Tratado de la pintura/CCCXXXIX

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§ CCCXXXIX.[editar]

De las encarnaciones, y de los objetos remotos de la vista.

En las figuras y demás objetos remotos de la vista solo debe poner el Pintor las masas principales de claro y oscuro sin decisión total, sino confusamente; y las figuras de este género solo se han de pintar cuando se finge que el aire está nublado ó al acabar el dia: y sobre todo guárdese de hacer sombras y claros recortados, como ya he dicho, porque luego mirándolas de lejos, no parecen sino manchas, y desgracian mucho la obra. Acuérdese tambien el Pintor que nunca debe hacer las sombras de manera que lleguen á perder por su oscuridad el color local de donde se producen, si ya no es que se halla la figura situada en un parage tenebroso. Los perfiles no han de estar muy decididos; los cabellos no han de ir separados, y solo en las cosas blancas se ha de tocar el claro de la luz con blanco puro, el cual ha de demostrar la primitiva belleza de aquel color en donde se coloca.