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El Constitucional/Tomo 1/Número 82

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página 1

REPUBLICA DEL SALVADOR

EN LA AMERICA CENTRAL.


EL CONSTITUCIONAL.
PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO.

TOMO 1. NUM. 82.

san salvador, jueves 4 de mayo de 1865.

Aviso

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AVISO.

EL CONSTITUCIONAL se publicará una ó dos veces por semana.

Se admiten suscriciones á ocho reales adelantados cada doce números.

Números sueltos un real.

Se publicarán avisos y anuncios de interes particular firmados por el interesado, adelantándose el precio de la insercion, el que se contratará con el Director de la imprenta

Indice

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INDICE
Pág. Col.
PARTE OFICIAL.—Decreto del Gobierno designando los colores del pabellon nacional y atributos del escudo de armas de la República
1 1
Acuerdo del Gobierno cometiendo á la mayoria de plaza el conocimiento en las demandas en juicios verbales entre oficiales para arriba
1 3
PARTE NO OFICIAL.—El Constitucional: Costa-Rica
2 1
El General Barrios
2 3
CRONICA LOCAL.—
2 3
Informe que el Consiliario tercero de la Junta de Caridad del hospital, dá á la espresada Junta por encargo que se le hizo
3 1
EXTERIORES.—Perú
4 2
Estados-Unidos
4 3
VARIEDADES.—P. J. Prudhon
5 1
Medicinas Holloway
7 2
MOVIMIENTO MARITIMO.—De los puertos de la Union, Libertad y Acajutla
6 1
AVISOS
6 2


Parte Oficial

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PARTE OFICIAL.

Decreto del Gobierno designando los colores del pabellon nacional y atributos del escudo de armas de la Repùblica

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ministerio de relaciones exteriores e instruccion publica.
Decreto del Gobierno designando los colores del pabellon nacional y atributos del escudo de armas de la Repùblica.

El Presidente de la República del Salvador.

Cumplimentando el decreto del Cuerpo Legislativo de 14 de Febrero último que lo faculta para designar los colores del pabellon nacional y los atributos del escudo de armas, se ha servido decretar lo siguiente.

Artículo 1º--El pabellon nacional se compondrá de cinco fajas azules y cuatro blancas: el ancho de dichas fajas será de nueve pulgadas y su longitud de tres á cuatro varas castellanas. En el ángulo superior inmediato al asta, llevará un cuadro encarnado de una vara por lado, en el cual se colocarán nueve estrellas blancas de cinco ángulos salientes cada una, representando los nueve departamentos de la República.

Art. 2º--La bandera antedicha será la mercante. La de guerra tendrá los mismos colores y dimensiones y en el cuadro encarnado de que se ha hecho mencion, tendrá el escudo de armas de la Repùblica, llevando al reverso las nueve estrellas de los departamentos.

Art. 3º--El escudo de armas nacional será el mismo de la antigua federacion centro-americana con las modificaciones siguientes: 1ª en lugar de los cinco volcanes que representaban los cinco Estados de la federacion habrá solamente uno de actividad imitando al Izalco: 2ª en el espacio superior del cuadro que se debe contener este volcan se colocarán las mismas nueve estrellas formando semicírculo: 3ª en la base del escudo aparecerá de un lado y otro el nuevo pabellon de la República: 4ª el gorro de la libertad descansará en la parte en que se unen los cuernos de la abundancia que descienden por ambos lados del cuadro: 5ª en forma de semicírculo, se leerá entre rayos luminosos: 15 de Setiembre de 1821, quedando el gorro en el centro de éste; y 6ª limitará el escudo una franja circular en cuya circunferencia aparecerá esta leyenda: Repùblica del Salvador en la Amèrica Central.

Art. 4º--El Ministro de Relaciones se encargará del cumplimiento y publicacion de este decreto.

Dado en San Salvador, á 28 de Abril de 1865.

Francisco Dueñas.

El Ministro de Relaciones Ex-
teriores é Instruccion pública.


Gregorio Arbizù

Acuerdo del Gobierno cometiendo á la mayoría de la plaza el conocimiento en las demandas en juicios verbales entre oficiales para arriba

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MINISTERIO DE HACIENDA Y GUERRA.
Acuerdo del Gobierno cometiendo á la mayoría de plaza el conocimiento en las demandas en juicios verbales entre oficiales para arriba.
Casa de Gobierno: San Sal-vador, Marzo 2 de 1865.


El Supremo Gobierno con presencia de la consulta dirigida por el auditor de guerra Licenciado Don Pedro N. Arrazola referente á que no habiéndose previsto en el decreto de 28 de Marzo de 1862 quien sea el juez competente que deba conocer en las demandas de menor cuantia y juicios criminales por faltas leves cometidas por militares de capitan para arriba hasta jefes superiores se dicte una medida que aclare este importante punto; y teniendo presente que el referido decreto comete el conocimiento de las demandas y juicios referidos á los capitanes de cada compañia: que por esta circunstancia tanto respecto de los oficiales de estado mayor como de otros jefes que no tienen empleo en los batallones hay un vacio en la ley por no determinar la autoridad militar que debe juzgarlos, se ha servido RESOLVER por punto general para lo sucesivo: 1. Que cuando hayan de ser demandado oficiales y jefes de capitan para arriba, sea en juicios verbales civiles ó en los criminales por faltas comunes conozca el mayor de plaza con el recurso de apleacion á la mayoria general en este Departamento, y á los comandantes generales en los demas. 2º En caso de impedimento de los mayores conocerán en los mismos casos los comandantes generales de cada Departamento con apelacion á la mayoria general del ejército. 3º Los mayores que co- página 2 nozcan en estas causas ó los comandantes generales en su defecto, consultarán con el auditor general, pero en las apelaciones se aconsejarán con auditor específico letrado de su nombramiento quien no podrá ser recusado sino en la forma que el auditor general y se halla prescrita en el artículo 6º del decreto de 28 de Marzo de 1862 antes citado. 4º Queda vigente el mencionado decreto en la parte que no se oponga á las disposiciones del Código de procedimientos y á la presente resolucion.

(Rubricado por S. E.)

El Ministro de Hacienda y Guerra;
Ulloa.




Parte No Oficial

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NO OFICIAL.

El Constitucional

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EL CONSTITUCIONAL.

San Salvador, Mayo 4 de 1865.

Costa-Rica

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Costa-Rica.

Siempre vemos con marcado interés la marcha próspera de nuestra hermana la República de Costa-Rica. Esa seccion de Centro-América, vá en el sendero del progreso y no desmiente el programa que su ley fundamental, y el interes de sus hijos, y sus ideas de paz y de3 progreso dictaron en dias que aquella República pensó en ello.

Costa-Rica, es un pais donde Centro América debe fijar sus miradas; y es tambien nuestro ejemplo. Todas las revoluciones escollan allá. Todos los contraprincipios que van á perturbar el órden de sistema, no tienen eco en esa venturosa República.

Creeráse que nosotros procuramos justificar nuestras medidas al respecto de nuestras relaciones; pero las relaciones con Costa-Rica no han podido suspenderse sino porque apareció en su suelo un elemento de desórden y porque nosotros queríamos fijar de una vez ese derecho público defensivo que e s la base de nuestro porvenir.

Centro-América se compone de cinco secciones; y no queremos ser inconsecuentes: apoyamos la idea progresista de todas ellas; y como Costa-Rica es la República que va llevando ese camino positivo, es en ella donde nos detenemos.

Costa-Rica represente uno de los puntos luminosos de Centro-América y Costa-Rica, pais juicioso y lleno de un verdadero patriotismo, lleva en sí un principio verdaderamente liberal, sin entrar, para demostrar esto, en estériles discusiones.

La paz ha dado vida á Costa-Rica.

La paz la ha inaugurado una época de adelanto, sin ella nada podia haber conseguido; y esto lo comprendieron sus hombres que, mas cautos y juiciosos que nuestros hombres pasados, han estado en situacion de estudiar á fondo los verdaderos intereses de aquellos pueblos y seguir las reglas de conducta que les prescribieran.

Y ese es un gran honor para la República de Costa-Rica.

Las cuestiones surgidas por el aparecimiento en su suelo de un hombre conocidamente fatal en medio de ese mismo suelo, si bien hospitalario, justiciero tambien, pudieron obligarnos á suspender nuestras relaciones; pero no desconocemos la alta idea de sus grandes principios, como de sus mas heroicas resoluciones, enseñando una vez que para sostener el gran principio de su autonomia podria sacrificar, la sangre mas cara de su vida como la sacrificó en los campos inmortales de Santa Rosa y Rivas.

Costa-Rica todos los dias nos dá señales de vida.

Hoy vemos, segun nos indica el periódico oficial de 8 de Abril pasado, que el 26 de Marzo se inauguró la primera seccion del camino al Atlántico; y ademas el hermoso puente construido sobre el rio Reventazon, que, por los informes que tenemos, es una obra de grande importancia para aquel pais considerándola tanto en su material, cuanto por su utilidad, pues es punto de tránsito para la via del Atlántico al Pacífico.

Se ha convocado el Congreso Nacional para el primero del mes de Mayo corriente.

Costa-Rica ha tenido su dolor en la pérdida de Don Antonio Pinto, persona que aquella República consideraba mucho.

La idea de progreso implantada en la adminsitracion de aquella República, y el principio conocido de dar realce por el honor y la riqueza, á nuestra hermana, llevan en sí el mérito mas grandioso para aquellos que conducen con su mano tan hermoso porvenir y tantos y tan buenos destinos como debe tener la pacífica República de Costa-Rica.


El General Barrios

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El General Barrios.

Fatigado Barrios por su ostracismo en Costa-Rica; y comprendiendo que en aquel pais no podia medrar él y sus secuaces, tomó el partido mas racional de salir de aquella República. En efecto, así lo verificó segun sabemos por noticias que nos trajo de aquella República el último vapor, cuyas noticias corroboran los pasajeros que han venido á bordo.

Para salir tuvo que solicitar pasaporte, y sabemos de buena ley que el Gobierno se lo concedió bajo la inteligencia de que no volviese á pisar el territorio costaricense, molestando las relaciones que felizmente han subsistido entre aquella República y las demas de Centro-América.

Por supuesto no han faltado rumores. Esos rumores que han dado en divertir á nuestro público, á falta de otra clase de pasatiempos, desde la desaventurada huida de Don Gerardo Barrios. Respondemos del órden á pesar de las habladillas de los políticos de nuestros trastornos.



Crónica Local

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página 3

Informe que el Consiliario tercero de la Junta de Caridad del hospital, dá á la espresada Junta por encargo que se le hizo

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página 4



Exterior

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Perú

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Estados-Unidos

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página 5



Variedades

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P. J. Prudhon

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Ungüento Holloway

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página 6

Movimiento Marítimo

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Avisos

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página 7 página 8