Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1835/Sesión de la Cámara de Diputados, en 12 de octubre de 1835

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1835)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 12 de octubre de 1835
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 39, EN 12 DE OCTUBRE DE 1835
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ VICENTE IZQUIERDO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobación del acta precedente. —Cuenta. —Caja del Crédito Público. —Contribución de serenos. —Presupuestos i cuentas de inversión. —Solicitud de doña Nieves Ceballos viuda de Spano. —Reconocimiento de la deuda interior. —Sesiones diarias. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

De una nota con que el Presidente del Crédito Público acompaña el estado de las operaciones de la Caja i un ejemplar del Boletín núm. 26. (Anexos núms. 213 a 215.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Pasar a la Comision de Hacienda el estado de la Caja del Crédito Público.
  2. Aprobar el proyecto de lei que regulariza la contribución de serenos. (V. sesiones del 9 i del 19.)
  3. Aprobar la cuenta de entradas i gastos de la República, autorizar el cobro de las contribuciones por 18 meses i aprobar los presupuestos. (V. sesiones del 9 i del 16.)
  4. Aprobar el informe de la Comision Militar sobre la solicitud de la viuda de Spano. (V. sesiones del 9 i del 13.)
  5. Aprobar los incisos 17 a 27, artículo I.° del proyecto de reconocimiento de la deuda interior i dejar para 2.ª discusión el inciso 28. (V. sesiones del 9 i del 13.)
  6. Celebrar sesiones diarias.

ACTA[editar]


sesion del 12 de octubre de 1835

Se abrió con los señores Aldunate, Arriarán, Arlegui, Arce don Estanislao, Arce don Miguel, Astorga, Barra, Bustillos, Carrasco, Dávila, Fierro, Fuenzalida, García de la Huerta, Garrido, García don Manuel, Irarrázaval, Izquierdo, Martínez, Montt, Pérez, Prieto, Renjifo, Reyes, Riesco, Sotomayor, Torres, Tocornal don José María, Tocornal don Joaquín, Troncoso, Vidal i Vial don Antonio.

Aprobada el acta de la anterior, se dió cuenta de un oficio del Presidente del Crédito Público con que acompaña el estado de las operaciones de la Caja de Amortización en el último trimestre, i se pasó a la Comision de Hacienda.

Púsose a discusión particular el proyecto sobre autorizar al Gobierno para regularizar i mejorar el establecimiento de serenos; i fueron aprobados todos sus artículos en los términos que siguen:

Artículo primero. Se autoriza al Presidente de la República para que pueda regularizar nuevamente la contribución que paga el vecin dario de Santigo para la conservación del cuerpo de serenos, i aumentarla moderadamente, así para que pueda perfeccionarse este establecimiento como para costear el alumbrado de la poblacion.

Art. 2.º Se le autoriza igualmente para hacer estensiva dicha contribución a otros pueblos de la República que todavía no gocen de los beneficios de una policía nocturna, i que por sus recursos estén ya en estado de sostener esta institución.

"Art. 3.º El Poder Ejecutivo dictará las reglas que deben observarse en la exacción de estos impuestos, i el modo de hacerlos efectivos."

En seguida, se tomó en consideración el informe de la comision especial que se nombró para el reconocimiento de las cuentas i presupuestos presentados por el Ministro de Hacienda en su Memoria, i se aprobó por unanimidad en los términos siguientes:

Artículo primero. Se aprueba la cuenta de entradas i gastos que ha tenido la República en el año de 1834, que el Ministro de Hacienda acompaña a la Memoria presentada al Congreso en 5 de Octubre de 1835.

Art. 2.º Las contribuciones actualmente establecidas, continuarán por el términos de diez i ocho meses, en conformidad del artículo 37 de la Constitución.

"Art. 3.º Su inversión se hará en los gastos de la administración pública con arreglo a las leyes i a los presupuestos para el año de 1836, presentados por los Ministros Secretarios del Despacho."

Así mismo fué aprobado en jeneral, por unanimidad, el informe de la Comision Militar en la solicitud de doña Nieves Cevallos viuda del coronel Spano.

Continuó la discusión de la lei del reconocimiento de la deuda interior i se aprobaron los números 17, 18, 19, 20, (suprimiendo la palabra confiscación), 21, 22, 23, 24, 25, 26 i 27 del artículo I.° en los términos siguientes, habiendo quedado para 2.ª discusión la parte 28 del mismo artículo:

# El justo valor de las indemnizaciones debidas a individuos particulares por bienes raices tomados durante los Gobiernos republicano o real para el uso público.

  1. Los capitales que tomaron los jefes del Ejército español en la provincia de Concepción pertenecientes a casas de educación, establecimientos piadosos, comunidades, monasterios o iglesias, para los gastos de la guerra en los años de 1813 i 1814.
  2. Las sumas que ingresaron al Tesoro Nacional a título de secuestros o embargos decretados por el Gobierno republicano, tanto sobre bienes de individuos domiciliados en Chile como sobre propiedades de súbditos de la España o de potencias neutrales.
  3. Las cantidades procedentes de embargos o secuestros hechos por el Gobierno español, durante el período de su dominación, en bienes que pertenecían a ciudadanos de Chile.
  4. La parte que hubiese entrado al Tesoro de la República, despues de la restauración del pais, como resto délos depósitos, embargos 1 secuestros decretados desde 1814 hasta 1817, por el referido Gobierno español, sobre propiedades estranjeras.
  5. Los capitales que percibió el Fisco por subasta o venta de propiedades secuestradas, restituidas despues a sus antiguos dueños, en virtud de decreto del Gobierno o de sentencias judiciales.
  6. El valor de las donaciones hechas por el Gobierno republicano con autorización conferida por el Cuerpo Lejislativo, sobre bienes secuestrados a título de recompensa por servicios prestados a la Nación en el caso de que dichos bienes hubiesen sido posteriormente devueltos a sus primeros propietarios.
  7. Los libramientos jirados por el Ministerio de Hacienda en 1829 contra la Caja del Crédito Público para la reforma militar, en la parte que, por falta de fondos, hubieren quedado sin cubrirse.
  8. Los suministros hechos al Ejército nacional en dinero, caballos, víveres, etc., desde 1824 hasta el dia.
  9. La parte de las presas que hizo la escuadra de Chile a que tuviesen lejítimo derecho algunos individuos que sirvieron en ella.
  10. El producto de la venta de propiedades pertenecientes a los conventos de regulares que hubiesen entrado al Erario Público.


Por último, se acordó tener sesiones diarias hasta la conclusion de la prórroga; en cuyo estado se levantó la sesión. —Jose Vicente Izquierdo. —Montt, diputado-secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 213[editar]

Adjunto a V. S. el estado de las operaciones de esta Caja, correspondiente al trimestre vencido el I.° de este mes, i el boletín número 26 sobre la amortización de fondos, cuyos documentos se servirá V. S. presentar a la Sala para su conocimiento.

Dios guarde a V. S. —Caja de Amortización. —Santiago, Octubre 12 de 1835. — Diego Antonio Barros . —Miguel del Fierro, secretario. —Señor Secretario de la Cámara de Diputados.


Núm. 214[editar]

BOLETIN NÚMERO 26 DE LA CAJA DE AMORTIZACION

Estado que demuestra la cantidad de fondos públicos, reconocida por el Congreso Nacional hasta la fecha, la que se ha amortizado i la que existe en circulacion con su renta actual.
Lei de creación A la circulación Capital Renta
del 6 por ciento
1828 Diciembre 22 1829 Abril I.° $ 600,000 36,000


Amortización
1829
Junio 22 2,800
Agosto 8 7,000
Dicbre. 31 7,700
1830
Marzo 21 8,300
Mayo 24 8,600
Agosto 20 9,000
Novbre. 4 8,100
1831 Marzo 15 9,700
Mayo 28 10,300
Setbre. 10 9,500
Dicbre. 14 8,400
1832
Marzo 10 7,500
Junio 9 7,800
Setbre. 6 7,200
Dicbre.5 7,600
1833
Marzo 2 7,800
Junio 7 7,900
Setbre. 14 7,900
Dicbre. 10 7,600
1834
Abril 8 6,700
Junio 13 6,100
Setbre. 6 6,000
Dicbre. 4 5,900
1835
Marzo 9 6,200
Mayo 5 6,300
Julio 14 6,700 $ 194,600 1,676
Quedan en circulación 405,400 24,324

Santiago de Chile, Julio 14 de 1835. Miguel del Fierro.

Núm. 215[editar]

ESTADO DE LAS OPERACIONES DE LA CAJA DE AMORTIZACION DEL CRÉDITO PÚBLICO EN EL TRIMESTRE DE OCTUBRE DE 1835.

Cargo
A Existencia del trimestre de Julio anterior en la que se hallan comprendidos 1,519 pesos 7 reales, que se recibieron adelantados a cuenta de la asignación de Julio 3,489 .4
Tesorería Jeneral recibido de de ella por resto de la asignación de Julio i las de Agosto i Setiembre 8,980 .1
A Recibido para el pago de los intereses correspondientes a este trimestre sobre los 15,300 pesos que estrajo Maclean 229 .4
$ 12,699 .1
Data
Por Caja de Amortización entregado a diferentes imponentes de 6,700 pesos en fondos públicos amortizados al 66 i 67 por ciento de valor, según libramientos números 67 i 68 $ 4.444
Por intereses pagados los correspondientes a este trimestre sobre los 15,300 pesos, según libramientos 229 .4
Por intereses pagados los correspondientes a estos trimestres, según libramientos números 2033 a 2035, 2037, 2039, 2042 a 2046, 2048, 2050, 2051, 2053 a 2055, 2057, 2058,2060, 2062 a 2066, 2068, 2070, 2072 a 2087. 5,118
Por intereses correspondientes a Octubre de 1834 que no se habían cubierto núm. 1803 18
Por intereses correspondientes a Enero de 1835 que no se habían cubierto núm. 1868 18
Por intereses correspondientes a Abril de 1835 que no se habían cubierto números 1929, 1934 624
Por intereses correspondientes a Julio de 1835 que no se habían cubierto números 1980, 1988, 1991, 2012 747
Por intereses correspondientes a Julio de 1835 que no se habían cubierto sobrante de los 15,300 pesos 114
$ 11,312 .4
Existencia
Por un libramiento del trimestre de Abril de 1833 no pagado núm. 1432 $ 9
Por un dicho del trimestre de Julio de 1833 no pagado núm. 1500 9
Por un dicho del trimestre de Octubre de 1833 no pagado núm. 1564 9
Por un dicho del trimestre de Enero de 1834 no pagado núm. 1035 9
Por dos dichos del trimestre de Abril de 1834 no pagados núms. 1668 i 1669 12
Por dos dichos del trimestre de julio de 1834 no pagados núms. 1737 i 1765 12
Por tres dichos del trimestre de Octubre de 1833 no pagados núms. 1804,1814 i 1829 42
Tor tres dichos del trimestre de Enero de 1835 no pagados núms. 1869, 1879 i 1892 42
Por cuatro dichos del trimestre de Abril de 1835 no pagados núms. 1930,1940, 1943 i 1953 464
Por siete dichos del trimestre de julio de 1835 nopagados núms. 1979, 1982, 1989, 1999, 2002, 2011 i 2013 211 .4
Por quince dichos del trimestre de Octubre de 1835 no pagados núms. 2036, 2038, 2040, 2041, 2047, 2049, 2052, 2056, 2059, 2061, 2067, 2069, 2071, 2088 i 2089 963
Por el sobrante de la amortización 21 .5 1,386.5
$ 12,699.1

  Santiago, Octubre 3 de 1835. —Miguel del Fierro. —V °. B°. — Diego Antonio Barros.