Sentencia de la Junta de Gobierno Contra Tomás de Figueroa (1 de abril de 1811)

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Vistos estos autos criminales seguidos contra Don Tomás Figueroa, por los gravísimos delitos de insurrección contra el actual Gobierno, de haber conspirado con las tropas de Concepción y otros soldados de los cuerpos de esta capital, y haber hecho fuego a otros que se hallaban guardando la plaza Mayor de esta ciudad por orden de esta Junta, dijeron los señores que la componen que debían declararle por traidor a su patria y al Gobierno; y en su virtud le condenaban a la pena ordinaria de muerte, pasándole por las armas dentro de la misma prisión en que se halla, para evitar alguna conmoción particular en las actuales circunstancias; presentándose después el cadáver al público para el debido escarmiento y satisfacción de la causa común, dándosele antes cuatro horas de término para sus disposiciones cristianas y con el consuelo de que elija el religioso o sacerdote que sea de su satisfacción.

Hágasele saber a esta misma hora y ejecútesele sin embargo de recurso alguno, y con la calidad de sin embargo.

Fernando Márquez de la Plata. Dr. Juan Martínez de Rozas. - Ignacio de Carrera. - Francisco Javier de Reina. - Juan Enrique Rosales. - Francisco Antonio Pérez.- José Gregorio de Argomedo. - Secretario.