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Diario Oficial de El Salvador/Tomo 44/Número 3

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página 17


REPUBLICA MAYOR DE CENTRO-AMERICA.—ESTADO DE EL SALVADOR 17

DIARIO OFICIAL


TOMO 44San Salvador, martes 4 de enero de 1898 NUM. 3


Sección Oficial

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SECCIÓN OFICIAL

Poder Legislativo

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PODER LEGISLATIVO.

La Asamblea Nacional del Estado de El Salvador, convocada extraordinariamente por el Poder Ejecutivo en Consejo de Ministros, en uso de sus facultades constitucionales,

Considerando: que en la actualidad sería casi imposible cumplir religiosamente el servicio de la Deuda Pública consolidada: que el artículo 11 inciso 1º de la ley de 17 de mayo de 1895, es por ahora impracticable, á causa de los crecidos gastos que demanda el buen servicio de la Administración, á iniciativa del Poder Ejecutivo,

Decreta:

Art. 1º—Se suspende el pago de intereses y amortización de los bonos del 12, 6 y 3% hasta el 30 de abril del año de 1898.

Art. 2º—Por los intereses devengados durante el tiempo de la suspensión, se emitiràn bonos en cantidad suficiente, sin interés alguno, y se admitirán en el pago de los siete centavos y cincuenta pesos por cada patente de Licores extranjeros, que por Decreto Legislativo de 15 de mayo de 1897 se destinaron al pago de los bonos del 3%.

Art. 3º—Los bonos del 3% referidos tendrán amortización solamente en conformidad con la Ley de Crédito Público vigente.

Art. 4º—Derógase el inciso 1º del art. 11 de la citada Ley.

Art. 5º—El pago de los siete centavos y de los cincuenta pesos, será de tal manera obligatorio en los bonos expresados, que sólo se admitirá moneda con un recargo de $25%.

Art. 6º—Del producto del 12% oro de las Aduanas que se remitirá mensualmente al Comité de la Deuda Pùblica, se pagarán de preferencia los gastos del servicio los intereses que devenguen los bonos desde mayo del año próximo entrante. Del mismo 12% se destinará el sobrante que quede para la amortización de los bonos, después del pago de intereses y servicio de la Deuda.

Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo: San Salvador, diciembre treinta de mil ochocientos noventa y siete.

D. Fiallos,
Presidente.
Guadalupe Ramírez,
1er. Secretario.
Camilo Escobar,
2º Srio.


Palacio del Ejecutivo: San Salvador, diciembre 31 de 1897.

Por tanto: ejecútese.

R. A. Gutiérrez.

El Subsecretario encargado de los
Despachos de Hacienda y Crèdito Público,

J. A. Rodríguez.



Documentos Oficiales

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DOCUMENTOS OFICIALES

CUENTA de los fondos recaudados y distribuidos en favor de los damnificados por la explosión del 26 de abril de 1897, en el barrio de Concepción de San Salvador.

Señores Wolff y Luria
25 00
Don X. X.
10 00
Don" Miguel Yúdice
10 00
Dr. don Rafael Zaldívar h.
50 00
Señores Zapico y Cía.
5 00

Total
5,919 00
de cuyas sumas fueron recaudados por don Antonio B. Agacio $ 3,701 00
y por D. Miguel Dueñas„ 2,218 00
El producto de las carreras organizadas por el "Club Concordia" fue de $144 50
á saber: 288 entradas á
0.50$ 144 00
Donaron don Felipe Angulo
1 00
Don Ismael Aparicio
1 00
Don" Adolfo Brown
1 00
Don" Gustavo Bouineau
1 00
Don" J. A. Castro
25
Don" Enrique Drews
2 00
Don" Miguel Dueñas
3 00
Don" E. Erazo
2 00
Don" Antonio Fink
50
Don" Jaime Gonzalvo
1 00
Don" Luciano Hutinet
2 00
Don" Antonio Izaguirre
2 00
Don" Rodolfo Krohn
50
Don" C. Pineda
50
Don" Eugenio Pineda
1 00
Don" P. Quintanilla
25
Don" Federico J. Yúdice
2 50
Don" Alfonso Frisiani
10 00
Don" Flavio Pineda
12 00

Total
$ 187 50
menos gastos $ 43 00

$ 144 50