Concordato de 1954

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El 16 de junio de 1954 llega Trujillo a la Ciudad del Vaticano donde firma el concordato, El Sumo Pontífice Pío XII, a través de monseñor Domenico Tardini, acordó con el entonces presidente de la República Dominicana, generalísimo Rafael Leonidas Trujillo, la firma del Concordato, mediante el cual se acordó:

Artículo I

  1. La Religión Católica, Apostólica, Romana sigue siendo la de la Nación Dominicana y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico.

Artículo II

  1. El Estado Dominicano reconoce la personalidad jurídica internacional de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano.
  2. Para mantener, en la forma tradicional, las relaciones amistosas entre la Santa Sede y el Estado Dominicano, continuarán acreditados un Embajador de la República Dominicana cerca de la Santa Sede y un Nuncio Apostólico en Ciudad Trujillo. Este será el decano del Cuerpo Diplomático, en los términos del derecho consuetudinario.

Artículo III

  1. El Estado Dominicano reconoce a la Iglesia Católica el carácter de sociedad perfecta y le garantiza el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual y de su jurisdicción, así como el libre y publico ejercicio del culto.
  2. En particular, la Santa Sede podrá sin impedimento promulgar y publicar en la República Dominicana cualquier disposición relativa al gobierno de la Iglesia y comunicarse con los prelados, el clero y los fieles del País, de la misma manera que estos podrán hacerlo con la Santa Sede.

Gozarán de las mismas facultades los Ordinarios y las otras Autoridades eclesiásticas en lo referente a su clero y fieles.

Nota: Reproducción de los tres primeros artículos de la Resolución No. 3874, del Congreso Nacional, que aprueba el Concordato y el Protocolo Final suscrito entre la República Dominicana y la Santa Sede. Referencias