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de las Indias.

especialmente si con sancta aficion y puro ánimo y sincero la pedís á aquel de quien ha de emanar, pero para un poquillo de aquello, como la pobrecilla mujer evangélica, ofrecemos á vuestras señorías duo era minuta, á que nuestro flaco ingenio se pudo extender, rescíbanlo vuestras señorías con aquel celo que se les ofrece, que si no fuere tal como conviene no se puede en ello perder más del tiempo que se gastó en componello y del que vuestras señorías gastarán en oillo, y ganarán vuestras señorías mucho ante Dios por querer parecer de personas que lo podrian mejor tomar de vuestras señorías, y nos ganaremos mérito del celo con que lo ofrecemos á Dios y á vuestras señorías. Lo primero, muy magníficos señores, que debe hacerse en el reparo de los daños es quitar la causa dellos, porque, ésta quitada, no habrá impedimento á los provechos; las causas de todos los males y muerte destos indios han sido tres, las continuas digo, que de las accidentales no se hace mencion; la primera, es trabajo excesivo; la segunda, penuria de provision y mantenimiento; la tercera, descontentamiento en los trabajos y desesperacion de nunca salir dellos; y quien bien quisiere mirar en ellas no sólo verá que son bastantes para matar flacos indios, pero recios gigantes. Y que en ellos se hayan ejercitado estas tres cosas en gran abundancia, más que sus fuerzas podian sufrir, es muy manifiesto; resta, pues, ponellas remedio conveniente, el cual, á lo que se nos ofrece ser necesario, se dará primeramente y con justicia, sacándolos de la encomienda opresiva y dura servidumbre en que están, pues tanta iniquidad y daños contiene, y ponellos en libertad desta manera: Que en aquellas islas, Cuba y Española y las otras, de la gente que en ellas hay, se hagan pueblos de hasta 200 vecinos, ó segun la disposicion y calidad de la tierra en que se fundaren, y que á aquellos se ponga un Gobernador, buena persona y política, y que sepa industrialles en agricultura y en plantar viñas y huertas, azúcares y otras cosas útiles, y que ésta persona tal esté salariada por el Rey, nuestro señor, de salario competente tasado, el cual se tome de los fructos y provechos