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Decreto del 10 de enero de 1820

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DECRETO
NUEVAS ARMAS PARA LA REPÚBLICA.
República de Colombia

Francisco de Paula Santander, del Orden de Libertadores, condecorado con la cruz de Boyacá, General de División de los ejércitos de la República y Vicepresidente del Departamento de Cundinamarca, etc., etc., etc.

Considerando que al decoro y dignidad del Gobierno de la República conviene el uso de un sello que dé toda la autoridad necesaria a sus providencias y que los reglamentos de atribuciones del Poder Ejecutivo y judicial exigen el expresado uso, he venido, en virtud de la plenitud de autoridad de que estoy revestido, en decretar:

Artículo 1º—El sello de la República Nueva Granada se compondrá del cóndor en campo azul con una granada y una espada en las garras; por debajo un globo sobre el cual se elevan diez estrellas presididas de una llama; será coronado de guirnalda de laurel y orlado con la cinta y estrella de la Orden de Libertadores, y el siguiente mote: "Vixit et Vincet Amore Patriae".

Artículo 2º—De este sello usará el Poder Ejecutivo y Judicial en los casos señalados por la ley o reglamento.

Artículo 3º—Su uso será limitado al tiempo que durare el actual sistema provisional de gobierno.

Artículo 4º—La custodia del sello queda a cargo del Ministro del Interior.

Publíquese y comuníquese.

Dado en el Palacio de Gobierno de la Nueva Granada, firmado por mí y refrendado por el Ministro de lo Interior, en Santafé de Bogotá a 10 de enero de 1820.

Francisco de Paula Santander
Estanislao Vergara.