Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1826/Sesión del Congreso Nacional, en 30 de agosto de 1826

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1826)
Sesión del Congreso Nacional, en 30 de agosto de 1826
CONGRESO NACIONAL
SESION 54, EN 30 DE AGOSTO DE 1826
PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Preferencia de los pueblos en la adjudicación de las alcabalas. —Petición del Cabildo de Chillan sobre este mismo asunto. —Proyecto de lei de olvido. —Proyecto de la Comision de Gobierno relativo a encausar al gobernador intendente de Aconcagua. —Fijación de la tabla. —Acta.—Anexos.

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Mandar que en igualdad de posturas se adjudique a los pueblos el ramo de las alcabalas. (Anexo núm. 574. V. sesión del 29.)
  2. Dejar pendiente la petición del Cabildo de Chillan para que se le adjudique preferentemente el ramo de las alcabalas. (V. sesiones del 7 i del 29 de Agosto i del 4 de Setiembre de 1826.)
  3. Dejar asimismo pendiente el proyecto de lei de olvido. (V. sesiones del 29 i del 31.)
  4. Rechazar el proyecto de acuerdo propuesto por la Comision de Gobierno, para mandar encausar al gobernador-intendente de Aconcagua, i encargar al Gobierno haga entender a este funcionario que en adelante debe cscusar sus críticas de las leyes. (V. sesión del 29.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores Albano, Arriagada don Juan Manuel, Arce don Casiano, Arce don Estanislao, Aguirre, Benavente, Balbontin, Bauza, Bustos, Benavides, Campino, Concha, Cruz, Campos, Donoso, Eyzaguirre, Elizondo, Fariñas, Fernández, Huerta, Hernández, Infante, Lazo, López, Lavin, Luco, Mena, Marcoleta, Montt don Lorenzo, Muñoz Bezanilla, Meneses, Molina, Ojeda, Olivos, Prats, Pérez, Sierra, Silva, Torres, Tapia i Vicuña.

Leida el acta anterior fué aprobada.

No habiendo de que dar cuenta, se puso en discusión el proyecto sobre preferencia del remate de alcabalas por los Cabildos que, discutido bastantemente, se sancionó en los términos que sigue:

Artículo primero. LOS pueblos a quienes convenga la administración de la alcabala serán preferidos por el tanto que otro diere.

Art. 2.º Los Cabildos, con quienes se entenderá el artículo anterior, se obligarán, en la forma mas solemne, al cumplimiento de la subasta.

Art. 3.º Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento en la forma de estilo.

Luego despues se tomó en consideración la solicitud del Cabildo de Chillan, a este mismo respecto, i discutida lijeramente, se acordó pasase a la Comision de Justicia. Seguidamente se llamó a discusión el proyecto sobre lei de olvido i demás de su relación, que no habiéndose resuelto se dejó para otra sesión.

En segunda hora se puso en discusión el proyecto de decreto de la Comision de Gobierno, respecto de la nota del gobernador-intendente de Aconcagua, i declarado bastantemente discutido, se puso en votacion i resultó desaprobado, debiéndosele sí decir, por el conducto competente, el desagrado con que el Congreso habia observado las espresiones de su oficio, i observaciones que hace a las leyes, i que en lo sucesivo cuide de no traspasar la línea que le está demarcada en sus funciones.

En este estado, i siendo mas de las dos de la tarde, se levantó la sesión, anunciándose para la siguiente los asuntos puestos en tabla. — Benavente. —Fernández.


ANEXOS[editar]

Núm. 574[editar]

El Congreso Nacional ha sancionado i decreta lo siguiente:

Artículo primero. Los pueblos a quienes convenga la administración de la alcabala serán preferidos por el tanto que otro diere.

Art. 2.º Los Cabildos, con quienes se entenderá el artículo anterior, se obligarán en la forma mas solemne, al cumplimiento de la subasta.

Art. 3.º Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento en la forma de estilo.

El Presidente de la Sala lo comunica al de la República i tiene el honor dr saludarle del modo mas respetuoso. —Sala del Congreso, Setiembre I.° de 1826. —Al Presidente de la República.


Núm. 575[editar]

Tengo el honor de remitir al señor Ministro de Hacienda el presupuesto de las dietas i sueldos que corresponden en el presente mes a los señores diputados i demás empleados en la Representación, para que, decretado el pago por el señor Presidente de la República, se satisfaga en las oficinas correspondientes.

El secretario que suscribe aprovecha esta oportunidad para saludar al señor Ministro de Hacienda con las distinguidas consideraciones de su mayor aprecio. —Secretaría del Congreso, Agosto 30 de 1826. —Al señor Ministro de Hacienda.