Primeros auxilios en los casos de accidentes e indisposiciones repentinas/Primitivos estatutos de la Sociedad Argentina Primeros Auxilios

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Nota: Se respeta la ortografía original de la época
PRIMITIVOS ESTATUTOS
de la
SOCIEDAD ARGENTINA PRIMEROS AUXILIOS
(FUNDADA EN 1892)
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I—La «Sociedad Argentina Primeros Auxilios» se propone extender los conocimientos sobre la manera de prestar los primeros auxilios en casos de accidentes á los legos en medicina, que desean auxiliar desinteresadamente á sus semejantes en estos casos; creando cursos de «primeros auxilios», en los cuales se enseñará á ejercer todos los primeros cuidados, hasta la llegada del médico, e inscribir en la Sociedad los médicos, farmacéuticos diplomados y los estudiantes de medicina de nuestra facultad de medicina, que quisieran prestar gratuitamente sus servicios en estos casos de accidentes, y tuvieran voluntad de ayudar en esta enseñanza y hacer propaganda de esta institución.

II—La Sociedad está constituída por todos los inscriptos; siendo considerados como miembros honorarios los médicos anotados. El derecho de ingreso se adquiere siendo médico, farmacéutico diplomado ó estudiante de medicina desde tercer año, ó miembro de un centro similar ó auxiliar, ó probando su idoneidad por un exámen. Abonará al ingresar, el importe (1 peso m/n) de la medalla numerada que se le entregará, y que debe llevar siempre consigo para hacerse conocer como miembro de esta Sociedad cada vez que pueda ser útil. Los examinados recibirán á más, un certificado de competencia.

III—Cada miembro de la Sociedad que preste primeros auxilios en casos de accidentes, dará á conocer al médico que llega ó al punto á que se translade el enfermo, el número de la medalla, para deslindar responsabilidades; y comunicará mensualmente á la Sociedad los trabajos que hubiere hecho.

IV—La enseñanza será dada por médicos; principalmente á aquellas personas que por su profesión, tuvieron más ocasión de asistir a casos de accidentes y prestar los auxilios del primer momento; como ser los enfermeros, vigilantes, bomberos, soldados, marineros, maestros, obreros, etc.; también se instruirán á todas las personas que deseen ser útiles á sus semejantes en estos casos.—La Sociedad tratará de adquirir fondos por donaciones, ingreso á conferencias, etc.

V—Los exámenes serán en marzo, junio, septiembre y diciembre, ante una comisión de médicos; debiendo ser esencialmente prácticos, aunque dando la razón de cada cosa, siguiendo el método de las conferencias de Esmarch.



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