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LIBRO VI : 357

se ponga en los Libros de cavildo De las dichas ciudades y desta Y el original entre Las cedulas Y proviciones Del govierno y de su cumplimiento se embie testimonio al Real “consejo, de las yndias como su magestad Lo manda y lo fir- mo — don Pedro de Baigorri — ante mi Estevan Agreda de Vergara escrivano mayor de governazion.

En la dha ciudad de la trinidad en el dicho dia veinte Y dos de Julio de mill y seiscientos y cinquenta Y quatro años por voz de Bartolome negro criollo que hizo officio de pregonero y a son de cajas de guerra fue publicada Las cedulas anteceden- tes segun Y como en ellas se Contienen en la plaza publi- ca desta ciudad en mucho concurso de jente Y en las demas partes acostumbradas de que doy fee siendo testigos Don Ju” de Bracamonte Y Pedro de Ochoa y Francisco Marin Flores y otras muchas personas — Estevan Agreda de Ver- gara escrivano mayor de governacion. — balga lo enmendado —jurisdicional — de Effe — Y entre Renglones — Por vien — (Hay una rubrica).

Concuerda este traslado con la Real cedula ori- ginal Y demas autos que estan siguientes a Ella que para este Efeto exivio ante mi El capitan Estevan Agre- da de Vergara scrivano mayor de governagion y bol- bio a llevar a su Poder Todo por mandado del Señor Go- vernador Y capitan general Desta Provincia que es ffecho en esta ciudad Y Puerto. de Buenos ayres en dos dias del mes de Agosto De mill Y seiscientos Y cinquenta Y quatro años Y Signo e ffirmo.

En testimonio de verdad (Hay un signo). — Gomez de Gayosso. — Scrivano de su magestad publico y Cavildo. Recivi la cedula original. — Estevan Agreda de Vergara.

—Scrivano mayor de governacion.

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