Actas del Cabildo de Guayaquil (12 de Abril de 1771)

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DECRETO PARA EL EMPEDRADO DE LAS CALLES Y ARBITRIOS PARA SU REALIZACION.--SE TRATA SOBRE LA AUDACIA DE MANUEL RUIZ DE ORTUÑO AL HABER SOLICITADO EL NOMBRAMIENTO DE TENIENTE DE DAULE.--

En la ciudad de Santiago de Guayaquil, en doce días del mes de Abril de mil setecientos setenta y un años, los señores de este Ilustre Cabildo Justicia y Regimiento, a saber: don Francisco Antonio Fernández, Capitán Comandante, Gobernador y Teniente de Capitán General; doctor don Damián de Arteta y Nicolás Cornejo, Alcaldes Ordinarios; don José Gorostiza, Alguacil Mayor; don Francisco Baquerizo; Alcalde Mayor Provincial; don Baltazar de Avilés, Depositario General; don Marcos de Avellán, Regidor; don Ignacio Noboa, Procurador General y el Doctor don José Lisson, Abogado de la Real Audiencia de Quito y su Asesor, con los cuales señores estando juntos y congregados en la sala de su Ayuntamiento, hicieron el del tenor siguiente:

En este Cabildo el señor Gobernador manifestó un decreto que había expedido en el Gobierno, a pedimento del señor Procurador General, sobre que se empedrasen las calles, no solamente para su total limpieza y hermosura sino para precaver enteramente las enfermedades que causaban las aguas empozadas, cuyo decreto se admitió por este Ayuntamiento con el beneplácito respectivo. Y entre los arbitrios que se solicitaron para que tuviese su debido efecto, fue que los presos que merecieron pena por su delito, se les condenase, según ellos, a que bajasen piedra del cerro. Que los Propios de ciudad costeasen las balsas para el acarreto de las piedras,. Que el señor Procurador General pasase, en nombre de este Ayuntamiento, al Diputado de Comercio de esta dicha ciudad, para que congregue al gremio de mercaderes, para que éstos, según fuere de su voluntad, contribuyan con lo que les pareciere, para con su producto costear las embarcaciones de los ríos destinadas a la saca de piedra. Y en igual forma que los vecinos cuya calle se empedrare han de ser obligados a mantener los presos por el tiempo que durare la empedradura de la calle. Y igualmente con el pago de dos peones que serán ajustados por los mesmos vecinos.

En este Cabildo se trajo a la vista la acta celebrada el día quince del mes próximo pasado de Febrero de este año, en la cual, habiéndose obedecido con el debido acatamiento el superior despacho de nombramiento de Teniente del pueblo de Daule, hecho en la persona de Manuel Ruiz de Ortuño, en cuanto a su cumplimiento, se mandó suspender entre tanto presenciaban este Cabildo los señores don Nicolás Cornejo, Alcalde Ordinario; don Francisco Baquerizo, Alcalde Provincial, y don Marcos de Avellán, Regidor.

Los cuales señores hallándose presentes y en consorcio de todos los demás que componen este Ayuntamiento, dijeron: que enteramente se aparte y suspenda el cumplimiento del citado superior despacho, en atención al vicio de obrepción y subrepción conque se ganó, expresando al Excelentísimo señor Virrey de este Reino, ser uno de los vecinos de más distinguida nobleza, siendo así que es de bajo nacimiento y de un ejercicio mecánico, como fue el de corchete; hijo de padres pulperos y parteras; habidos, conocidos y tenidos por gente plebe; y para que se le de cuenta a dicho señor Excelentísimo del atrevimiento y arrojo conque fue a enseñarle después de ser hijo de un escudero y pulpero, se previene al señor Procurador General para que se presente ante el señor Gobernador sobre el nacimiento y vida del expresado Manuel Ruiz Ortuño, y fecha la información con el informe respectivo désele cuenta al señor Excelentísimo Virrey, para que provea lo que fuere del superior agrado, teniendo presente el arrojo cometido por el expresado Manuel Ortuño, de haberse presentado en este Ayuntamiento sin haber satisfecho el real derecho de Media Annata, ni manifestar los fiadores de la fianza que debe ofrecer de antemano; y en igual forma el desacato de haber arrebatádose los papeles de manos del presentes Escribano, que asegura le quitó el escrito y decreto, por cuyo defecto no se ha proveído lo debido a causa de la fuga conque salió de esta ciudad, llevándose el citado escrito.

Con lo cual, se acabó este Cabildo y lo firmaron, de que doy fee.

(f) Francisco Antonio Fernández.

(f) Doctor Damián Arteta.

(f) Don Nicolás Gómez Cornejo.

(f) José Gorostiza.

(f) Francisco Baquerizo.

(f) Baltazar de Avilés.

(f) Ignacio Noboa y Unzueta.

(f) Don Marcos de Avellán Navarro Navarrete.

(f) José Lisson.

Ante mí,

(f) Gregorio Ponce de León, Escribano Público.

Bibliografía[editar]

  • Pino Roca, Gabriel. Actas del Cabildo Colonial de Guayaquil Tomo XIX: 1770 a 1774. Páginas: 70 a 72.