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Acta del Cabildo de Santiago (21 de mayo de 1813)

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Sesión de 21 de mayo de 1813

Citación a los inspectores de policía nombrados.- Cobranza de don José Miguel Munita, preceptor de latinidad.- Auxilio a los ministros de la Corte de Apelaciones.- Expediente del subastador de la dehesa.

En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte y uno de mayo de mil ochocientos trece, estando los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento juntos en su sala capitular, como lo tienen de costumbre, y considerando que estando ya propuestos y confirmados por la Excelentísima Junta los sujetos que debían obtener los empleos de inspectores de policía de los suburbios, debía citárseles para su recepción, acordaron se les circulase carta oficio de convite para que en el siguiente Cabildo concurriesen a tomar posesión de dichos empleos; lo que se ejecutó en el mismo día.

En seguida se leyó una representación del preceptor de latinidad don José Miguel Munita, en que el Excelentísimo Gobierno pedía informe al Ayuntamiento sobre la pretensión que hacía de que se le mandasen pagar los sueldos que hasta entonces se les debían, con respecto a que el Cabildo de los propios de ciudad tenía asignada al Colegio Carolino la cantidad de que debía hacerse esta erogación; y acordaron que para evacuar el informe pedido se oyese primero al Procurador General.

En continuación de sus resoluciones, se vio un oficio del Excelentísimo Gobierno en que transcribía la providencia que había decretado sobre la representación del Tribunal de Apelaciones para que se les auxiliase a cada uno con un alguacil para custodiar sus personas y para el mejor desempeño en la administración de justicia, que es del tenor siguiente: “El Ilustre Cabildo pasará un ministro para que sirva al juez que en el Tribunal de Apelaciones lo sea de provincia”. Y el Ayuntamiento en su cumplimiento acordó así se ejecutase y se archivase dicho oficio.

Y, últimamente, se vio una representación del subastador de la dehesa en el expediente que agita contra el Regidor don Antonio Hermida sobre la falta de cumplimiento a la contrata del arrendamiento, a la que proveyó lo siguiente: “No habiendo cumplido el Regidor don Antonio Hermida con el decreto de 26 de marzo, hágasele saber lo verifique dentro de tercero día, con apercibimiento de lanzamiento a su costa”. Con lo que, no habiendo habido otra cosa que acordar y tratar, se concluyó el acuerdo, firmándolo en su sala capitular, a 21 de mayo de 1813. Jorge Godoy.- José Antonio de Rojas.- José María de Rozas.- Miguel de Ovalle.- Isidoro de Errázuriz.- Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.