Acta del Cabildo de Santiago (20 de julio de 1813)

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Sesión de 20 de julio de 1813

Protector de escuelas.- Toma de razón en la Municipalidad de las cartas de ciudadanía.- Prefecto e inspectores de cuartel.- Supresión del empleo de cirujano de ciudad y servicio gratuito a turno.- Sobre internación de un molino en tierra pública.- Informe sobre la petición de carta de ciudadanía de don Domingo Díaz Muñoz.- Informe sobre carta de ciudadanía de don José A. Mancheño, que debe ser en sentido favorable e inverso al anterior.- Informe sobre carta suspendida para don Diego Cos.- Informe recomendando la carta de ciudadanía a don Roque Huicí.

En este día, habiéndose congregado en su sala capitular los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento en acuerdo ordinario, por hallarse la Secretaría de su despacho sumamente recargada de los asuntos peculiares al Cuerpo, retardados y sin expedición, para llenar diariamente la confianza de la comisión reencargada por el Excelentísimo Gobierno a que son referentes las precedentes sesiones, ordenaron se diese principio al acuerdo; y habiéndose instruido de un oficio de la Superioridad de 10 del presente mes con que le dirigió los ejemplares del Reglamento de Escuelas para que se repartieran a los niños de primeras letras que existieran en la capital, dejando archivados dos en su Secretaría, y se le diese parte del cabildante decano encargado de esta protección: dijo el Ayuntamiento que ninguno sería más a propósito para esta comisión importante que el Regidor don Tomás Vicuña, por el conocimiento que en esta materia tiene ya adquirido, y que, así, le nombraba de protector de dichas escuelas a quien se entregasen los ejemplares de su reglamento, según lo ordenaba el Excelentísimo Gobierno, y se le diese cuenta de este nombramiento y elección por el correspondiente oficio.

Y habiendo en seguida tratado sobre la toma de razón de las cartas de ciudadanía y el modo como debía hacerse, acordó se estampase o transcribiese el tenor de la primera expedida, y [en] las restantes se expresase a su continuación sólo la constancia de dicha carta y el individuo a quien correspondiese, en el caso de ser uniformes, pero en el de ser diferentes, se glosase la mayor distinción o calidad que comprendiese.

Sucesivamente se instruyó de otro oficios que pasó al Cuerpo el Excelentísimo Gobierno con fecha de 12 del mismo mes, previniendo que en decreto del 10 había nombrado la Junta, a virtud de propuesta del prefecto don Francisco Javier Errázuriz, para inspectores de su cuartel a don José Antonio Mesía, don Ramón Pasos, y a don Manuel Gandarillas de suplente en lugar de don Santiago, su padre; y el Ayuntamiento ordenó se les citase, pasándoseles el correspondiente billete de aviso para que concurriesen el día viernes siguiente para darles la posesión de sus empleos, precediendo los requisitos de estilo; y así se ejecutó.

Después se enteró de otro oficio de la misma Superioridad, de 15 del mismo mes, en que le transcribía al Ayuntamiento el decreto que con la misma fecha había expedido, y es del tenor siguiente: “Obligado el Gobierno, y sobre todo en las presentes circunstancias, a suprimir las dotaciones de cuantos destinos, o no sean necesarios, o puedan desempeñarse sin gravamen de los fondos públicos; decreta que desde hoy quede extinguida la plaza de cirujano de ciudad que servía don Bartolomé Coronilla, quedando todos los cirujanos existentes en la capital con la obligación de servir por turno de dos en dos meses dicha plaza, empezando desde la fecha por el más antiguo. Transcríbase este auto al Ilustre Cabildo para que haciéndolo saber a los alcaldes lo tengan éstos entendido para los casos que ocurran, y al Proto-médico para que lo notifique a todos los profesores comprendidos en este auto, y pase al Cabildo una razón de ellos dispuesta por el orden de su antigüedad”. Y en su consecuencia mandó se archivase, habiendo pedido antes el señor Alcalde don Jorge Godoy se le pasase una lista de los cirujanos, con expresión del tiempo en que cada uno debía turnar, para fijarla en las puertas de su juzgado, para inteligencia de ellos, y prontamente se le dio.

A continuación se leyó una representación del Procurador General, denunciando la internación que don Benito Coros había hecho con el edificio del molino que compró al convento de San Agustín, en tierras correspondientes a la ciudad, pidiendo al mismo tiempo que don Luis de Santa María, como Director de obras públicas, practicase el debido reconocimiento y diese cuenta al Cuerpo para que expidiese las providencias que conviniesen. Y [sic] instruido el Ayuntamiento de esta solicitud, proveyó a su petición: "Como se pide”.

Asimismo hizo se le diese cuenta de las cartas de ciudadanía que se hallaban en informe al Ayuntamiento y su Procurador General, y habiéndose visto la que pretende don Domingo Díaz Muñoz, después de haber discutido sobre las circunstancias de este individuo y los términos tan irregulares con que glosa su petición, dijo y acordó que el informe que debía producirse, debía reducirlo su Procurador General a reproducir el que tenía dado el señor Regidor don Antonio de Hermida, como prefecto de policía.

Y habiendo igualmente visto otra petición de don José Antonio Mancheño entablada ante el Superior Gobierno sobre conseguir la misma gracia, a cuyo fin se pidió informe al Procurador General con anuencia del Ayuntamiento, precedido el del Prefecto de Policía respectivo a su jurisdicción, resolvieron los señores se evacuase en los propios términos que el anterior, por parecer que este individuo merecía ser acreedor a la carta de ciudadanía, por la adhesión y ninguna contrariedad que se le había notado a nuestro sistema, y no como don Domingo Díaz Muñoz, en quien se ha visto desde el primer paso de su instalación las acciones y operaciones más públicas de su adversidad.

Leyóse asimismo otra petición del europeo comerciante don Diego Cos sobre la misma solicitud, e instruido el Ayuntamiento de sus antecedentes para expedir el informe que debía darse, discutiendo sobre esta materia y sobre las circunstancias y operaciones de este sujeto, que exigían otro discernimiento y meditación, acordó y mandó se suspendiese la resolución hasta otro acuerdo.

Y, finalmente, habiendo visto la representación de don Roque Huicí pretendiendo se le otorgue la carta de ciudadanía por el Superior Gobierno, a cuyo efecto debía expedírsele el informe que previene el reglamento, consideró el Ayuntamiento el mérito de este gran vecino, su virtud y relevantes circunstancias, que lo hacían acreedor a esta gracia, no en los términos comunes que se les ha dado y concedido a otros, sino en términos que se le haga el mayor honor y distinción por su patriotismo el más decidido y por el interés que ha manifestado desde el primer paso de nuestra revolución a sostener el sistema de nuestra libertad, principalmente en la defensa de la patria que los enemigos de Lima han pretendido invadirla por Concepción, ayudando a su auxilio con soldados y donativos de dinero; y con esta consideración acordó el Ayuntamiento que el informe de su Procurador General se redujese a manifestar a la Excelentísima Junta el mérito de este vecino con las expresiones más eficaces y pedir se le otorgase la carta sublime de ciudadanía.