Página:Resolución 1921 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (2010).pdf/2

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido corregida

S/RES/1921 (2010)


entre los partidos políticos, y reconociendo la capacidad de la UNMIN de prestar asistencia a las partes en esa labor, cuando así se solicite, con el fin de alcanzar una solución duradera,

Acogiendo con beneplácito el informe del Secretario General sobre la UNMIN de fecha 28 de abril de 2010 (S/2010/214),

Recordando que han concluido dos de las fases del proceso de verificación, acogiendo con beneplácito que se siga prestando asistencia para vigilar la gestión de las armas y el personal armado de ambas partes de conformidad con la resolución 1740 (2007) y en consonancia con las disposiciones del Acuerdo General de Paz, haciendo notar la importancia de que se logre una solución duradera a largo plazo para contribuir a crear unas condiciones que permitan concluir las actividades de la UNMIN, y haciendo notar también, a este respecto, la necesidad de resolver sin más demora las cuestiones pendientes,

Acogiendo con beneplácito la ultimación del proceso de licenciamiento de los miembros del ejército maoísta declarados no aptos conforme a lo dispuesto en el plan de acción de 16 de diciembre de 2009 para el licenciamiento y la rehabilitación de los miembros del ejército maoísta declarados no aptos por ser menores, acordado por el Gobierno de Nepal, el Partido Comunista Unificado de Nepal (Maoísta) y las Naciones Unidas, y exhortando a todas las partes a que sigan aplicando ese plan de acción, incluidas las actividades adecuadas de vigilancia y presentación de información, de conformidad con las resoluciones 1612 (2005) y 1882 (2009),

Recordando que, una vez celebradas con éxito las elecciones a la Asamblea Constituyente, ya se han cumplido algunos de los elementos del mandato de la UNMIN, enunciado en la resolución 1740 (2007),

Tomando nota de la carta remitida por el Gobierno de Nepal al Secretario General el 5 de mayo de 2010 (S/2010/229), en que se reconoce la contribución de la UNMIN y se solicita que se prorrogue su mandato hasta el 15 de septiembre de 2010,

Reconociendo que en el proceso de paz debe prestarse especial atención a las necesidades y al papel de las mujeres, los niños y los grupos tradicionalmente marginados, como se señala en el Acuerdo General de Paz y en la resolución 1325 (2000),

Reconociendo la necesidad de combatir la impunidad y promover y proteger los derechos humanos, así como de fortalecer la capacidad de las instituciones nacionales independientes de derechos humanos, de conformidad con los principios internacionales,

Reconociendo que la sociedad civil puede desempeñar un papel importante en la transición democrática y la prevención de los conflictos,

Expresando aprecio por la contribución de la Representante Especial del Secretario General y la labor de su equipo en la UNMIN, así como la del equipo de las Naciones Unidas en el país, incluida la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que vigila la situación de los derechos humanos a solicitud del Gobierno de Nepal, y destacando la necesidad de que exista coordinación y complementariedad entre las actividades de la UNMIN y las de todos los agentes de las Naciones Unidas en la zona de la Misión, particularmente para asegurar la continuidad al acercarse el fin del mandato,