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Acta del Cabildo de Santiago (10 de diciembre de 1810, segunda sesión)

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segunda sesión de 10 de diciembre de 1810 Acuerdo pidiendo a la Junta que los comandantes de las tropas que van a levantarse sean naturales de esta capital.

En la ciudad de Santiago de Chile, en diez de diciembre de mil ochocientos diez, estando los señores de este Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento en acuerdo ordinario, dijeron: que siéndoles constante la voluntad general de todo este pueblo de que el mando de las tropas que van a formarse recaiga en individuos naturales de esta capital y en quienes concurran todas las circunstancias que les hagan acreedores a la confianza pública, la que no podrá haber si los oficiales y comandantes que se nombren son oriundos de otros lugares del reino y con relaciones de parentesco que vencen [sic] con los que en ellos tengan también el mando militar, porque sería expuesto a una combinación que resultase en opresión de los pueblos, de que presentan las historias los más funestos ejemplares, cuya sola idea ha obligado a las naciones a tener siempre distribuidas las fuerzas entre jefes que no estén unidos con estos vínculos, sin que se separen jamás de este orden político al pretexto del honor y patrióticos sentimientos que hayan acreditado los que tienen esta unión, porque no puede haber seguridad de que igual conducta sea permanente, antes al contrario, se ha visto que hombres de este carácter, al considerarse autorizados y con fuerza para ejecutar cualquier ambicioso proyecto, han abusado del poder, convirtiéndolo contra las potestades mismas a quienes han debido su elevación, lo que es más de recelar en un Gobierno naciente y meramente provisorio como el que rige: por todo lo que y estimando el Cabildo como un deber suyo elevar a la superior consideración de la Excelentísima Junta todo aquello que pueda influir en descontento del pueblo, notándose ya éste por sólo el anticipado rumor que se ha difundido de que el nombramiento de comandantes puede recaer en individuos de la ciudad de Concepción relacionados con el jefe militar que gobierna aquella plaza: acordaron se pasase oficio a la Excelentísima Junta con testimonio de esta [sic] acta, suplicándole se sirva tener presente las razones expuestas, para en su consecuencia conferir el mando de las tropas a oficiales de la clase y circunstancias que quedan expresadas, con el seguro de que será de la mayor satisfacción para este Cabildo y todo el pueblo: así lo acordaron y firmaron.