Sentencia de la Junta de Gobierno Contra Tomás de Figueroa (1 de abril de 1811)
Vistos estos autos criminales seguidos contra Don Tomás Figueroa, por los gravísimos delitos de insurrección contra el actual Gobierno, de haber conspirado con las tropas de Concepción y otros soldados de los cuerpos de esta capital, y haber hecho fuego a otros que se hallaban guardando la plaza Mayor de esta ciudad por orden de esta Junta, dijeron los señores que la componen que debían declararle por traidor a su patria y al Gobierno; y en su virtud le condenaban a la pena ordinaria de muerte, pasándole por las armas dentro de la misma prisión en que se halla, para evitar alguna conmoción particular en las actuales circunstancias; presentándose después el cadáver al público para el debido escarmiento y satisfacción de la causa común, dándosele antes cuatro horas de término para sus disposiciones cristianas y con el consuelo de que elija el religioso o sacerdote que sea de su satisfacción.
Hágasele saber a esta misma hora y ejecútesele sin embargo de recurso alguno, y con la calidad de sin embargo.
Fernando Márquez de la Plata. Dr. Juan Martínez de Rozas. - Ignacio de Carrera. - Francisco Javier de Reina. - Juan Enrique Rosales. - Francisco Antonio Pérez.- José Gregorio de Argomedo. - Secretario.