Decreto Ley N.º 27 de 1973, disuelve el congreso nacional

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Decreto Ley Nº 27.- Santiago, 21 de Septiembre de 1973.-

Vistos:

a) Lo dispuesto en el Decreto ley Nº 1, de fecha 11 de Septiembre de 1973;

b) La necesidad de contar con la mayor expedición en el cumplimiento de los postulados que la Junta de Gobierno se ha propuesto, y

c) La imposibilidad, en consecuencia, de someterse por ahora en los requerimientos legislativos al procedimiento ordinario para la dictación de la leyes y evitar dañar el propósito de poner en marcha el restablecimiento de la institucionalidad con la mayor urgencia, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo 1º.- Disuélvese el Congreso Nacional, cesando en sus funciones los parlamentarios en actual ejercicio, a contar desde esta fecha.

Artículo 2º.- Los empleados administrativos del Congreso Nacional continuarán en sus cargos, pudiendo ser designados en comisión de servicio a las reparticiones del Estado que se designen.

Artículo 3º.- La organización administrativa del Congreso Nacional quedará bajo la autoridad del Secretario del Senado.

Los bienes muebles e inmuebles del Congreso Nacional y demás bienes destinados a su funcionamiento podrán ser requeridos por el Gobierno para el servicio de otros órganos y Servicios del Estado.


Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros, Investigaciones y en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- OSCAR BONILLA BRADANOVIC, General de División, Ministro del Interior.

Lo que se transcribe para su conocimiento.- Enrique Montero M. Cdte. Esc. (J), Subsecretario del Interior.



Nota: Este decreto ley se publicó en el Diario Oficial el dia 24 de septiembre de 1973.