Diario Oficial de El Salvador/Tomo 12/Número 58
Sección Oficial
[editar]Poder Legislativo
[editar]considerando:
Que las contratas celebradas á nombre del Gobierno el 25 de Junio y 10 de Noviembre del año próximo pasado con el representante de la Compañía francesa de los ferrocarriles del Salvador dueño de la concesión que se hizo al señor don Juan Luis Bueron, en 2 de Marzo de 1872, son útiles á la República por quedar en virtud de ellas desligado el país de dicha concesión y en capacidad para establecer líneas férreas.
decreta:
Artículo único.—Se aprueban en todas sus partes las referidas contratas.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Senadores. Palacio Nacional: San Salvador, Febrero veintiocho de mil ochocientos ochenta y dos.
A la Cámara de Diputados.
Teodoro Moreno, Presidente.
Antonio Liévano, Secretario.
Casimiro Lazo, Secretario.
Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Palacio Nacional: San Salvador, Marzo seis de mil ochocientos ochenta y dos.
Jaime Ávila, Presidente.
Lucio Ulloa, Secretario.
Rafael Osorio, Secretario.
Palacio Nacional: San Salvador, Marzo 8 de 1882.
Por tanto: ejecútese.
Salvador Gallegos.