renuncia de don Manuel Camilo Vial i se acordó no admitirla.En seguida, propuso para oficial mayor a don Buenaventura Marin, para subalternos a don Pedro Palomera i a don José Manuel Figueroa i para portero a don Manuel Larrea, i fueron aprobados.

El señor Rodríguez presentó una mocion que contiene los artículos siguientes:

"Artículo primero.— Estando los chileros en el pleno goce de sus derechos, restitúyanse a sus hogares los que con motivo de la guerra civil fueron separados temporalmente.

Art. 2.º Repóngase en sus empleos i honores a todos los militares dados de baja, sin que la deposición que sufrieron les cause el menor perjuicio en sus derechos ni en los de sus familias.

Art. 3.º"Nadie podrá exijir, por los males que se le hayan inferido a consecuencia del pasado órden de cosas, otra reparación que la que esta lei determina.

Art. 4.º" Comuníquese."...

El señor Presidente indicó que, para dar curso a este proyecto, debia esperarse la aprobación del reglamento que ha de designar el número de diputados que deban apoyar las mociones para que sean admitidas en la Sala, i, despues de una líjera discusión, fué aprobada esta indicación.

Antes de acordar si se reservaba o nó la mocion del señor Rodríguez, el señor Renjifo espuso que, habiendo en la Sala un diputado que no habia prestado juramento, no se debia proceder