Acuerdo marco para la reanudación del proceso de negociación

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Acuerdo marco para la reanudación del proceso de negociación entre

el Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional

Guatemalteca


México, D.F., 10 de enero de 1994

Las delegaciones del Gobierno de Guatemala y de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca, habiéndose reunido en la ciudad de México del 6 al 9 de enero de 1994 bajo los auspicios del Secretario General de las Naciones Unidas y como huéspedes del Gobierno de México, llegaron al siguiente acuerdo sobre el marco para la reanudación del proceso de negociación para alcanzar un acuerdo de paz firme y duradero:


I. Temario de la negociación[editar]

Las partes negociarán sobre el conjunto de los puntos del temario general del Acuerdo de México. En cada punto, las partes decidirán conjuntamente el alcance de sus compromisos, los cuales estarán todos sujetos a verificación. El Gobierno y la URNG se comprometieron a estar debidamente representados durante las negociaciones por delegados de alto nivel a fin de asumir acuerdos políticos acordes al marco constitucional, sin limitar su facultad de llegar a acuerdos sobre reformas institucionales y constitucionales.

II. Moderación de las negociaciones bilaterales[editar]

Las partes acordaron solicitar al Secretario General de las Naciones Unidas que designe un Representante para que asuma la función de Moderador de las negociaciones bilaterales entre el Gobierno y la URNG. Las partes acuerdan que el Moderador pueda proponer todas las iniciativas encaminadas a agilizar la firma de un acuerdo de paz firme y duradero.

III. Sociedad civil[editar]

Ambas partes reconocen el aporte de los sectores que, como resultado del Acuerdo de Oslo, participaron en las reuniones de El Escorial, Ottawa, Quito, Metepec y Atlixco con la URNG. Dichas reuniones dieron impulso al proceso de negociación en Guatemala. Su participación y aportes contribuyeron a hacer posible el inicio de la negociaciones directas entre el Gobierno y la Comandancia de la URNG. Las partes coinciden en que la sociedad guatemalteca continúe teniendo un papel esencial en la consecución de la paz y en el proceso de reconciliación. Sin perjuicio de otros mecanismos y foros, temporales o permanentes, encaminados a favorecer la reconciliación nacional, las partes acordaron promover la creación de una Asamblea, abierta a la participación de todos los sectores no gubernamentales de la sociedad guatemalteca, siempre y cuando acrediten su legitimidad, representatividad y legalidad. Esta Asamblea funcionará durante el período de la negociación y tendrá las siguientes funciones.

i) Discutir la temática sustantiva de la negociación bilateral, es decir, los puntos del ii) al vii) del Temario General del Acuerdo de México, con miras a formular posiciones de consenso.

ii) Transmitir al Moderador de las Naciones Unidas, al Gobierno de Guatemala y a la URNG, recomendaciones u orientaciones formuladas como resultado de sus deliberaciones. Dichas recomendaciones u orientaciones no serán vinculantes y estarán encaminadas a facilitar el entendimiento entre las partes. La Asamblea discutirá la temática sustantiva de acuerdo a un calendario ajustado a los plazos establecidos de las negociaciones bilaterales y no podrá retrasar el desarrollo del proceso de negociación bilateral.

iii) Conocer los acuerdos bilaterales sobre la temática sustantiva concluidos por las partes y avalar estos acuerdos para darles el carácter de compromisos nacionales, lo que facilitaría su implementación. Sin embargo, si por alguna razón u otra no se avala un acuerdo bilateral, este acuerdo mantendrá su vigencia.

Las partes acordaron solicitar a la Conferencia Episcopal de Guatemala que nombre el Presidente de la Asamblea, tomando en consideración para dicho cargo al conciliador, Monseñor Quezada Toruño. El Presidente de la Asamblea contará con la asistenica de un comité organizador. El comité organizador estará integrado por representantes de cada uno de los sectores que participaron en el proceso de Oslo, más representantes de los sectores mayas.

El Presidente de la Asamblea tendrá las siguientes funciones:

i) Convocar a la asamblea;

ii) Organizar sus deliberaciones con la asistencia del Comité Organizador;

iii) Promover la formulación de recomendaciones de consenso sobre los puntos de la temática sustantiva;

iv) Transmitir al Moderador de las Naciones Unidas y a las partes las recomendaciones u orientaciones que resulten de las deliberaciones de la Asamblea y participar en sesiones especiales de la mesa bilateral convocadas con este fin de común acuerdo por las Partes;

v) Recibir del Moderador de las Naciones Unidas los acuerdos bilaterales sobre temas sustantivos firmados por las partes, darlos a conocer a la Asamblea y promover su aval por la misma.

IV. Papel de los países amigos[editar]

Las partes solicitan a los Gobiernos de Colombia, España, Estados Unidos, México, Noruega y Venezuela que integren un grupo de amigos del proceso de paz guatemalteco. Los países amigos, debidamente informados sobre el avance y contenido de las negociaciones entre las partes, tendrán las siguientes funciones:

i) Apoyar con sus gestiones al Representante del Secretario General de las Naciones Unidas para agilizar el proceso de negociación.

ii) Dar mayor seguridad y firmeza a los compromisos adquiridos por las partes en su calidad de testigos de honor de los acuerdos a los que se llegue dentro del proceso de negociaciones, cuando las partes lo soliciten.

V. Procedimientos[editar]

i) Divulgación: Las partes convienen que las negociaciones bilaterales se desarrollen dentro de la más estricta reserva para asegurar que las mismas se lleven a cabo en un ambiente de confianza y de seriedad. Acuerdan que la única información pública sobre su desarrollo será aquella que proporcione el Representante del Secretario General de las Naciones Unidas. A efecto de la coordinación con las labores de la Asamblea, el Moderador y el Presidente de la Asamblea establecerán arreglos adecuados para permitir intercambios de información que no vulneren la reserva necesaria para los trabajos de la mesa bilateral.

ii) Marco temporal: Las partes manifiestan su compromiso de llegar a un acuerdo de paz firme y duradero en el plazo más breve posible en el transcurso del año 1994. En este contexto se comprometen a dar pruebas de la flexibilidad necesaria para una negociación exitosa del temario general.

iii) En el marco de sus esfuerzos para agilizar el proceso de negociación, las partes reconocieron la conveniencia de recurrir a todas las medidas que favorezcan las aproximaciones y acuerdos entre ellas, y se declaran dispuestas a responder a las solicitudes que presente el Moderador al respecto.

VI. Mecanismos de verificación[editar]

La verificación es un elemento fundamental para garantizar que se cumplan y respeten los acuerdos. En consecuencia, las partes reiteran que todos lo acuerdos deben ir acompañados de mecanismos de verificación apropiados, nacionales e internacionales. La experiencia y la autoridad de las Naciones Unidas confieren a la verificación internacional por dicha organización un alto grado de fiabilidad. Ambas partes convienen en solicitar a las Naciones Unidas la verificación por este organismo del conjunto de los acuerdos tanto en aspectos sustantivos como operativos.


México, D.F., a 10 de enero de 1994.


POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA:

HÉCTOR ROSADA GRANADOS
General
MARCO ANTONIO GONZÁLEZ T.
MARIO PERMUTH LITSWA
General
VÍCTOR MANUEL ARGUETA V.
MAX KESTLER FARNES
Coronel
VÍCTOR MANUEL VENTURA A.
ANTONIO ARENALES FORNO
ERNESTO VITERI ECHEVERRIA


POR LA UNIDAD REVOLUCIONARIA NACIONAL GUATEMALTECA:
Comandancia general:
Comandante
GASPAR ILOM
Comandante
PABLO MONSANTO
Comandante
ROLANDO MORÁN

COMISIÓN POLÍTICO DIPLOMÁTICA:
LUIS BECKER GUZMÁN
MIGUEL ANGEL SANDOVAL
MARIO VINICIO CASTAÑEDA
Asesor


POR LAS NACIONES UNIDAS:
JEAN ARNAULT

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