Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1823/Sesión del Congreso Constituyente, en 7 de noviembre de 1823 (1)

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1823)
Sesión del Congreso Constituyente, en 7 de noviembre de 1823 (1)
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 48, ESTRAORDINARIA, EN 7 DE NOVIEMBRE DE 1823
PRESIDENCIA DE DON JUAN EGAÑA


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta secreta del 4. —Permiso para que pasen por Chile las tropas arjentinas. —Tratados de Buenos Aires con el Rei Católico. —Instancia para el pronto envío de un diputado al Perú. —Reconocimiento del Gobierno de Trujillo. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta por el señor Ministro de Gobierno:

  1. De una peticion que el Enviado de Buenos Aires ha hecho al Gobierno para que se permita por el territorio nacional la pasada de las fuerzas arjentinas que regresan del Perú, i de un oficio del Supremo Director sobre la misma materia. (Anexo núm. 663.)
  2. De las comunicaciones dirijidas a los Gobiernos del Perú i Colombia, sobre el proyecto de tratado de paz que hai pendiente entre el Gobierno de Buenos Aires i el Rei Católico. (Anexos núms. 664, 665, 666, 667, 668 i 669. V. sesion del 25 de Agosto de 1823.)
  3. De una peticion que el Enviado del señor Mariscal Riva Agüero ha hecho para que el Gobierno de Chile le conozca como Plenipotenciario de la República del Perú, i de habérsele contestado que se le reconoceria como Enviado del Gobierno de Trujillo. (Anexos núms. 670, 671, 672 i 673. V. sesion ordinaria del 3.)

Por el secretario:

  1. De un oficio con que el Ministerio de Hacienda acompaña un decreto para que se entregue a la secretaría del Congreso una resma de papel para cierros i borradores. (Anexo núm. 674.)
  2. De una nota dirijida por la Comision de Relaciones Esteriores a los Enviados del Perú, señores Juan Salazar i José Larrea i Loredo, invitándoles a presentarse en el Congreso para procurar algún avenimiento entre los Gobiernos que respectivamente representan i de las contestaciones dadas por uno i otro negándose a comparecer. (Anexos núms. 675, 676, 677 i 678. V. sesiones ordinarias del 3 i del 7.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Despues de alguna discusion, dejar para la sesion ordinaria de hoi la resolucion relativa al permiso de pasar tropas por Chile, pedido por el Enviado de Buenos Aires.
  2. En atencion a la gravedad de las desavenencias del Perú, urjir al Gobierno para que cuanto ántes acredite un Plenipotenciario en aquella República. (Anexo núm. 679. V. sesiones del 4 de Setiembre i ordinarias del 3 i del 7 de Noviembre de 1823 i del 8 de Julio de 1824.)
  3. Aprobar el reconocimiento del Gobierno de Trujillo por el Gobierno de Chile[1].

ACTA[editar]

Se abrió a las once de la mañana con la asistencia de los señores Excmo. Señor Presidente don Juan Egaña, Vice-Presidente Errázuriz, diputados Zúñiga, Osorio, Tirapegui, Cáceres, Argomedo, Cortés, Fontecilla, Larrain, Arce, Calderon, Vial del Rio, Ortúzar, Ruiz, Gutiérrez, Ovalle Bezanilla, Ovalle i Landa, Elizondo, Echévers, Donoso i Ocampo i no asistieron los señores Baquedano, Rosas, Silva, Montt, Bilbao, Ovalle i Vivar, don Agustin Barros, Lavin, Prieto, Borgoño, Salas, Trujillo, Pineda, don José Manuel Barros, Gandarillas i Eyzaguirre.

Leida el acta secreta del cuatro, fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

Se llamó a discusion el asunto del empréstito; se leyó el primer artículo del proyecto de la Comision especial de Hacienda, i estando haciéndose observaciones sobre él, entró el señor Ministro de Gobierno e hizo presente a la Sala, de parte del Señor Supremo Director, que, aunque en decreto de veintidos de Julio del corriente año habia dispuesto no admitir ningún militar en el territorio del Estado que viniese del Perú, miéntras existiese en él un ejército que sostuviese los derechos de su independencia, se hallaba estrechado por el Enviado de Buenos Aires para que concediese paso a las tropas de su provincia, que estaban próximas a regresar de aquella República i que, no pudiendo concederlo sin prévio acuerdo del Congreso, lo ponia en su conocimiento para que resolviese lo que hallase mas conveniente.

Se tomó en consideracion i despues de varias observaciones sobre el mensaje, el señor Vial del Rio pidió se reservase para otra sesion, por ser asunto delicado i que exijia detencion para resolverse. Se reservó para la sesion ordinaria de este dia.

El mismo señor Ministro dió cuenta de haber contestado a la sojicitud del Gobierno de Buenos Aires, sobre la accesion a los tratados que ha celebrado con los enviados del Rei Católico; que para su resolucion final esperaba la de los Gobiernos de Colombia i del Perú, con quienes tenia ajustados tratados de alianza i auxilios mútuos.

Igualmente hizo presente a la Sala que el Enviado del señor Mariscal Riva Agüero, solicitaba que el Gobierno le conociese como Plenipotenciario de la República del Perú, i que éste le habia contestado que le daria una audiencia pública en que se le reconoceria como Enviado del Gobierno de Trujillo.

En este estado, se levantó la sesion. —Juan Egaña. —Dr. Gabriel Ocampo, secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 663[2][editar]

Soberano Señor:

El Ministro de Estado en el departamento de Relaciones Esteriores, hará presente al Soberano Congreso la requisicion que el Ministro Plenipotenciario de Buenos Aires, a nombre de su Gobierno, hace al de Chile, para que éste permita por el territorio de la República el tránsito de los oficiales i tropa de la division auxiliar que obra en el Perú, bajo el nombre de division de los Andes.

El mismo Ministro responderá a las jestiones que sobre el particular tuviese a bien hacerle el Soberano Congreso, i sostendrá la discusion por parte del Gobierno, quien espera la resolucion de esta consulta, con la brevedad que exije la instancia del Enviado de Buenos Aires.

El Director Supremo reitera sus protestas de consideracion i respeto. —Palacio Directorial, Santiago, Noviembre 8 de 1823. —Ramon Freire. —Mariano de Egaña. —Al Soberano Congreso.


Núm. 664[3][editar]

El Ministro de Pistado i Relaciones Esteriores del Gobierno de Chile recibe en este momento una nota datada en Santiago a 20 del corriente, en que el señor Ministro Plenipotenciario de Buenos Aires le reconviene por la falta de contestacion a dos notas anteriores, relativas al tratado preliminar de paz celebrado entre el Gobierno de aquella provincia i los comisionados del Rei de España.

El infrascrito no solo se ve en la necesidad de hacer presente al señor Ministro Plenipotenciario que estraña la manera descomedida conque se espresa en su citada nota, sino tambien los equívocos en que ella se funda, i que sobre descomedida hacen injusta la reconvencion. El señor Ministro Plenipotenciario es el mejor testigo de que el Ministro de Estado ha manifestado demasiado interes en la pronta i feliz terminacion de la negociacion entablada; que con este objeto ha querido pasar a la habitacion del señor Plenipotenciario, a tener en ella las conferencias que se han creido necesarias para no demorar este negocio, por el accidente de que adolecía dicho señor Plenipotenciario; i el mismo Ministro de Estado se ha significado con franqueza i oportunidad los medios de asegurar una conclusion favorable. El infrascrito no ha recibido otra nota del señor Plenipotenciario que una datada en el tiempo en que el Supremo Director se hallaba en Santiago, i escrita en virtud de lo acordado el dia anterior entre el señor Plenipotenciario i el Ministro de Estado, con el objeto de dirijirla al Soberano Congreso de Chile, cuya resolucion debia aguardarse a su tiempo conforme a la Constitucion del Estado, habiendo desde entónces quedado convencido el señor Plenipotenciario i el infrascrito en que el Gobierno de Chile no podria contestar terminantemente sobre su adhesion al tratado preliminar, sin ponerse de acuerdo con los Gobiernos aliados, especialmente con los del Perú, con quien el de Chile se hallaba ligado por un solemne tratado, mediante el cual se habia comprometido a auxiliar a aquella nacion, en su actual guerra contra la España, i que por consiguiente se aguardaria la respuesta de S. E., el Presidente del Perú, a los pliegos que le habian sido remitidos con un enviado secreto estraordinario, negociando entretanto el Ministro de Estado que el Soberano Congreso autorizase al Supremo Director para espedir en su caso una resolucion definitiva.

Como este aun no ha llegado por no haber regresado el enviado secreto, de que queda hecha mencion, ni contestado el Gobierno del Perú, tampoco era venido el de darse por el Gobierno de Chile una respuesta decisiva i terminante, ni habia que añadir a lo ya significado verbalmente por el infrascrito al señor Plenipotenciario, i con lo que parecía estaba conforme. Sin embargo, instruido el Supremo Director de la nota del señor Plenipotenciario, del 20, ha ordenado al infrascrito le conteste que el Gobierno de Chile desea ardientemente la terminacion de la guerra de la independencia del modo digno i honroso que conviene a pueblos, que han consagrado tan ilustres sacrificios a su libertad, que los primeros pasos que para conseguir este alto fin ha dado el Gobierno de Buenos Aires, son dignos de su política i excitan la gratitud de los Estados americanos; pero que, existiendo tratados, relaciones i comprometimientos mútuos entre los Gobiernos del Perú, Colombia i Chile, no puede S. E. dar una contestacion terminante sobre la adhesion que se le propone, sin consultar con aquéllos, sus aliados, que de un momento a otro se espera el Enviado estraordinario que tan anticipadamente se dirijió a Guayaquil i a Lima, donde ya hace tiempo que se halla tambien el Presidente de Colombia; i que ya sea que vuelva a Chile el Enviado o que se reciban contestaciones de aquellos Gobiernos, el Director Supremo trasmitirá inmediatamente por mi conducto al señor Plenipotenciario la respuesta terminante que concluya esta negociacion. Esta oportunidad etc.. —Santiago, Octubre 24 de 1823. —Al Enviado de Buenos Aires.


Núm. 665[4][editar]

El Ministro de Estado i Relaciones Esteriores del Gobierno de Chile ha recibido, el 30 del corriente a su arribo de Valparaíso, una nota del señor Ministro Plenipotenciario de Buenos Aires, que es contestacion a la que el infrascrito tuvo a bien dirijirle, en 24 del anterior Octubre, con relacion a la negociacion entablada acerca de la accion a la convencion celebrada entre el Gobierno de Buenos Aires i los comisionados del Rei de España.

Como en dicha nota espresa el señor Ministro la necesidad en que se halla de dirijirse al Perú, i Colombia a objetos de su mision, el infrascrito le acompaña el correspondiente pasaporte que ha pedido, haciéndole presente, que acaso ántes de que el señor Ministro Plenipotenciario verifique su partida recibirá el Gobierno de Chile comunicacion del Perú i del Presidente de Colombia, relativa a la negociacion entablada, i que sin pérdidas de momentos instruirá entónces al señor Ministro Plenipotenciario lo conveniente, como lo tiene ofrecido en su citada nota de 24 de Octubre.

Seria tan importuno como inútil llevar adelante una disputa sobre términos i plazos de las contestaciones que han precedido. El señor Ministro Plenipotenciario debe estar satisfecho de la lealtad, franqueza i empeño que el infrascrito ha manifestado en la presente negociacion. El, por conclusion, reproduce lo espuesto en su ya citada nota, de 24 de Octubre, añadiendo que habiendo sido dirijida por acuerdo de ambos Ministros la nota de 9 de Setiembre, con el único objeto de que se manifestase al Soberano Congreso de Chile, i bajo el supuesto de que solo podria contestarle al arribo del Enviado dirijido al Perú i Guayaquil, no debia el señor Ministro Plenipotenciario estrañar falta de contestacion, ántes de llegar este caso, por mas que lo exijiere en la citada nota, cuyas espresiones eran acordadas para recabar del Soberano Congreso una autorizacion al Gobierno para proceder a una respuesta definitiva i terminante.

El Ministro infrascrito etc. —Santiago, Noviembre 7 de 1823. —Al Plenipotenciario de Buenos Aires.


Núm. 666[editar]


Oficio del Supremo Gobierno de Chile dirijido al Libertador Presidente de Colombia i al Excmo. Gobierno del Perú.

Excmo. Señor:

La nueva ocurrencia de haber el Gobierno de Buenos Aires entrado en un tratado preliminar con los Comisarios del Rei de España, que habian arribado a aquel punto, en los términos que manifiesta el documento número 1, que tengo el honor de incluir a V. E., i la incitativa que, en la nota número 2, hace el Gobierno de Chile para que tome parte en la estipulacion, me obligan a remitir en clase de Enviado Secreto Estraordinario, cerca de V. E. al capitan de fragata don Cárlos Postigo, para que, seguro V. E. de que el Gobierno de Chile se interesa en el bien jeneral de la América i en proceder de acuerdo con los Gobiernos amigos, ya porque asilo pide la causa común en que todos ellos están empeñados, como porque sus propuestas e intervencion adquieran un alto grado de respetabilidad obrando reunidos, tenga a bien V. E. manifestarme sus intenciones sobre el particular, i hacerme con la jenerosa franqueza que le caracteriza las observaciones que la esperiencia de los negocios i el estado actual de ese país le dictaren ser mas convenientes. Ruego a V. E. se digne dar entero crédito a cuanto al espresado Enviado Estraordinario espusiere en nombre de este Gobierno i que quiera admitir tambien las seguridades de la alta consideracion i respeto con que me ofrezco de V. E. atento i S. S. —Ministerio de Relaciones Esteriores, Santiago de Chile, Agosto 7 de 1823. —Ramon Freire. —Excmo. Señor Libertador Presidente de la República de Colombia.


Núm. 667[editar]


Oficio del Supremo Gobierno al General del Ejército Peruano que obra en Intermedios.

Señor Jeneral:

El presente oficio será entregado a US. personalmente por el capitan de fragata, don Cárlos Postigo, quien instruirá a US. del importante i urjente objeto de su mision; i manifestará los documentos relativos a los puntos que debe esponer. S. E., el Supremo Director de Chile, ha creido que, en las circunstancias actuales, conviene a la América que US. obre del modo que indicará el Enviado, por las razones que no hai necesidad de esplanar, puesto que deben ser a US. bastante conocidas, i espera igualmente que la prudencia de US. adopte las medidas mas convenientes i seguras, en intelijencia que si US., de resultas de lo que le informare Postigo, tuviese que hacer comunicaciones urjentes a este Gobierno o solicitar de él algunos auxilios, pasos o intervencion, puede el mismo comisionado regresara Chile, sin continuar su viaje al Perú.

Esta ocurrencia me facilita la oportunidad de ofrecer a US. las singulares consideraciones de mi distinguido aprecio. —Santiago, Agosto 7 de 1823. —(Rúbrica de S. E. ).- Mariano de Egaña. —Señor Jeneral del ejército peruano que obra en Intermedios.


Núm. 668[editar]


Oficio del Supremo Gobierno de Chile al Jeneral Antonio José Sucre, Comandante Jeneral del Ejército Aliado en el Callao.

Señor Jeneral:

El presente oficio será entregado a US. personalmente por el capitan de fragata, don Cárlos Postigo, quien instruirá a US. del importante i urjente objeto de su mision, i manifestará los documentos relativos a los puntos que debe esponer. S. E., el Supremo Director de Chile, ha creido que, en las circunstancias actuales, conviene a la América que US. obre del modo que indicará el Enviado, por las razones que no hai necesidad de esplanar, puesto que deben ser a US. bastante conocidas, i espera igualmente que la prudencia de US. adopte las medidas mas convenientes i seguras, en intelijencia que si US., de resultas de lo que le informare Postigo, tuviese que hacer comunicaciones urjentes a este Gobierno o solicitar de él algunos auxilios, pasos o intervencion, puede el mismo comisionado regresar a Chile. Esta ocurrencia me facilita la opor tunidad de ofrecer a US. las singulares consideraciones de mi distinguido aprecio. —Santiago, Agosto 7 de 1823. —(Rúbrica de S. E.)— Mariano de Egaña. —Señor Jeneral Antonio José de Sucre, Comandante Jeneral del ejército aliado en el Callao.


Núm. 669[editar]

Instrucciones que deberá observar el capitan de fragata don Cárlos Postigo, en la comision de verse con los jenerales que mandan los ejércitos aliados en el Intermedio i el Callao.

  1. El objeto de su viaje debe ser absolutamente ignorado, si no es de los mismos jenerales, a quienes debe hablar personalmente. Para tocar a Intermedios debe hacer entender que ha ocurrido algun accidente, i cuando mas no pueda ser, podrá decir que su objeto ha sido averiguar los puntos que ocupa el ejército para señalar el puerto a donde haya de ir a desembarcar la espedicion chilena que se prepara.
  2. Conviene esponga que, a su salida de Valparaíso, no se habia recibido noticia alguna de Buenos Aires sobre tratados o estipulaciones de paz.
  3. Se dirijirá primeramente a Arica o al puerto ocupado por las armas de la Patria, mas cercano al punto donde se halle el jeneral en jefe del ejército aliado. Si éste existiese distante de la costa, procurará de todos modos verlo, porque la comunicacion que le haga ha de ser verbal.
  4. Si de resultas de la entrevista con el jeneral en jefe que obra en Intermedios, hubiese alguna cosa mui urjente e interesante que anunciar al Gobierno de Chile, hará que el mismo jeneral facilite un buque i una persona de sijilo que venga a comunicarla, continuando el comisionado Postigo su mision al Callao, salvo que la comunicacion fuere tan estraordinariamente urjente que, no habiendo otro modo de trasmitirla al Gobierno, importase mas venir el comisionado a comunicarla que pasar al Callao, donde tanto interesa su comision como en Intermedios.
  5. Demorándose solo lo mui preciso en Intermedios, pasará al Callao, donde comunicará con el jefe de aquella fuerza, en los mismos términos que con el de Intermedios.
  6. Si de la conferencia con el jefe del Callao resultase necesidad de hacer la misma comunicacion al Gobierno del Perú, podrá el comisionado dirijirse a él i aun a Guayaquil u otro punto inmediato donde se halle el Libertador, Presidente Bolívar, para instruirle tambien de su comision.
  7. Ya sea al Gobierno del Perú como al Libertador Presidente rogará comuniquen sus observaciones i sus intenciones sobre el particular al Gobierno de Chile. En ámbos casos hará uso de las credenciales que lleva al efecto.
  8. Si el comisionado determinare, como se cree mui probable, pasar a conferir con los Gobiernos del Perú i Colombia, dará cuenta a este Gobierno desde el Callao, de lo ocurrido hasta entónces en su mision i del modo con que se propone continuarla.
  9. El comisionado regresará luego que haya evacuado su mision i traiga contestaciones del Gobierno del Perú i del Libertador Presidente. El comisionado de todos modos debe procurar continuar su viaje hasta conferir con el Gobierno del Perú i Libertador de Colombia. —Santiago, Agosto 7 de 1823. —Freire . —Mariano de Egaña.

Núm. 670[5][editar]

Legacion Peruana

Santiago, Noviembre 7 de 1823.

S. E., el Señor Presidente de la República del Perú, don José de la Riva Agüero, i el Excmo. Senado, se han dignado conferirme poderes de Ministro Plenipotenciario cerca de este Gobierno Supremo, los que tengo manifestados a US., i siendo indispensable para mis consiguientes operaciones el recibimiento de estilo, tendrá US. la bondad de instruirme el dia i hora que se sirva señalar el Supremo Director.

Tengo el honor de ofrecer a US. mi mas alta consideracion i respeto. —Juan Manuel Iturregui. —Señor Ministro de Estado en el departamento de Relaciones Esteriores.


Núm. 671[6][editar]

República del Perú

MINISTERIO DE LA GUERRA I MARINA

Señor Ministro:

El coronel don Juan Manuel de Iturregu¡ tendrá la honra de poner en manos de US. esta comunicacion. Él lleva el carácter de Enviado Estraordinario del Perú, cerca de la persona de S. E., el Director de esa República, i por su conducto se impondrá US. de la situacion actual de Lima, de la de todo el Penú independiente i de las disposiciones de S. E., el Presidente de esta República, con respecto a la fraccion que ha brotado en Lima a la distancia se presentan desfigurados los objetos i cuando a esto se agrega una intencion decidida, un interes en cambiar el verdadero semblante de las cosas, el anteojo mas claro no es bastante para descubrirlas tal cual ellas son.

Oirá US. que en Lima hai Congreso; que hai en el Perú un nuevo Presidente; que lo ha constituido la voluntad jeneral; que ella misma, por medio de los llamados representantes, ha entregado el Supremo Poder militar al jeneral Bolívar; que esto que parece implicante con la libertad nacional, no lo es porque conserva ese nuevo Presidente las riendas del Gobierno en toda su plenitud; que contra un plan tan lleno de acierto i ventajas se ha levantado una gavilla de cuatro cabecillas, que aspira a la division i anarquía; que el autor de todo es el Gran Mariscal Ríva Agüero, despues de legalmente depuesto; que es un criminal, un tirano digno de anatemas i de mil muertes; que, finalmente, los pueblos lo detestan; el Perú todo lo odia. Todo esto i mucho mas verá US. en la gaceta de los facciosos, llamada de Gobierno i en diferentes periódicos que, como no hai inconveniente para titularlos a su antojo habiendo prensa i papel, sacaran el nombre que acomode a los disidentes. No es dudable que al ver usurpados, aunque tan informemente, el sagrado nombre de Representacion Nacional i el del Perú puedan paralojizarse los que no están impuestos de la esencia de los sucesos.

Una nacion como la de Chile tan instruida por casos prácticos en los manejos de revolucion, en el desenfreno de pasiones consiguientes a ella i en los excesos a que éstos precipitan a los hombres, al parecer mas incapaces de escuchar su voz; una nacion, digo, tan avisada en estas materias, no es fácil que se envuelva en la red que se le prepara í que desconozca el punto donde se halla el Perú i los verdaderos intereses de esta República, si tiene los antecedentes necesarios para juzgar; al mismo paso que sin ellos no es difícil que clasifique por posesion lo que es una usurpacion verdadera; por voluntad del Perú, lo que, resistiéndolo éste, se finje por los facciosos que por dominar una pequeña provincia que encierra en sí la antigua capital, poseen los elementos precisos para las maniobras que deben formar el denso velo que cubra sus depravaciones.

Es, por tanto, el objeto del Enviado Estraordinario poner las cosas en su verdadero punto de vista para que S. E., el Supremo Director de Chile, se sirva fijarla en las consecuencias que ella pueda traer, no solo al Perú sino tambien al resto de la América del Sur.

Por la esposicion que el coronel Iturregui hará a la suprema autoridad de Chile, quedará US. convencido de que no hai ni puede haber hoi en Lima tal Congreso; que usurpan esta denominacion unos pocos hombres traidores a la Patria por hechos positivos i comprobados; hechos que pusieron a los pueblos i al ejército en la necesidad de pedir instantemente a S. E. la estincion de aquel cuerpo, efectuada legalmente en Junio último; que el nombramiento del mariscal Tagle es obra de solo una faccion; que lo resiste altamente el Perú, cuyo nombre se usurpa; que finalmente, los principios, medios i fines de este tejido de falsedades son mui distintos de los que aparecen. Ellos llaman imperiosamente la atencion de este Gobierno, i creo hai un motivo para que merezcan la de la suprema autoridad de Chile.

La penetracion de US. tiene sobrada materia con estas lijeras indicaciones i la tendrá mayor con la esposicion del Enviado. Ella penetrará a US. de que el interes común de ámbos Estados demanda que estrechemos mas que nunca los lazos de amistad que felizmente nos unen. Lo exijen así la razon, la quietud pública, los vínculos que nos ligan i la existencia política de ámbas Repúblicas.

Sírvase US. fijar la prevision de S. E., el Director de Chile, a varios sucesos análogos que nos presenta la historia de la revolucion; i penetrarlo de que es indispensablemente necesario que se desconozca por parte de esa República la autoridad facciosa del gran mariscal Tagle, i sobre todo la de ese llamado Congreso, fuente de todo mal i centro de la disolucion, de la anarquía i de la subyugacion del Perú i acaso de la de toda la América del Sur.

Este es el único medio de cortar de raíz el cáncer que ha tocado ya en el cuerpo político del Perú i que amaga al resto de nuestros amigos. Dilatarlo puede ser tan perjudicial como negarse a su curacion, i no podemos esperar tal resultado de una nacion a que debemos los cimientos de nuestra libertad, i que nos da repetidas pruebas de que su alianza es tan sincera como desinteresada i jenerosa.

En consecuencia, el Enviado instruirá a S. E. , por conducto de US., de los artículos que hacen hoi la primera necesidad del Perú. Se promete éste que no quedará burlada su esperanza en Chile, con cuya amistad se mira invencible para sus enemigos de toda especie.

Tengo la honra de repetir a US. mis respetos i de ofrecérmele con la mas alta consideracion. —José María Novoa. —Señor Ministro de Estado i de Relaciones Esteriores de la República de Chile.


Núm. 672[7][editar]

Habiendo reconocido las credenciales que US. tuvo a bien manifestarme i resultando por ellas en buena i bastante forma ser US. nombrado por el Gobierno del Perú su Ministro Plenipotenciario cerca del de Chile, di cuenta al Supremo Director; i S. E. me ordena avise a US. que mañana 28, a las doce del medio dia, será reconocido con el carácter que reviste. —Dios guarde a US. muchos años. —Santiago, Octubre 27 de 1823. —Al Plenipotenciario del Perú.


Núm. 673[editar]

He dado cuenta al Supremo Director de la nota de US., fecha de hoi, en que anuncia estar nombrado Ministro Plenipotenciario Estraordinario, cerca del Gobierno de Chile, por el señor don José de la Riva Agüero i el Senado que existe en Trujillo; i S. E. me ordena prevenir a US. que el dia de mañana, a las doce del medio dia, dará a US. una audiencia pública, en la que le reconozca como Ministro Plenipotenciario Estraordinario del señor don José de la Riva Agüero.

Me es mui grata esta oportunidad etc. —Santiago, Noviembre 7 de 1823. —Al Plenipotenciario del señor don José de la Riva Agüero, coronel don Juan Manuel Iturregui.


Núm. 674[editar]

Tengo el honor de acompañar al señor Secretario del Soberano Congreso, el decreto para que se entregue por la Tesorería Jeneral una resma de papel para cierros i borradores de aquella Secretaría.

Reitero al señor Secretario las consideraciones de mi mayor estimacion. —Ministerio de Hacienda, Santiago, Noviembre 6 de 1823. —D. J. Benavente. —Señor Secretario del Soberano Congreso.


Núm. 675[editar]

Habiendo invitado a US. para comunicarle las deliberaciones reservadas del Soberano Congreso, es consiguiente que la única indicacion sobre esta materia, será la esposicion verbal de los encargos que nos ha confiado la Soberanía Nacional. Por ahora, bastará prevenir a US. que ella se reduce a la firme resolucion en que se halla el Soberano Congreso, de que se allane una conciliacion entre las autoridades que mandan los diversos territorios del Perú o a que el Estado de Chile tome un partido que de algún modo le indemnice de las gravísimas resulta que debe ocasionar a la causa de América esta division.

Por consiguiente, la Comision del Soberano Congreso espera que en la nocbe de mañana, a las cinco de la tarde, tendrá US.a bien asistir a la sala de sesiones. —Sala del Congreso, Noviembre 6. —Doctor Ocampo. —Al Ministro Plenipotenciario del Gobierno de Lima.


Núm. 676[editar]

LEGACION PERUANA

Santiago, 6 de Noviembre de 1823.

Despues de habérseme reconocido por este Gobierno como Ministro Plenipotenciario i Enviado Estraordinario de la República del Perú, no es compatible con mi carácter público presentarme en la sala de sesiones del Soberano Congreso, como Ministro del Gobierno de Lima, sin poner en duda en quién reside la lejítima i suprema autoridad del Perú, i degradar el mismo reconocimiento que se ha hecho de ella.

Tampoco me es posible entrar en materias de conciliacion o allanamientos con el Poder que manda en Trujillo, porque tales facultades residen solamente en mi Gobierno i no tienen coherencia alguna con mi mision cerca de éste.

Dígnense UUSS. admitir los sentimientos de mi aprecio. —Juan Salazar. —Señores Diputados del Soberano Congreso de la República de Chile, don Juan Egaña i don Joaquín Larrain.


Núm. 677[editar]

LEGACION PERUANA

Excmo. Señor:

La falta de indicacion a los negocios que motivan la asistencia a la sala de sesiones del Sobeberano Congreso, a que se sirve invitarme V. E., en su nota de esta fecha, i el no haber permitido la estrechez del tiempo al señor don José Larrea i Loredo, pasarme la instruccion necesaria sobre los asuntos relativos al Perú, que jiraron por su Legacion, no me permiten aceptarla por ahora, careciendo de los conocimientos necesarios para deliberar con acierto en las materias que podrán versarse en ella. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Noviembre 6 de 1823. —Juan Salazar. —Señor don Juan Egaña, Presidente del Soberano Congreso de Chile.


Núm. 678[editar]

Excmo. Señor:

Me habia prestado ayer a asistir en la sala de sesiones del Soberano Congreso, a tratar sobre ocurrencias del Perú, sin otro estímulo que el de obedecer la respetable insinuacion de V. E.; mas, considerando que ya yo estoi fuera del caso de las cuestiones que puedan suscitarse entre los comisionados de aquel país, cerca de estas autoridades, por haber fenecido mi mision con el desempeño de todos los objetos que la motivaron, ruego a V. E. mui encarecidamente me dé por escusado en una intervencion que no puede producirme sino desagradables resultados i que una triste esperiencia me aconseja no vuelva a mezclarme en los negocios públicos de aquel Estado. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Noviembre 7 de 1823. —Excmo. Señor. —José de Larrea i Loredo. —Excmo. Señor Presidente del Soberano Congreso, don Juan Egaña.


Núm. 679[editar]

El Soberano Congreso ha creido de la mayor urjencia que marche el Plenipotenciario por Chile, cerca de la República del Perú, principalmente despues de la salida de la espedicion i de las desaveniencias que existen entre las autoridades que mandan el territorio de aquélla. Consecuente a este principio, me ordena prevenga a US. para que lo ponga en noticia de S. E., el Supremo Director, se nombre i mande aprontar el Plenipotenciario, a efecto de que pueda salir de ésta a la mayor brevedad posible.

Tengo el honor de comunicarlo a US. para su cumplimiento, reiterándole mis consideraciones. —Secretaria del Congreso, Santiago, Noviembre 7 de 1823. —Al señor Ministro de Estado i Relaciones Esteriores.


  1. Esta aprobacion fué tácita i se infiere de que anunciado dicho reconocimiento por el señor Ministro de Relaciones Esteriores, la Sala no hizo objecion alguna a pesar detener en sus manos la superior direccion del ramo. (Nota del Recopilador.)
  2. Este oficio ingresó en esta sesion, celebrada el 7 por la mañana, con fecha 8. (Nota del Recopilador.)
  3. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Correspondencia: Documentos dirijidos por Relaciones Esteriores tomo I, pájina 448, del archivo del Ministerio de Relaciones Esteriores. (Nota del Recopilador.)
  4. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Correspondencia: Documentos dirijidos por Relaciones Esteriores, tomo I, pájina 449, del Ministerio de Relaciones Esteriores. —(Nota del Recopilador.)
  5. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Gobiernos i Ajentes Diplomáticos del Perú en Chile, tomo II del archivo del Ministerio de Relaciones Esteriores. (Nota del Recopilador.)
  6. Este documento ha sido trascrito del volúmen titulado Gobiernos i Ajentes Diplomáticos del Perú en Chile, tomo II del archivo del Ministerio de Relaciones Esteriores. (Nota del Recopilador.)
  7. Este documento i el siguiente han sido trascritos del volúmen titulado Correspondencia: Documentos dirijidos por Relaciones Esteriores, tomo I, pájina 449, del archivo del Ministerio de Relaciones Esteriores (Nota del Recopilador.)