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S/RES/1921 (2010)
 


1.Decide, en consonancia con la solicitud formulada por el Gobierno de Nepal y las recomendaciones del Secretario General, prorrogar el mandato de la UNMIN, establecido en la resolución 1740 (2007), hasta el 15 de septiembre de 2010, teniendo en cuenta la conclusión de algunos elementos del mandato y la labor de vigilancia de la gestión de las armas y el personal armado que se está realizando con arreglo al Acuerdo de 25 de junio de 2008 entre los partidos políticos, que contribuirá a la culminación del proceso de paz;

2.Exhorta a todas las partes a que aprovechen plenamente los conocimientos especializados de la UNMIN y su disposición a prestar apoyo al proceso de paz, con arreglo a su mandato, para facilitar la conclusión de los aspectos pendientes de ese mandato a más tardar el 15 de septiembre de 2010;

3.Subraya que los arreglos actuales se concibieron como medidas provisionales y no como soluciones a largo plazo y decide que, en colaboración con las partes, la UNMIN deberá empezar de inmediato a adoptar las disposiciones necesarias para su retirada, incluido el traspaso de cualesquiera responsabilidades residuales en materia de vigilancia antes del 15 de septiembre de 2010;

4.Exhorta al Gobierno de Nepal y al Partido Comunista Unificado de Nepal (Maoísta) a que concierten y apliquen un plan de acción con plazos y parámetros de referencia claros para la integración y rehabilitación del personal del ejército maoísta, con el apoyo del Comité Especial para la supervisión, integración y rehabilitación del personal del ejército maoísta y de su Comité Técnico;

5.Exhorta a todos los partidos políticos de Nepal a que agilicen el proceso de paz y a que colaboren con espíritu de cooperación, consenso y avenencia para proseguir la transición hacia una solución duradera a largo plazo que permita al país inaugurar un futuro pacífico, democrático y más próspero;

6.Solicita a las partes nepalesas que tomen las medidas necesarias para promover la seguridad y la libertad de circulación del personal de la UNMIN y el personal asociado en la ejecución de las tareas definidas en el mandato;

7.Solicita al Secretario General que lo informe, a más tardar el 1 de septiembre de 2010, sobre la aplicación de la presente resolución;

8.Decide seguir ocupándose de la cuestión.