Diario Oficial de El Salvador/Tomo 6/Número 1

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DIARIO OFICIAL.
República del Salvador. América Central.


TOMO 6. San Salvador, Miercoles 1.º de Enero de 1879. NUM. 1.


Sección oficial[editar]

SECCION OFICIAL

Relación de los trabajos de la 2.ª Cámara de 2.ª Instancia[editar]

RELACION
de los trabajos de la
2.ª CÁMARA DE 2.ª INSTANCIA.

PARTE CRIMINAL.
(Continuacion.)

Noviembre 1.º—Se confirmó el auto proveido por el juez 1.º de 1.ª instancia de este departamento en la causa contra Diega Chacon por lesiones á Perfecta Guerrero; en el cual declara sin lugar una solicitud de la reo en que pide se le mande poner en libertad por haber cumplido su condena.

Se confirmó el auto de sobreseimiento decretado por el juez de 1.ª instancia de Cojutepeque, en la causa contra Cárlos Rodriguez (a) Chino y otros por contrabando de aguardiente, mandando ademas poner á unos de los indiciados en libertad y dejar el juiocio abierto para continuarlo si conviniere.

Se mandó dar traslado al fiscal de la causa contra Jorge Orellana por lesiones á Salomé Vides.

Se llamaron autos en la causa contra Anastasio Rivas por hurto.

Se man dó dar traslado al procurador de pobres de la causa contra Anastasio Carrillo por atentado á la autoridad.

Se revocó el auto proveido por el juez de 1.ª instancia de Opico, en la causa contra Criseldo Lémus por robo de 230$ al señor Bruno Zaldaña; declarándose por esta Cámara que da lugar á que Lémus permaneca en formal prision, á que se le embarguen bienes hasta en cantidad de 250$ y que el juez de la certificacion correspondiente al alcalde para su resguardo y libre las órdenes de captura y embargo respectivas.

4.—Se llamaron autos en la causa contra Demetrio Peña por hurto.

Lo mismo se proveyò en la causa contra Regino García por rapto en Rita Escamilla.

Se confirò el auto de sobrescimiento y libertad de los procesados Mariano y Cármen Cornejo, decretado por el juez de 1.ª instancia de Ilobasco, en la causa que se les instruye por hurto.

Tambien se confirmó el auto de sobreseimiento y libertad absoluta del procesado Jacinto Castillo, decretado por el juez de 1.ª instancia 2.º de este departamento en la causa que se le instuye por allanamiento de la morada de Aurelia Montalvo; mandando ademas sacar testimonio de lo conducente para juzgar en la forma correspodniente al indicado por la autoridad que corresponde por unas amenazas y daños, en la persona y muebles de la ofendida.

Se revocó la sentencia pronunciada por el juez de 1.ª instancia militar de este departamento en la causa contra Toribio Portan por desacato á la autoridad; y se mandó pasar la causa al juez de paz respectivo para que la termine en la forma verbal.

Se reformó la sentencia pronunciada por el juez 1.º de 1.ª instancia de este departamento en la causa contra José Marìa Villacorta por hurto de una mula del señor Gregorio Chavez; y se absolvió al indicado de todo cargo, responsabilidad y costas, dejándolo en libertad bajo fianza de la haz.

5.—Se declaró pasada en autoridad de cosa juzgada la sentencia pronunciada en la causa contra Albino del Cid por incendio.

Lo mismo se proveyó en la criminal contra Saturnino de Leon y Nazario Mejia por lesiones mutuas.

En la criminal que se instruye contra Antonio Alfaro ex-juez de paz de Victoria por falsedad, se mandó recibir al alcaide de las cárceles declaracion á efecto de averiguar si se ha presentado en la cárcel el indicado.

En la criminal contra Criseldo Lémus por robo, se declaró sin lugar la súplica interpuesta por el procurador de pobres de la sentencia pronunciada.

Se llamaron autos en la causa contra Policronio Peña por atentado.

6.—En la criminal contra Diega Chacon por lesiones á Perfecta Guerrero, se declaró sin lugar la súplica interpuesta por el defensor de la reo.

Se confirmò el auto de sobreseimiento y libertad del procesado NIcolas Rivas por robo de una espada de plata de la imágen de San Miguel, decretado por el juez de 1.ª instancia de Ilobasco.

En la criminal contra Francisco Cruz (a) Chiquito y Olallo Villanueva por homicidio en Teodoro Lopez, se confirmó el auto proveido por el juez de 1.ª instancia de Tejutla; en el que declara á los indicados libres de la acusacion y los manda poner en libertad bajo de fianza.

7.—En la queja de don Jesus Najarro contra el juez 1.º de 1.ª instancai de este departamento don Emilio Gonzalez por prevariato, se mandó agregar á sus antecedentes un testimonio.

9.—Se declaró rebelde á don Antonio Alfaro, se abrió la causa que se le sigue por el delito de falsedad como juez de paz de Victoria, se le hizo cargo de la culpa que le resulta por este delito y se le nombró defensor al señor Lic. don Francisco Vaquero.

Se confirmó la sentencia pronunciada por el juez de 1.ª instancai de Suchitoto en la causa contra Fermin Marroquin por fabricacion de aguardiente clandestina; en la cual condena al reo á pagar 53$ 4 reales de multa, pérdida de los instrumentos que se le aprehendieron, indemnizacion de perjuicios al fisco y demas accesorias.

11.—Se tuvo por parte al defensor de la reo y se llamaron autos, en la causa contra Lucía Lopez por injurias á Jerónimo Lara.

Se mandó dirigir al juez 1.º de 1.ª instancia de este departamento para la práctica de ciertas diligencias, una requisitoria de la Cámara de Santa Ana, referente a la causa contra Pedro Niño por homicidio en Coronado Diaz y Pio Portillo.

12.—En la criminal contra Manuel COntreras por ... declaró legal el impedimiento manifestado por el juez de instancai de Ilobasco D. José Lopez, ... separó de su conocimiento; y se mandó pasarla para su continuacion con arreglo á derecho al juez 1.º de paz de aquella ciudad.

Se declaró ... en autoridad de cosa juzgada las sentencias pronunciadas en las causas siguientes:

Contra Josè María Villacorta por hurto.

Contra Toribio Portan por desacato.

En la causa contra Màcimo Morales por calumnias á Márcos Campos, se con firmó el auto decretado por el juez de 1.ª instancia 1.º de este departamento en el que eleva la causa á plenario y la recibe á prueba.

En la criminal contra Jorge Orellana por lesiones á Salomé Vides; se confirmó la sentencia pronunciada por el juez de 1.ª instancia de Ilobasco, en la que absuelve al procesado de la isntancia con pago de costas y lo manda poner en libertad bajo de fianza.

Se confirmó el auto de sobreseimiento proveido por el juez general de hacienda en la causa contra Magdaleno Sosa por espendicion de certificaciones falsas.

Se confirmó el auto proveido por el juez de 1.ª instancia de Suchitoto, en la causa contra Pio Guadron Cuellar, por robo de un documento de la señora Juana Cuellar en la cual declara al reo libre de la acusacion y manda dejarlo en libertad.

16.—Se mandó agregar á sus antecedentes una provision de la causa contra Agapito Villalta por un balazo á Bernardino Amayo.

Se mandó dar traslado al defensor del reo Antonio Alfaro procesado por el delito de falsedad como juez de paz de Victoria. página 2

Telegrama de La-Union[editar]

Telegrama de La-Libertad[editar]

No oficial[editar]

NO OFICIAL

Año 1879[editar]

Año 1879.

Ha espirado el año 1878, reemplazándole en la sucesion de los tiempos el 1879.

Si contemplamos el año fenecido, ¡cuánto desconsuelo para el pensador!

El mundo entero sin paz moral y con inquietudes morales.

Felizmente, la República del Salvador ofrece una situacion satisfactoria.

El tiempo ha soplado bonancible y en el cielo brilla el iris de paz, á cuya benéfica influencia marcha con inquebrantable constancia y renaciente entusiasmo en busca de su prosperidad y engrandecimiento.

¿Y cuáles son los fundamentos de tan halagüeña situacion?

Un Gobierno legítimo y popular, que, por marchar al frente del movimiento progresivo de la época, constituye el principal apoyo de la Nacion.

Los ciudadanos honrados y patriotas manifiestan su adhesion cooperativa con ejemplos de moderacion y de amor al órden, á la tranquilidad y á las leyes.

El pueblo, ageno á las cuestiones estériles de la política, trabaja por el incremento de la agricultura y de la industria.

Los capitalistas, afanados por desarrollar lo mas posible el comercio de importacion y esportacion.

Estos movimientos mercantiles desarrollan notablemente en provecho de las rentas nacionales.

Los gastos ordinarios de la República se cubren con regularidad, y muy pronto se satisfaran íntegramente.

La administracion de justicia se atiende con rectitud y actividad.

La instruccion pública es objeto de preferencia para el Gobierno. Su luz llega hoy hasta los pueblos mas pequeños y remotos.

Hoy precisamente se inagura el nuevo edificio de la Universidad, que es una obra costosa y de grande utilidad.

Los asilos de caridad estan bien administrados y asistidos. En ellos multitud de pobres y desvalidos, de huérfanos y desgraciados, curan sus condolencias y enjugan sus lágrimas.

Las obras materiales se multiplican en todos los Departamentos.

Por último, la República está satisfecha; y se afana por alcanzar la realización de las esperanzas viriles del país, en la iniciativa, en la asociacion, en su progreso.

Tal es el presente que mal perjeñamos á ligeras plimadas.

El año 1878 nos deja una buena memoria; y el 1879 se abre risueño, fortaleciendo el deseo general por la prosperidad y ventura de la patria.

Si en el año que ha muerto hemos ...nzado alguna importancia, en el año que acaba de aparecer buscaremos leyes civilizadoras, órden y adelanto, paz y progreso.


¿Y qué nos ofrece el resto del mundo en lo político y moral?

Muchos sucesos han escandalizado á la familia humana.

Abandonemos estas tristes contemplaciones; y hagamos votos porque se sostenga la paz moral para que el órden material se robustezca sin inquietudes ni sacudimienots.

Sea tambien propicio y feliz para la República del Salvador el nuevo año 1879.

Universidad Central[editar]

Universidad Central.

En la mañana de hoy se verifica la apertura del año escolar de 1879, inaugurándose el nuevo edificio que se ha construido para la Universidad Central.

Asisten el acto el Señor Presidente con los Señores Ministros, el Tribunal Supremo de Justicia, los funcionarios y empleados públicos y las corporaciones civiles y militares.—Pronuncia el discurso de estilo el Señor Licenciado Don Hermógenes Alvarado.

Daremos cuenta del acto en el siguiente número.

Legación del Salvador[editar]

Colocamos la siguiente comunicacion diplomática. porque es un interesante discurso sobre la ciencia política con excepcion de su parte final que es una revsta de noticias extranjeras.


Legacion del Salvador.

San Sebastian, 14 de Noviembre de 1878.
Señor Ministro:

Por la revista que envié á V. S. el 30 del pasado mes de Octubre se habrá V. S. enterado de las graves proporciones que la cuestion socialista está asumiendo en Europa. De ella se estan actualmente ocupando la mayor parte de los hombres públicos, no solo de Alemania y de otras naciones septentrionales de este continente, sino tambine los de España, entre los cuales ciertamente no faltan algunos profundos pensadores. Ultimamente uno de los mas eruditos escritores españoles, el Señor Moreno Nieto, Presidente del Ateneo de Madrid, ha tratado este asunto, y en un notable discurso en aquel recinto hace las siguientes observaciones.

"Nunca las democracias supieron crear una gran política. El demos ha sido siempre ignorante, é inhábil para ejercitar aquel arte delicado que sabe estudiar los sucesos, penetrando mas allá de la superficie y de la hora presente y dirigirlos con plan seguido y concentrado. En su ignorancia entregará à sus tributos cortesanos de la plebe, que la adulan y excitan sus odios y apetitos para mejor domarla; porque siempre en esos gobiernos bastardos han aparecido los Cleon y los Rabagas para entregar el imperio destruido al favor de la Catilina ó á gloria de César. La evidencia de esta verdad, que puede observarse en los mismos Estados-Unidos, con señales de suma gravedad, ha página 3 página 4 página 5

Avisos oficiales[editar]

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