Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 7 de junio de 1828

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión del Congreso Constituyente, en 7 de junio de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 41.ª, EN 7 DE JUNIO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO RAMON DE VICUÑA


SUMARIO.—Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Negativa a estampar en el acta el voto del señor Pradel. —Certifica lo del voto del señor Albano. —Postergacion de la separacion del señor Campino. —Licencia solicitada por don Juan Albano Pereira. — Oficio de recibo del gobernador de Valparaíso. —Nota de los señores Castillo i Orihuela. —Enjuiciamiento de don Nicolás Pradel. —Reintegro de la Comision encargada de juzgar a los señores Magallanes i Vial del Rio. —Discusión del proyecto de Constitución. —Tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De una nota con que don Juan Albano Pereira, Diputado por San Fernando, acompaña sus poderes i pide, por hallarse enfermo, una licencia de 40 dias. (Anexo número 60. V. sesion del 6.)
  2. De otra nota, de los señores don Antonio Castillo i don Francisco de B. Orihuela quienes piden que el señor Pradel declare si ellos están comprendidos en la acusación de mantenerse en el Congreso una lójia para destruir la República. (Anexo número 61. V. sesion del 6.)
  3. De un dictámen de las Comisiones de Justicia i de Policía Interior sobre una mocion hecha por el señor Muñoz de Bezanilla para que don Nicolás Pradel sea enjuiciado junto con don Manuel Magallanes; las Comisiones proponen la aprobación de la mocion indicada. (Anexo núm. 62. V. sesion del 6.)
  4. De un oficio del Gobernador de Valparaíso, quien comunica haber mandado cumplir el acuerdo de la Sala sobre que se toquen las diez i media de la mañana. (Anexo núm. 63. V. sesion del 4.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. No rejistrar en el acta de la sesión pasada el voto del señor Pradel sobre el artículo 3 del proyecto que manda enjuiciar a don Manuel Magallanes.
  2. Dar a don Casimiro Albano Pereira un certificado de haber votado contra el mismo artículo i rejistrar su petición en el acta.
  3. Mantener el llamamiento del suplente del señor Campino, a pesar de que este señor Diputado no partirá a Valdivia hasta Setiembre, por faltar algunos de los otros Diputados propietarios de Santiago. (V. sesiones del 4. i el 23.)
  4. Que don Juan Albano Pereira certifique su enfermedad. (Anexo núm. 64. V. sesion del 19.)
  5. Archivar la nota de recibo del gobernador de Valparaíso.
  6. Tener presente en la discusión la nota de los señores Castillo i Orihuela.
  7. Decretar que don Nicolás Pradel se apersone a la Comision encargada de juzgar a don Manuel Magallanes i acredite la existencia denunciada de una lójia que tiende a destruir la República. (Anexo núm. 63. V. sesion del 14.)
  8. Integrar con los señores Marin i Vial del Rio la Comision encargada de juzgar a los señores Magallanes i Pradel. (V. sesion del 6 i el 14.)
  9. Despues de leer dos veces el primer título del proyecto de Constitución, empezar su discusión desde la próxima sesión (V. sesiones del 3 i el 9.)
  10. No tratar en adelante mas que del asunto indicado i del reintegro de la representación nacional. (V. sesiones del 9 i el 20.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores Albano, Argúelles, Araos, Argomedo, Bilbao, Barros, Concha, Castillo, Collao, Campino, Elizalde, Fernandez, Gormaz, Guerrero, Larrain, Lira, Marin, Molina, Muñoz, Navarro, Prado, Prieto, Pradel, Palacios, Recabárren, Reyes, Sotomayor, Vicuña, Valdes, i Vial del Rio.

Faltó el señor Orihuela por enfermo. Se aprobó el acta de la anterior, habiéndose notado que el señor Molina habia solo salvado su voto respecto de los dos primeros artículos de la resolución que se dictó sobre el señor Magallanes í no del 3º.

El señor Pradel pidió que su voto sobre este mismo artículo, se rejistrase en el acta; se negó por algunos Diputados; i discutido el punto, se votó i resultó la negativa.

El señor Albano pidió se le diese certificado de haber votado contra el citado artículo 3.º i que se rejistrase su petición en el acta. —Se defirió.

El señor Campino espuso, que aun no podia marchar a Valdivia en virtud del nombramiento hecho en su persona para Intendente de aquella provincia i que lo verificaría en el mes de Setiembre; se consideró, en consecuencia, si debia darse contra orden al Diputado suplente que habia sido llamado a causa de dicho nombramiento, i se acordó que no, respecto de faltar sin embargo Diputados por el pueblo de Santiago.

Se leyó despues una nota del señor Albano en la que espone hallarse enfermo i que su restablecimiento no se verificaría en cuarenta dias, por cuyo tiempo pide se le dé licencia. Se acordó se le contestase por Secretaría, diciéndole que acreditase legalmente su enfermedad.

Se leyó en seguida una nota del gobernador de la plaza en que avisa haber dado las órdenes convenientes para que el toque de Asamblea fuese a las diez, dirijiéndose hasta el punto de la recova, así como igual número de campanadas media hora despues en la Iglesia mayor. Se mandó archivar.

También una nota de los señores Castillo i Orihuela para que el señor Pradel declare ante el Congreso si ellos están incluidos también en su acusación. Se acordó se tuviese presente en la discusión de la materia.

Se leyó últimamente el dictámen de las Comisiones de Justicia i Policía Interior, sobre la mocion del señor Bezanilla que se le comprenda al señor Pradel en la resolución que la Sala dictó sobre el señor Magallanes.

Despues de discutido suficientemente i de haberse considerado también otras proposiciones, se resolvió el siguiente:

"El señor don Nicolás Pradel se apersonará ante la Comision nombrada para tramitar el proceso del señor Magallanes, probando la existencia en el Congreso de la lójia que ha denunciado i de los planes de destruir a la República que en ella se meditan, debiendo hacerlo en el término que la Comision le señale.

"Se agregaron a dicha Comision los señores Marin i Vial del Rio."

En segunda hora se leyó por dos veces el capítulo 1.º de Constitucion. Se espuso por algunos señores que debia dársele ctra lectura al todo del proyecto ántes de procederse a la discusion de sus artículos. Se estaba votando la proposicion sí debia hacerse asi o nó, cuando se advirtió que ya era pasada la hora en que debia levantarse la sesión, i por consiguiente inútil esta votación.

Se acordó, en consecuencia, que desde la próxima sesion se daria principio a la discusion del proyecto de Constitucion i no se considerarían otros asuntos que los relativos al aumento del número de Diputados hasta integrar, si es posible, la Sala del total de que se compone. —Vicuña.


ANEXOS[editar]

Núm. 60[editar]

Acompaño a US. los poderes que acreditan mi Diputacion por San Fernando, i suplico a US. se sirva elevarlo al conocimiento del Soberano Congreso para los efectos necesarios.

Asimismo, sírvase US. poner en consideracion del Soberano Congreso que sí resultan aprobados i por consiguiente deba marchar a reunirme, me permita no verificarlo hasta dentro de cuarenta dias, llamándose en el ínterin al suplente. Cuando mis ardientes votos eran por ir a hacer este nuevo sacrificio en obsequio de mi patria, un ataque violento a mi salud, me impide verificarlo hasta que me restablezca, a virtud de sangrías i medicamentos que actualmente estoi tomando. No pongo en consideracion del Soberano Congreso el perjuicio de mis intereses i la privacion de mi familia, porque este era el sacrificio que gustoso oblaba; pero enfermo, ¿de qué serviré en la Representación Nacional? ¿qué asistencia, qué trabajo podré tener? Ninguno, e ínterin yo no sirvo, también está privado de los servicios del suplente.

Por estas razones solo rehuso de ir ínterin existe la causa, que no pasará del término pedido.

Con particular gusto saludo a US. i reitera los servicios con que desea complacerle. —Santiago, Junio 4 de 1828. Juan Albano. —Señor Secretario del Soberano Congreso, don Francisco Fernández.


Núm. 61[editar]

Una vaga acusacion afecta hoi a todo el Congreso sobre la existencia de una lójia que, compuesta de un considerable número de Diputados, ataca de muerte a la Patria. Este hecho se ha tomado ya como pretesto por algunos Diputados para no incorporarse a la Representación Nacional. La acusación se ha hecho notoria a todos los pueblos de la República con el título de: "Mocion del Diputado de Lautaron. I como en ella no se individualizan los nombres de los que pertenezcan a tal asociación, los que suscriben piden a la Sala que el Diputado Pradel declare ante el Congreso si ellos están incluidos en su acusación i que por Secretaría se les dé un testimonio de la declaración que resulte. —Valparaíso, 7 de Junio de 1828. Francisco B. de Orihuela. Antonio del Castillo i Saravia. —A las Comisiones de Policía Interior i de Justicia. —Larrain.


Núm. 62[editar]

Las Comisiones de Justicia i de Policía Interior han considerado la mocion del señor Muñoz Bezanilla sobre la que presentó i publicó el Diputado de Lautaro i no pueden ménos que recordar a la Sala el acuerdo de la sesion de ayer i proponerle para su aprobación los mismos artículos que quedaron sancionados.

La identidad de los asuntos no permiten a las Comisiones abrir otro dictámen. —Sala de sesiones, Junio 7 de 1828. Francisco R. Vicuña. M. de Santiago Concha. P. S. Prado Montaner. Bruno LarraÍn. F. Fernandez. Miguel Collao. José Gaspar Marín.


Núm. 63[editar]

Desde el dia de mañana se dará principio a que el toque de Asamblea sea a la hora de las diez dirijiéndose las cajas hasta ei punto de recova, así como igual número de campanadas se tocarán media hora despues en la iglesia mayor, como me lo previene V. S. por soberana resolucion.

El que suscribe se honra de ofrecer a V. S. toda su consideracion i aprecio. —Gobierno de Valparaíso. Valparaíso, Junio 6 de 1828. Francisco de la Lastra. —Señor Secretario-Diputado del Soberano Congreso.


Núm. 64[editar]

Habiendo dado cuenta al Congreso Nacional de su apreciable comunicacion de 4 del corriente en que acompaña el acta de eleccion de Diputado del partido de San Fernando i pide cuarenta dias de término para incorporarse a la Sala por hallarse actualmente enfermo, se acordó que lo acreditase legalmente para poder acceder a su solicitud.

El Secretario que suscribe tiene el placer de saludar a V. S. del modo mas espresivo i afectuoso. —Valparaíso, Junio 9 de 1828. —Al señor don Juan Albano.


Núm. 65[editar]

El Congreso Nacional resolvió en la sesión de siete de Junio lo siguiente:

El señor don Nicolás Pradel se apersonará ante la Comision nombrada para tramitar el proceso del señor Magallanes, probando la existencia en el Congreso de la lójia que ha denunciado i de los planes de destruir a la República que en ella se meditan, debiendo hacerlo en el término que la Comision le señale. —Vicuña. Larraín.