Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1833/Sesión de la Cámara de Diputados, en 18 de diciembre de 1833

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1833)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 18 de diciembre de 1833
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 37, EN 18 DE DICIEMBRE DE 1833
PRESIDENCIA DE DON JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO


SUMARIO. —Asistencia —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Resguardos en la provincia de Coquimbo. —Acta. —Anexo.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

De un informe de la Comision de Hacienda sobre la autorizacion pedida por el Gobierno para designar los puertos secos de la provincia de Coquimbo i para crear resguardos; la Comision propone que se autorice al Gobierno para crear resguardos. (Anexo núm. 215. V. sesion del 27 de Noviembre.)

ACUERDO[editar]

Se acuerda:

Aprobar un proyecto de lei que autoriza al Presidente de la República para fijar los únicos puertos secos de la provincia de Coquimbo por donde se pueda traficar i para invertir hasta 5,000 pesos anuales en crear resguardos. (V. sesion del 21.)


ACTA[editar]

SESION DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1833

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aspillaga, Barros, Blest, Bustillos, Carrasco, Carvallo, Echeverz, Eyzaguirre, Fierro, Gatcía de la Huerta, Gárfias, García don Juan, Guzman, Larrain don Vicente, López, Manterola, Martínez, Mathieu, Mendiburu, Osorio, Plata, Portales, Puga, Renjifo, Rosas, Silva don Pablo, Tocornal don Joaquin, Valdivieso, Valdés, Uribe, Vial don Juan de Dios i Vial don Manuel.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un informe de la Comision de Hacienda que contiene el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo para que invierta anualmente la suma de cinco mil pesos en la dotacion de los resguardos que juzgue conveniente crear en la provincia de Coquimbo."

Puesto a discusion, advirtieron varios diputados que no se comprendía en este proyecto todo lo que solicita el Poder Ejecutivo, i se presentó otro redactado en esta forma:

"Se autoriza al Presidente de la República para determinar en la provincia de Coquimbo los puertos secos por donde únicamente deba traficarse en lo sucesivo con las provincias trasandinas, i para crear los resguardos que consi dere indispensables, inviniendo en su dotacion, ya sea bajo el título de sueldo o de gratificaciones, hasta la suma de cinco mil pesos anuales;" i despues de haberse discutido fué aprobado en los mismos términos, acordando igualmente comunicarlo al Senado ántes de aprobar el acta.

I se levantó la sesion. —Vial.Vial, diputado-secretario.


ANEXO[editar]

Núm. 215[editar]

La Comision de Hacienda ha considerado detenidamente la nota que antecede i el espediente de su referencia, i cree de absoluta necesidad la adopcion de alguna medida que ponga término a las escandalosas internaciones clandestinas que se hacen por los boquetes de cordillera en la provincia de Coquimbo.

Ninguno parece a la Comision mas adaptable que el propuesto por el Ejecutivo, i bajo esta persuacion i la protesta de sostener su dictámen en la discusion, somete a la aprobacion de la Sala el siguiente proyecto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo para que invierta anualmente la suma de cinco mil pesos en la dotacion de los resguardos que juzgue conveniente crear en la provincia de Coquimbo."

Santiago, Diciembre 18 de 1833. —J. M. de Rosas. —Fernando Márquez de la Plata. —Ramón Renjifo."