Constitución de Ecuador de 1830/Artículos transitorios

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Constitución de Ecuador (1830)
Artículos transitorios

Artículos transitorios

Artículo 74.- Este Congreso Constituyente nombrará por esta sola vez, y con el objeto de establecer el sistema constitucional, todos los funcionarios públicos, cuyo nombramiento y aprobación corresponde a los Congresos ordinarios por la Constitución.

Artículo 75.- Como el Congreso general de la unión puede instalarse antes de que abra sus sesiones la próxima Legislatura; este Congreso Constituyente nombrará los Plenipotenciarios que deban concurrir en representación del Estado del Ecuador.



Dada en la sala de las sesiones del Congreso Constituyente en Riobamba, a 11 de septiembre de 1830.

El Presidente del Congreso, José Fernández Salvador. -
El Vicepresidente del Congreso, Nicolás Joaquín de Arteta. -
El Diputado por Cuenca, Ignacio Torres. -
El Diputado por Cuenca, José María Landa y Ramírez.-
El Diputado por Cuenca, José María Borrero. -
El Diputado por Cuenca, Mariano Veintimilla. -
El Diputado por Chimborazo, Juan Bernardo León. -
El Diputado por Chimborazo, Nicolás Báscones. -
El Diputado por Guayaquil, José Joaquín Olmedo. -
El Diputado por Guayaquil, León de Febres Cordero. -
El Diputado por Guayaquil, Vicente Ramón Roca. -
El Diputado por Guayaquil, Francisco Marcos. -
El Diputado por Loja, José María Lequerica. -
El Diputado por Loja, Miguel Ignacio Valdivieso. -
El Diputado por Manabí, Manuel Ribadeneyra. -
El Diputado por Manabí. Miguel García Moreno. -
El Diputado por Manabí, Cayetano Ramírez y Fita. -
El Diputado por Pichincha, Manuel Matheu. -
El Diputado por Pichincha, Manuel Espinoza. -
El Diputado por Pichincha, Antonio Ante. -
Pedro Manuel Quiñones, Secretario. -
Pedro José de Arteta, Secretario.

Palacio de Gobierno en Riobamba, a 23 de septiembre de 1830.-

-Cúmplase, publíquese y circúlese.

Dado, firmado de mi mano, sellado con el gran sello del Estado, y refrendado por el Ministro Secretario del Despacho.

Juan José Flores

El Ministro Secretario, Esteban Febres Cordero