Decreto de constitución de la Junta de Defensa Nacional
Artículo único. Se constituye una Junta de Defensa Nacional que asume todos los Poderes del Estado y representa legítimamente al País ante las Potencias extranjeras.
Esta Junta queda integrada por los Excmos. Sres. Generales de División D. Miguel Cabanellas Ferrer, como Presidente de ella, y D. Andrés Saliquet Zumeta; los de Brigada D. Miguel Ponte y Manso de Zúñiga, D. Emilio Mola Vidal y D. Fidel Dávila Arrondo, y los Coroneles del Cuerpo de Estado Mayor del Ejército D. Federico Montaner Canet y D. Fernando Moreno Calderón.
Los Decretos emanados de esta Junta se promulgarán, previo acuerdo de la misma, autorizados con la firma de su Presidente y serán publicados en este Boletin Oficial.
Dado en Burgos a veinticuatro de julio de mil novecientos treinta y seis.