Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1836/Sesión de la Cámara de Senadores, en 5 de octubre de 1836
CÁMARA DE SENADORES SESION 2.ª ESTRAORDINARIA, EN 5 DE OCTUBRE DE 1836 PRESIDENCIA DE DON GABRIEL JOSÉ DE TOCORNAL SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Declaracion de guerra al Perú. —Acta. —Anexo. CUENTA[editar]Se da cuenta: De un dictámen de las Comisiones de Gobierno i Guerra sobre la autorizacion pedida por el Presidente de la República para declarar la guerra al Perú; las Comisiones informan en sentido afirmativo. (Anexo núm. 255. V. sesion del 3.) ACUERDO[editar]Se acuerda: Autorizar al Presidente de la República para declarar la guerra al Perú una vez agotados los medios pacíficos. (V. sesion del 10.) ACTA[editar]Sesion del 5 de octubre
Asistieron los señores Tocornal, Barros, Benavente, Echéverz, Eyzaguirre, Elizalde, Egaña, Ortúzar, Ovalle, Portales, Vial Santelices, Vial del Rio i Meneses. Aprobada el acta de la anterior, se dio cuenta del dictámen de las Comisiones de Gobierno i Guerra, sobre autorizar al Presidente de la República para declarar la guerra al actual Gobierno del Perú, en el caso de no obtener, por medios pacíficos, las reparaciones i garantías que se le piden para establecer una paz sólida i duradera. Se puso en discusion el mismo dictámen i conforme a él, fué aprobado por unanimidad el siguiente proyecto de decreto: «El Congreso Nacional autoriza al Presidente de la República para que, en caso de no obtener del Gobierno del Perú, reparaciones adecuadas a los agravios que éste ha inferido a Chile, bajo condiciones que afiancen la Independencia de esta República, declare la guerra a aquel Gobierno, haciendo presente a todas las naciones la justicia de los motivos que obligan al pueblo chileno a tocar este último recurso, despues de estar colmada la medida de los sacrificios que ha consagrado a la conservación de la paz.» Se acordó, en seguida, que se comunicase a la Cámara de Diputados ántes de la aprobacion del acta, i se levantó la sesion. —Tocornal, Presidente. ANEXO[editar]Núm. 255[editar]▼Las ▼Comisiones de Gobierno i ▼Guerra reunidas han tomado en consideracion el Mensaje del ▼Presidente de la República, de 3 del corriente, i le han prestado la detenida atencion que exije la importancia de su asunto. Siendo manifiestos los agravios que ha recibido Chile de la Administracion peruana, i exijiendo el honor de la Patria i su seguridad que se hagan oir nuestras justas reclamaciones, hasta obtener, por todos los medios de que pueda disponer la Nacion, la reparacion que le es debida i la suficiente garantía de que no se repetirán nuevos agravios, las Comisiones son de unánime dictámen que puede el ▼Senado aprobar el siguiente PROYECTO DE ▼DECRETO:
«El ▼Congreso Nacional autoriza al Presidente de la República para que, en caso de no obtener del Gobierno del Perú, reparaciones adecuadas a los agravios que éste ha inferido a Chile, bajo condiciones que afiancen la Independencia de esta República, declare la guerra a aquel Gobierno, haciendo presente a todas las naciones la justicia de los motivos que obligan al pueblo chileno a tocar este último recurso, despues de estar colmada la medida de los sacrificios que ha consagrado a la conservacion de la paz.» Santiago, Octubre 5 de 1836. —D.J. Benavente. —▼José Ignacio de Eyzaguirre. —▼M. Egaña. —▼José Manuel Ortúzar. |