Diario Oficial de El Salvador/Tomo 73/Número 294

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página 2817


REPUBLICA DE EL SALVADOR.—AMERICA CENTRAL.2817

DIARIO OFICIAL


Tomo 73San Salvador, jueves 16 de diciembre de 1912Num. 294


Sección Oficial[editar]

SECCIÓN OFICIAL

Poder Ejecutivo[editar]

PODER EJECUTIVO

Secretaría de Instrucción Pública[editar]

SECRETARÍA DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA.

El Poder Ejecutivo de la República de El Salvador,

Considerando: que es conveniente dar á la enseñanza profesional una nueva organización, que responda á las crecientes necesidades del país y alcance los mayores progresos en los distintos ramos que comprende;

Que la traslación de la Escuela de Medicina al nuevo edificio construido al efecto, demanda la creación de centros autónomos y hace indispensable reglamentar sus labores sobre nuevas bases docentes y administrativas;

Que los proyectos elaborados por las comisiones respectivas están de acuerdo con las instrucciones que les fueron dadas por el Ministerio del Ramo, en uso de sus facultades constitucionales,

Decreta: los siguientes

ESTATUTOS DE LA UNIVERSIDAD
DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

CAPITULO I.
De la Universidad.

Artículo 1º.—La Universidad Nacional de El Salvador es una persona jurídica compuesta de los individuos que hayan obtenido ú obtengan en la República el título de Académico, y tiene por objeto:

1º. Realizar en sus elementos superiores la obra de la educación nacional.

2º. Difundir los conocimientos científicos de las profesiones que organizan los presentes Estatutos.

3º. Practicar exámenes y expedir diplomas de competencia científica.