Diario Oficial de El Salvador/Tomo 42/Número 115

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página 697


REPUBLICA MAYOR DE CENTRO-AMERICA.—ESTADO DE EL SALVADOR 697

DIARIO OFICIAL


TOMO 42San Salvador, sábado 22 de mayo de 1897 NUM. 115


Sección Oficial[editar]

SECCION OFICIAL

Poder Legislativo[editar]

PODER LEGISLATIVO

...

Séptima sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional[editar]

... página 698 tuviere situado el inmueble, objeto del contrato, debiendo comprobarse el entero con la nota de aviso del Escribano ó Juez cartulario en las ventas por instrumento público, y con la firma del interesado ó de otra persona á su ruego si la venta se hace por instrumento privado.

La enagenación de bienes raíses no causará Al...

Discutidos los artículos 134, 135, 136 fue...

Art. 134.—Los impuestos que provengan de...

Artículo 135.—Las municipalidades están en...

Art. 135.—Las municipalidades, Alcaldes, y...

El Diputado Hidalgo, propuso que se agregue...

Art. 137.—Serán también facultades de las mu...

Se discutió el artículo 13 y fue aprobado lo...

Art. 137.—Las rentas municipales se invertirán...

Art. 138.—El impuesto de Alcabala interior se...

Art. 139.—El impuesto de licencias de juegos...

Art. 140.—El producto de servicios que haga la...

Art. 141.—Los impuestos no comprendidos en...

Art. 142.—Las multas y demás responsabilida...

Discutido el artículo 143, el Diputado Najarro

Discutido el Artículo 144 fue aprobado lo mismo...

Art. 144.—La Contaduría Municipal es el Tri...

El Presidente del Tribunal tendrá la inspección...

Art. 145.—La sección de la Contaduría Munici...

Estos empleados serán nombrados por el Poder...

Art. 146.—El Contador Municipal tiene la in...

Podrá visitar por sí o por medio de comisiona...

Art. 147.—La Contaduría Municipal además de...

Siempre que el Contador Municipal tenga cono...

Art. 148.—La Contaduría Municipal informará...

Art. 149.—La Contaduría Municipal para la...

Glosada la cuenta y hecho el pliego de reparos, ...

Recibida esta en la Contaduría si se hubieren ...

Admitido el recurso se emplazará al interesado ...

El Síndico de la Municipalidad de la Capital, in...

Discutido el artículo 150, el diputado Chávez dijo: que encuentra otra razón que debía modificarse y que se agregara: que á mas de los seis días se les conceda más el término de la distancia.

Salegio, dijo, que no es necesario el término de la distancia, y que por eso está el artículo bueno, Hidalgo agregó que las municipalidades tienen como representante al Síndico Municipal de la capital y pide que se apruebe el artículo. Araujo, que en lugar de declarar ejecutoriada la sentencia, el Tribunal de Cuentas diera fallo. Gallegos: que ya está el caso previsto, por eso no tenía objeto la discusión; después de todo esto se aprobó el ar´ticulo sin reformarse quedando así:

Art. 150.—El tribunal de apelación al recibir ...

Vencido el término del traslado, si el interesado ...

Si el interesado hubiere hecho uso de su derecho, ...

Discutido el artículo 151, Encinas dijo: que los peritos nombrados fueran uno por el Gobernador y otro por la parte. Hidalgo opinó lo mismo que Encinas y agregó que hasta cierto punto era un atentado á la propiedad. González dijo: que había de hacerse una distinción así: que estando ausente el deudor los nombrará el Gobernador y presente uno por cada parte. Araujo dijo: que el municipio era quien debía tener intevención.

Hidalgo dijo: que retiraba su opinión y que tenía razón el Diputado González. Gallegos dijo: que era matar al individuo teniéndole veinte meses en prisión. Ramírez, que el verdadero peligro del artículo no se había leído. Larios, que la indicación de Ramírez se salva así: que los que tengan derecho hagan uso de su derecho y que no ponga un aviso en el periódico. Villafañe: el aviso que propone Larios está previsto en el Código de Procedimientos, y habiendo dicho la mesa que el artículo estaba desaprobado: el mismo Villafañe manifestó que metían una bulla los Diputados y que no se podía discutir: y Salegio dijo: que los peritos fueran nombrados uno por el Gobernador, y el otro por el deudor y en caso que ésto no lo haga se nombrará de oficio, Después de todo esto se desechó el artículo, se suspendió la sesión y continuada se dió primera lectura al dictamen de la comisión, recaído en la iniciativa del Ejecutivo, sobre que se le autorice para un empréstito de 1,000,000 de libras esterlinas.

Se dió lectura al artículo redactado por varios diputados en reposición del que se acababa de desechar. En éste el Diputado González dijo: que la prisión del deudor sea en la Sala municipal. Araujo: que no había inconveniente para que se aprobase el artículo. Villafañe que no había cárcel de deudores y por eso debía designarse, de lo contrario se les metería en buchaca. Encinas de acuerdo con González. Hidalgo: que los efectos de esa pena eran de una manera ilusoria, agregando que una vez que el detenido faltase á su deber desertándose, que se le impusiera otra pena. Gallegos dijo: que teniendolo veinte meses en prisión se infringía un principio constitucional por no haber sido oído y vencido en juicio. Chávez dijo: que le parecía muy justa la distinción propuesta por González y la dificultad que proponía Hidalgo no era tal, porque en todas partes había un guardían del Cabildo y éste los tendría que cuidar y por lo tanto era buena la distinción. Villafañe: que era mucho tiempo veinte meses y proponía que fueran doce meses, pues no se encaba nada tenerlos tanto tiempo; y después de esta discusión de dessechó el artículo propuesto y se aprobó el que nuevamente redactaron así:

Artículo 151.—Para el cumplimiento de la sen...

Si ni el deudor principal ni el fiador pueden ser ...

Hecho el pago en la Tesorería respectiva se agre...

Discutido el artículo 152 hasta el 158 fueron aprobados así:

Artículo 152.—

Artículo 153.—

Artículo 154.—

Artículo 155.—

Artículo 156.— página 699 bernación del departamento y la á Contaduría muni...

Artículo 157.—

Artículo 158.—

Discutido el artículo 159, Encinas dijo: que en el inciso séptimo sobre dar diariamente cuenta de sus actos las municipalidades al Gobernador, era quitarles la indpeendencia y después de esta opinión se aprobó el artículo así:

Artículo 159.—

1º—

2º—

3º—

4º—

5º—

6º—

7º—

Discutido el artículo 162, Encinas dijo: que el Alcalde podía cometer un acto que el Secretario no haya autorizado y por eso pedía la excepción en este caso: Gallegos, que se aprobase el artículo y quedó así:

Artículo 162.—

Discutido el artículo 163 fue aprobado lo mismo que los demás artículos hasta el 166, quedando así:

Artículo 163.—

Artículo 164.—

Artículo 165.—

Artículo 166.—

Artículo 167.—

La designación corresponde á la municipalidad,

Artículo 168.—

1º—

2º—

3º—

4º—

5º—

6º—

7º—

8º—

9º—

Se suspendió la sesión faltando sin licencia el Diputado Godoy, y por enfermedad Escobar y Figueroa.


Se continuó la séptima sesión con la asistencia de los señores Representantes presidente Fiallos, Araujo, Bonilla, Bustamante, Castellanos (Manuel), Castro (Eujenio), Castro (Juan Antonio), Chávez, Encinas, (Flores), González, Gallegos, García, Larios, López y López, Najarro, Nolasco, Nuila, Ortiz, Portilla, Rosales, Rodezno, Rodríguez, Salegio, Villatoro, Villafañe, Valdés, los infrascritos Secretario y Prosecretario.

Se dió cuenta:

Del oficio del doctor Blas Barraza, en el que manifiesta que por varios inconvenientes, no le es posible aceptar el cargo de primer Magistrado suplente de la Corte Suprema de Justicia, que en tal virtud hace formal renuncia de dicho empleo, y pasó á la comisión respectiva.

Del oficio del señor Ministro de Hacienda, en el que manifiesta que existen en el Banco Salvadoreño veinticinco mil cuatrocientos noventa pesos ochenta y tres centavos, procedentes del impuesto de cinco pesos por cada cincuenta hilos de azúcar de mascabado que se introduzca al Estado, destinada al Palacio Nacional, relativa á que se autorice al Poder Ejecutivo para emplear dicho dinero, á condición de reponerlo cuando sea necesario, y pasó á la comisión de Hacienda.

Del oficio del señor Ministro de Instrucción Pública, en que devuelve sin la sanción constitucional y con observaciones el Decreto expedido por esta Asamblea en que prorroga por cuatro años más el artículo 83 del Reglametno de Farmacia vigente, y pasó á la comisión respectiva.

Del oficio del Ministro de Gobernación en el que devuelve con observaciones el Decreto del 24 de abril último, en que se establece la contribución que formará en lo sucesivo el fondo de trabajadores, y pasó á la comisón respectiva.

Se dió primera lectura:

Al dictámen recaído en la iniciativa del Ejecutivo, relativa á que le autorice para contratar en el extrangero un empréstito de un millón de libras esterlinas ó su equivalente en plata.

Al dictámen emitido en la solicitud del diputado Hernández, relativo á que se le conceda licencia indefinida por mitvos de enfermedad y que se llame al suplente respectivo.

Al dictámen recaído en la solicitud de Macario Monroy, sobre que se le conceda la introducción libre de derechos fiscales é impuestos municipales establecidos y por establecer de las maquinarias, aparatos y útiles que sea necesario introducir para establecer en cualquiera de los departamentos occidentales del Estado una fábrica de cerveza y otra de agua gaseosa.

Al dictámen emitido en la solicitud de Alfredo Gallegos, sobre que se le conceda privilegio por diez años para la apertura de posos tubulares en cualquier región del Estado, y la libre introducción de la maquinaria y útiles para llevar á cabo su empresa.

Se dió tercera lectura al dictámen recaído en las reformas de la ley de papel sellado y timbres y se acordó señalar esta misma sesión para su discusión.

Se dió lectura al dictámen recaído en la iniciativa del Ejecutivo que por medio de él hace la Suprema Corte de Justicia, sobre que se traslade el juzgado de primera Instancia de Sesoria ál a ciudad de Chinameca.

A moción del Diputado Hidalgo se le dispensaro nlos demás trámites y puesto á discusión se aprobó dicho dictámen.

Artículo 167.

Art. 168.

No podrán ser Secretario ni empelados de una ...

Discutido el artículo 169, el diputado Chávez propuso que se intercalen los extrangeros no naturalizados en el país; Salegio que se intercale á los dementes.—Gallegos dijo: que no siendo los extrangeros ciudadanos, estaban comprendido en la ley de una manera tácita. Ramírez dijo:que este artículo se dejara como estaba anteriormente, respecto á que los municipales de las cabeceras del distrito supieran leer y escribir é Hidalgo opinó lo mismo. vilaltoro dijo: que siquiera el síndico de las municipalidades supiera leer y escribir; Araujo de acuerdo con Villatoro en este sentido y agregó que también se comprendiera los Alcaldes; y Rodezno de acuerdo con Araujo. Después de esta discusión se aprobó el artículo así:

Artº 169.

Discutido el artículo 170. González dijo: que en las excusas conozca el juez de 1ª Instancia en lugar del Gobernador: Villafañe que el artículo está bueno y que no ve la razón para entrometer á los jueces de 1ª Instancia en lo paramente administrativo, y después de estas opiniones se aprobó así:

Artº 170

El...

El diputado Gallegos hizo moción para que se intercalen estas palabras "lo mismo que en los casos del artículo 43". Tomoada en consideración y discutida fue aprobada.

Discutido el artículo 171 fue aprobado lo mismo que los demás artículos hasta el artículo 183, quedando consigandos así:

... página 700 ...

El Diputado Najarro hizo moción para que se reconsidere el artículo 171 y no fue tomada en consideración.

SE puso á discusión la ley de papel sellado y timbres y á moción del Diputado Hidalgo se aprobó en lo general y discutido por artículos fueron aprobados íntegros con excepción de los tres últimos incisos del artículo 4º que fueron suprimidos, quedando así:

...

Se puso á discusión el dictamen de la Comisión de Fomento en la contrata del ferro-carril que de esta capital unirá al puerto de El Triunfo y se aprobó en lo general dicho dictamen y el proyecto.

Empezada la discusión por el artículo primero fue aprobado íntegro, lo mismo que los artículos 2, 3, 4, y 6, quedando así:

... página 701 ...

Se levantó la sesión faltando sin licencia Godoy, Figueroa, Jirón y Meléndez, con ella Lagos y vaquero y por enfermedad Escobar y Hernández.

D. Fiallos,
Presidente.
G. Ramírez,
1º Srio.
Rafael Justiniano Hidalgo,
1er Pro-Srio.



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