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El escudo y los colores nacionales

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El escudo y los colores nacionales (1900)
de Estanislao Zeballos
I*II*III*IV*V*VI*VII*VIII*IX*X*XI*XII*XIII*XIV*XV

Comentario: La página 11 está incompleta.

EL ESCUDO


Y


LOS COLORES NACIONALES


POR


ESTANISLAO S. ZEBALLOS


(Extracto de la REVISTA DE DERECHO, HISTORIA Y LETRAS)




BUENOS AIRES

112214 - IMPRENTA, LITOGRAFÍA Y ENCUADERNACIÓN DE J. PEUSER
CALLE SAN MARTÍN ESQUINA CANGALLO

1900

EL ESCUDO


Y


LOS COLORES NACIONALES

I


Los atributos nacionales corren de tal manera alterados por eliminación de caracteres ó por adiciones y variantes arbitrarias y á las veces ridículas, que aun las personas instruídas se preguntan á menudo ¿cuál es el verdadero escudo nacional?

Las administraciones públicas han abandonado los emblemas sagrados de la Patria á la fantasía de los maestros, dibujantes, arquitectos, albañiles, litógrafos, fabricantes, constructores de buques y de toda clase de obras, á menudo extranjeros, que intervienen por regla general en los trabajos en que la bandera y las armas de la República son divisa característica. Así se explica que en la Casa del Gobierno federal, en el Congreso, en las salas de la Justicia, en los ministerios, en las escuelas, en la moneda metálica, en los billetes de banco, en los timbres de correo y telégrafos, en las facultades universitarias, en los buques de guerra, en los cuarteles, en las atarazanas y en las oficinas menores difieran los símbolos del escudo y su combinación, como si se tratara de decoraciones caprichosas.

II


La Asamblea General Constituyente de 1813 substituyó al Virreinato español del Río de la Plata, la Nación Argentina incoada. Al Congreso de Tucumán de 1816 tocó solamente la honra de redactar la forma de la notificación solemne á España y al Mundo, del hecho que la Asamblea de 1813 y su Himno de guerra, su escudo y su bandera habían proclamado, en estos términos sonoros y bellos:

Se levanta á la faz de la tierra
Una nueva y gloriosa Nación.

El Triunvirato de 1812, compuesto por los patricios Juan José Passo, Francisco Belgrano y Antonio Alvarez Jonte, cuyo secretario era Juan Manuel de Luca, convocó al pueblo del Virreinato para elegir diputados al Congreso General Constituyente, el 24 de octubre de 1812. En el notable y solemne documento decía:

 « Llamados al ejercicio del poder, no por ambición, ni por in-
« triga, sino por el sufragio de los hombres libres, cuando se halla
« establecido la base y forma del Gobierno que se crea más á pro-
« pósito al bien y utilidad de todos, resignarán el mando inmedia-
« tamente en las manos que una legítima elección señale, entera-
« mente contentos con la gloria y el honor de haber conducido á
« los pueblos del Río de la Plata Á la dignidad de una Nación
« legítimamente constituida; así que reconociendo, desde luego, la
« representación nacional no solo como un derecho, sino como un
« deber, la invocan como el medio más eficaz de proveer á la co-
« mún defensa, procurar la seguridad general, y asegurar las ben-
« diciones de la Libertad para la edad presente y futura...... »

Nobilísimas palabras, lenguaje extraño, revelación patriótica en labios de los colonos humildes y aislados del comercio intelectual y económico del Mundo, proclamación solemne de los ideales de un pueblo libre, eran dignas de inspirar el preámbulo de las constituciones sucesivas de la República, en cuyas frases vive y vivirá eternamente glorioso, el espíritu de la convocatoria de 1812!

Constituida legítimamente la autoridad suprema de la « nueva y gloriosa nación », el Cabildo de Buenos Aires escogió la oportunidad de la victoria de Salta, el 20 de febrero del año extraordinario de 1813, para hacer pública y solemne proclamación del advenimiento de la Patria al concierto de los pueblos sui juris. El gobernador de la provincia de Buenos Aires, al felicitar á la Asamblea General Constituyente, en Sala solemne y plena, con ocasión de aquel triunfo, dijo:

 « Soberano Señor: Se presenta ante la Nacional autoridad de
« Vuestra Soberanía el Ayuntamiento de Buenos Aires, con todo
« el lleno de enajenación y placer de que debe inundarlo el plau-
« sible motivo que lo trae á felicitar á la Augusta, á la triunfante
«  Majestad de la Patria. »


III


La nueva Nacionalidad, así proclamada, debía figurar blasones propios. Los del Rey y de la nobleza fueron suprimidos por la Asamblea de 1813, bajo el estímulo ardiente de la victoria de Salta, que inspiró la fogosa Alocución, sancionada en la sesión de 6 de marzo, cuyas primeras palabras dicen:

 « Pueblos! Ya está abierto á la faz del Mundo el gran libro de
« nuestro destino! »

La bandera nacional, creada por el general Belgrano el 27 de febrero de 1812 en el Rosario, y jurada dos veces por su ejército victorioso del Norte, en Jujuy el 25 de mayo del mismo año, y en el río Pasaje, hoy Juramento, el 13 de febrero de 1813, fué adoptada por la Asamblea General Constituyente. No existe el decreto, sin duda, porque la Asamblea no lo juzgó necesario, al inclinarse reverente ante el hecho consumado. Comprueba mi juicio la circunstancia de que el general Belgrano hiciera jurar al ejército de su mando, acampado en 1813 sobre el río Pasaje, acatamiento y obediencia á la Asamblea General Constituyente, desplegando la bandera celeste y blanca al frente de las tropas, sostenida por su propia mano, como primer abanderado de la Patria. La Asamblea al felicitar al ejército del Norte por su victoria de Salta, alcanzada con el pabellón celeste y blanco, sancionó implícitamente los hechos producidos por el comandante en jefe.

En los uniformes de la mayor parte de los cuerpos hispanoamericanos, que se batieron en 1806 y en 1807 contra los ingleses, predominaban los colores azul y blanco. La compañía de Cazadores Correntinos lucía pantalón blanco y casaca azul celeste, con alamares blancos. El penacho del sombrero era también celeste y blanco. Los batallones de Marineros y Mineros usaban uniforme completo azul con vistas rojas. Los gloriosos húsares de Pueyrredón vestían como los anteriores, con alamares blancos sobre el pecho. Azul era el uniforme de los artilleros con peto encarnado. El batallón de Naturales llevaba pantalón blanco y blusa azul. El regimiento de Pardos guerreó con casaca celeste y pantalón blanco. Los regimientos de Patricios afrontaron el fuego con pantalón blanco, blusa azul y penacho del primer color. En los uniformes de los Gallegos, Arribeños, Andaluces y Montañeses, el pantalón era blanco y las chaquetas azules con peto blanco en el primer cuerpo, y rojo en los tres últimos. Este predominio del azul «color del cielo sin nubes», según el léxico oficial, pudo tener por origen actos de fidelidad al monarca Calos IV, como lo presume el general Mitre, en la obra y lugar citados, ó tal vez sería casual. Los siete mil hombres armados en Buenos Aires y cuya revista tuvo lugar en el bajo de Barracas al Norte el 17 de enero de 1807, aparecieron uniformados en su mayor parte á sus propias expensas ó « por la liberalidad de las personas pudientes con el mayor lujo y gusto en sus trajes. Y es cosa singular que para esto no contribuyó en poco el enemigo mismo, con motivo del apresamiento que se le hizo de varios buques en los seis primeros meses siguientes á la Reconquista » Así habla un testigo ocular y narrador autorizado de las invasiones inglesas, Saguí, en su conocido libro. Era natural que no abundaran en la plaza de Buenos Aires, cortada del comercio universal, las telas propias para vestir de improviso numerosos cuerpos movilizados y las tomadas á los ingleses eran en su mayor parte azules y blancas. Los Patricios usaban el azul ligero ó blanco de la Heráldica, llamado en el lenguaje común celeste. Sea casual ó deliberada la adopción de estos colores, lo cierto es que con ellos recibieron los soldados coloniales su bautizo de fuego, sintiendo el orgullo sugestivo de las primeras victorias, y fueron también usados en lazos breves y flotantes por los revolucionarios de 1810.

He aquí el extracto cronológico de las leyes, decretos y resoluciones administrativas confirmando los colores nacionales celeste y blanco, del lazo de Mayo:

18 de Febrero de 1812.—« El Superior Gobierno de las Provincias
« Unidas del Río de la Plata: En acuerdo de hoy se ha resuelto


ERRATA NOTABLE


En la página 7, donde dice: Tucumán, 25 de febrero de 1816, léase: Tucumán, 25 de febrero de 1818

En la página 8, donde dice: Esta sanción fué interpretada y publicada en julio.... léase: Esta sanción está interpretada por la publicada en julio de 1816 que dice :

E. S. ZEBALLOS.

5 de agosto de 1900.

vos para la plana mayor militar de todos los ejercitos del Estado y adopta faja celeste ó faja blanca, según los grados.

9 de Noviembre de 1814.—El Poder Ejecutivo decreta el escudo de La Patria á los vencedores de la Florida, « de paño en fondo blanco, con vivo celeste ».

Tucumán 25 de Febrero de 1816.—En el acta de la sesión del Congreso Nacional, de este día, se lee:

El señor Chorroarin, comisionado para abrir opinión sobre las
notas del Poder Ejecutivo en orden á la diferencia de las banderas
nacionales y á la divisa de los generales en campaña, que era de
parecer que sirviendo para toda bandera nacional los dos colores
blanco y azul, en el modo y forma hasta ahora acostumbrado
fuese distintivo peculiar de la bandera de guerra, un Sol
pintado en medio de ella; cuyo proyecto, adoptado por la Sala después
de algunas reflexiones, quedó aprobado.

Esta sanción fué interpretada y publicada en Julio en estos términos:

 « Tucumán 25 de Julio de 1816,—Elevadas las Provincias Uni-
« das en Sur América, después de la declaratoria solemne de su
« Independencia, será su peculiar destintivo la bandera celeste y
blanca, de que se ha usado hasta el presente, y se usará en lo
« sucesivo exclusivamente en los ejércitos, buques y fortalezas en
« clase de bandera menor, interin, decretada al término de las
« presentes discusiones la forma de Gobierno más conveniente al
« territorio, se fijen conforme á ella los geroglíficos de la bandera
« nacional mayor. Comuniqúese á quienes corresponda su publi-
« cación.—Francisco Narciso de Laprida, Diputado Presidente.—
« Juan José Passo, Diputado Secretario ».


15 de Abril de 1817.—El Poder Ejecutivo decreta premios á los Vencedores de los Andes y especialmente uno á San Martín, Vencedor de los Andes y Libertador de Chile. La medalla debía ser « pendiente del pecho con una cinta tricolor blanca, celeste y amarilla ».

25 Abril de 1817.—El Poder Ejecutivo decreta medallas á los que tomaron parte en la acción de Humahuaca, « pendiente de una cinta celeste y blanca ».

28 de Noviembre de 1817.—El Poder Ejecutivo acuerda una medalla á los defensores de Salta « pendiente á una cinta celeste en el pecho », y « un escudo de paño blanco con inscripción de letras celestes ».

« Buenos Aires, 25 de Febrero de 1818.—Habiendo pedido el
« Supremo Director, se declarase la divisa que debían usar los
« Generales en Campaña á consecuencia de lo acordado sobre el
« uso de las bandas en cuanto á los grandes oficiales de la Le-
« gión de Mérito de Chile, y así mismo las banderas que deban
« usarse, así en las plazas fuertes y buques de la Nación, como
« en los mercantes de la misma, por requerir ya las circunstan-
« cias que se diferencien como es la práctica en todas las naciones,
« el Congreso Nacional resolvió: 1º Que sirviendo para toda
a bandera nacional los dos colores blanco y azul y en el modo
« y forma hasta ahora acostumbrado, fuese distintivo peculiar
« de la bandera de guerra un Sol pintado en medio de ella.
« 2° Que todos los que por ordenanza, decreto ó estatuto deban
« ó puedan traer bandas, inclusos los grandes oficiales de la Le-
« gión de Mérito de Chile, la usen del modo ordinario acostum-
« brado, y porque la banda que sirve de divisa al Supremo Director

«  del Estado debe diferenciarse de las otras, de suerte que
« jamás se confunda con ellas y que sea bastante notable la dife-
« rencia, serán peculiares y privativos de ella los dos colores blanco
« y azul que la distinguen en la forma que hasta ahora se ha
« usado, y en ella se pondrá un Sol bordado de oro en la parte
« que cruza desde el hombro hasta el costado, de modo que caiga
« sobre el pecho y se haga bien visible ».

6 de Julio de 1818.—El Poder Ejecutivo premia á los vencedores de Maipo. Las clases y los soldados reciben cordones de seda y lana de colores blanco y celeste.[1]

Es oportuno remembrar, finalmente, que en los libros de blasones españoles hay uno, de remoto origen, que lleva la bandera de dos fajas azules y una blanca al medio. Me refiero á las armas de la familia de Aspiazu, dibujadas y descritas en la famosa obra Nobiliario de los Reinos de España, por Francisco Piferrer (Madrid 1857), en el segundo tomo del Apéndice titulado Archivo Heráldico, Armas, Timbres y Blasones, etc. (Madrid 1866) página 63, escudo 389. Se describe un duelo singular por la bandera en la batalla de Roncesvalles. El abanderado francés la pierde á los golpes de un soldado vizcaíno, que deriva de su hazaña el apellido de Aspiazu.[2]

IV


La Asamblea del año XIII creó también el escudo nacional. No ha llegado hasta nuestra época la disposición especial. Me inclino á creer que su falta en las actas del Congreso significa que la resolución originaria de formar un sello para la Asamblea, fué cumplida por la mesa del memorable cuerpo, como función administrativa. Los documentos deben existir en los archivos revueltos y tal vez aparecerán. Cada vez que el Congreso General Constituyente tuvo necesidad de simbolizar blasones nacionales, para substituir los del Rey, mandó usar su sello.

Hubo dificultades serias para grabarlo en metal. Ribera, el artista de la época en el ramo, las venció para el gobierno; pero la prensa lo usaba en madera, con las imperfecciones del arte de Buenos Aires en 1813. Es extraordinario que la preciosa reliquia y sus derivados no hayan sido conservados en las oficinas públicas. Acaso existen en la legislatura ó en la casa de gobierno de Buenos Aires, en algún mueble antiguo y de largos años inexplorado. ¿Habrán pasado á la colección de alguna familia ó curioso? Sería un acto de patriotismo y de buena administración promover el hallazgo de estos solemnes y fundamentales documentos.

Yo poseo numerosas impresiones exactas del sello de 1813. El fué reproducido fiel y repetidamente en madera y estampado en la portada de los documentos de la Asamblea, del Poder Ejecutivo y al frente de varias hojas periódicas, que conservo.

La primera ley que lo menciona es la de 13 de marzo. He aquí el acta y el texto legal, reverentemente copiados:

« Hecha una moción en este día por uno de los ciudadanos re-
« presentantes para que se designase al Supremo Poder Ejecutivo-
« el sello que debía usar en sus diplomas y contestaciones oficia-
« les, se acordó por unanimidad de votos, lo siguiente:

DECRETO

« La Asamblea General ordena que el Supremo Poder Ejecutivo
« use el mismo sello de este Cuerpo Soberano, con la sola diferencia
« de que la inscripción del círculo sea la de: Supremo Poder
« Ejecutivo de las Provincias Unidas del Río de la Plata.—
« Tomás Valle, Presidente. Hipólito Vieytes, Diputado Secretario».

Escaso de tiempo para grabar todas las ilustraciones necesarias, debo el allanamiento de la dificultad á mi distinguido
amigo el señor Alejandro Rosa, que ha puesto á mi disposición los clisés de sus preciosos libros numismáticos, Monetario Americano (1892) y Medallas y Monedas de la República Argentina (1898).

En la página 65 de la última, publicó el sello de la Asamblea, en forma perfectamente igual á los numerosos grabados que adornan mi colección de La Gazeta Extraordinaria de Buenos Aires y de otros impresos de la época. He ahí, pues, el origen del blasón argentino, en tamaño natural.


V


Los ideales que embargaban todas las mentes eran la Libertad, la Igualdad, la Fraternidad, inspiraron el Himno Nacional,[3] y están sintéticamente expresados en el escudo, en campo de elipse, trazada verticalmente y cortado en dos partes iguales por el diámetro menor de la figura. Los dibujos de 1813 y posteriores, hechos en pergamino algunos de ellos, representan el campo del escudo con los colores nacionales: azur ligero en la parte superior y plata en la inferior. Tal lo exhibe hoy mismo á nuestra alma emocionada la bandera de 1812 y de 1813, que custodia Jujuy, en cuyos aires ondeó entre el humo de los combates.

Dos brazos desnudos, encarnados, se mueven de ambos lados del cuartel en plata, inclinados de abajo hacia arriba, á 45 grados sobre la horizontal, y sus manos encajadas sostienen la pica, cuya base no llega al pie de la elipse. La pica alza un gorro frigio, con su color tradicional de gules, á una altura que ocupa la parte central del cuartel azur ligero y remata cerca de la extremidad superior de la elipse. Todo el campo de ella está rodeado de una corona de ramas, finas de laurel—

Coronada su sien de laureles[4]

En la cabecera superior del escudo y detrás de la corona de laurel, esplende el Sol, mostrando su cara rodeada por treinta y dos rayos rectos y ondulantes, alternados con simetría heráldica.


VI


La mente y el corazón de los hombres de la Asamblea se elevaba á los más altos y virtuosos conceptos de la Patria y de sus ideales, bajo la influencia del clasicismo greco-romano. El círculo literario y político de Buenos Aires había hecho, en efecto, estudios serios, desde luego, bajo la dirección de maestros eximios, como los padres españoles Muñoz y Fernández y después por acción y disciplina propia. La virtud ingénita de aquellos varones mataba los ocios enervantes de la vida de aldea en el estudio de la Antigüedad. Mi ilustre amigo el doctor don Vicente Fidel López habla aún con admiración de la sabiduría clásica de los espíritus superiores de la Revolución, entre quienes vivió durante su juventud. De su glorioso padre dice que había profundizado el latín, como otros y no pocos de su generación. Algunos conocían bien el griego. En un folleto precioso, reimpreso de la Colección de « El Comercio del Plata, » publicado en agosto de 1851 por el doctor Vicente Fidel López, sobre el poema El Triunfo Argentino, leo:

 « El estudio asiduo de Virgilio y de Cicerón, de Horacio y de
« Salustio, de Ovidio y de Nepote, no solo enseñaba á hacer versos
« y periodos á la romana, sino que enseñaba también á pensar á la
« griega, exagerándose el civismo indómito y el enérgico indivi-
« dualismo que había constituido la vida de los pueblos libres de la
« Antigüedad.—La diestra posesión del bellísimo idioma de Tito Livio
« y de Tácito supone inevitablemente la lectura de las producciones
« de la República Romana, tan fecunda en grandes caracteres, y tan
« eficaz por ello mismo para fascinar con sus grandes ejemplos de
« virtud y de soberbia civil. Gérmen era éste, á nuestro entender,
« que depositado en la vida colonial, preparaba una irremediable
« revolución. Esta conciencia de la vida antigua republicana, que
« en el Río de la Plata apareció por primera vez en el « Triunfo Ar-
« gentino » del doctor López, es la bandera de guerra y de revolución
« que nuestra literatura nacional debía reproducir incesantemente
« durante la lucha de la Independencia.—Toda nuestra vida, todos
« nuestros escritos, y todos nuestros espectáculos fueron en aquella
« época un vivísimo reflejo de clasicismo.—Así es que debiendo tanto
« los argentinos á esta escuela literaria, debemos serle gratos y res-
« petuosos. La literatura clásica fué el tónico constante de nuestra pri-
« mera edad política; y aunque se prescinda por espíritu extraviado
« de partido, y sobre todo, por ignorancia y por pereza, del mérito
« y tenor de sus grandes trabajos, tan bellos por la diáfana correc-
« ción del estilo y de la forma, cuanto parcos y puros en los acci-
« dentes artísticos que los adornan, bastaría que ellos fuesen una de
« nuestras más relevantes tradiciones políticas, para que debiésemos
« mirarla con una atención juiciosa. »

El escudo argentino es, por cierto, una concepción científica y artística en que se funden las tradiciones locales, el arrebato militar de la época y la influencia de la educación clásica. En efecto, evitando con venerable buen gusto la vulgaridad, á veces chocante ó ridicula, que abunda en los blasones de la nobleza europea y en ciertos escudos locales y nacionales, los hombres de mayo se inspiraron en las tradiciones clásicas de la Unión, de la Libertad y de la Gloria, observando estrictamente las reglas científicas del Arte Heráldico para simbolizarlas en el blasón de la Patria. Es por eso de una sencillez y belleza incomparables.

VII


La pica sosteniendo el gorro frigio de gules, doblado abajo, que ocupa el campo del escudo, cruzando sus dos cuarteles de plata y azur ligero, es una reminiscencia clásica. El gorro colorado de los frigios, imitado aún por los catalanes y otros provinciales de España, es originario del pueblo cuyo nombre lleva, de inciertas tradiciones y de historia que por remota permanece incompleta todavía. La antigüedad greco-romana usó el gorro frigio en el sentido político, que la época moderna acepta y pasea en triunfo. Fué, en efecto, el distintivo de los esclavos restituidos á la dulce libertad. Un clásico ha dicho: « Era aquel bonete (pileus) insignia de libertad. Los esclavos llevaban el cabello largo y la cabeza descubierta y en adquiriendo la libertad se cortaban el cabello y usaban del bonete ».

Los agitadores y las asonadas lo alzaron en Roma misma, como señal irresistible, convocando á los esclavos á la sublevación redentora. La historia romana describe varios sucesos en que el gorro fué paseado en las calles de la ciudad imperio, sostenido por una pica, cual lo dibuja nuestro escudo, como insignia libertadora. Tito Livio ha dicho á su respecto: servos ad pileum vocare: « llamar los esclavos. (al usodel pileum) á la libertad ». El gorro sostenido por la pica fué por eso usado en los Estados Unidos, en Francia, en los Países Bajos y en las Provincias Unidas del Río de la Plata cual emblema de redención política, y como juramento solemne de conquistar y mantener la Libertad con las armas en la mano.

Los brazos, movientes en el cuartel de plata del escudo, expresan la Unión fraternal de las provincias constituidas en


Una nueva y gloriosa Nación.


Las manos encajadas, que sostienen la pica del gorro frigio, son un geroglífico heráldico inspiradamente traído al cuartel plateado del escudo. La tradición oral atribuye la idea á Monteagudo. El grabado adjunto reproduce el símbolo heráldico de la Fé, del tratado de Gourdon de Genouillac
(figura 68, pág. 51). Puede verse el mismo grabado en la página 40 del Annuaire Héraldique citado después, etc. Se dice que las manos son movientes porque salen de los flancos del blasón y avanzan hacia el centro de su campo. El primer autor citado, describe su dibujo de las manos movientes, así:

« La , figura representada por dos manos que se unen, dibujadas de frente. Es vestida, cuando los puños están cubiertos de alguna tela de esmalte diferente. Las dos manos deben ser diestras, porque representan « un apretón de manos ». Y el vocabulario, que precede al Annuaire, etc., de París, agrega: « Fé, se dice de dos manos que se estrechan. Símbolo de reconciliación, de alianza y de fidelidad » (pág. 40). Tal es el concepto de leal é indisoluble unión de las provincias coloniales, que ellas representan en el escudo argentino. Al sostener la pica, que alza el gorro frigio, las armas nacionales figuran el propósito solemne de defender y de conservar la Libertad y la Unión.

Ejemplos ofrecen los blasones europeos del uso del emblema heráldico de las manos desnudas ó vestidas, movientes de los flancos y encajadas en el corazón del campo, rectas como en aquel dibujo ó inclinadas, como se vé en el sello de nuestra Asamblea de 1813. El Annuaire francés de 1897 reproduce el escudo de la familia De Chaudésaignes, de la Haute Auvergne, « de azur con una gavilla de doradas mieses empuñada por dos manos de plata », vestidas, movientes de los flancos, en el tercio inferior de un campo de forma en punta, usual en los siglos XVI y XVII. En la página 650 del diccionario de Sir Barnard Burke se vé el escudo del conde Haddington, creado en 1613, en cuya cresta aparecen « dos manos diestras, salientes de entre nubes, horizontalmente estrechadas y sosteniendo entre ellas un gajo de laurel erguido ».

Piferrer, en la obra que describiré en seguida (VI. 194, blasón número 2699) dibuja y comenta las armas de la Villa de Horche ú Orche en la provincia de Guadalajara, en estos términos: « Escudo cortado: el 1º de azur y un castillo de plata, acompañado de dos olivos; el 2° del mismo esmalte y dos manos derechas encajadas ».[5]

En resumen: los atributos combinados del blasón nacional, gorro, pica y manos encajadas que la sostienen, responden á la idea de la aparición de las provincias del Virreinato en el concierto de las naciones independientes, bajo los auspicios del lema: En Unión y Libertad, que la moneda, decretada por la Asamblea el 13 de abril de 1813, consagró en el cuño perdurable.

La corona sinople que circunda el óvalo del escudo es también de clásico origen. Fué la rama del laurel el símbolo militar del Triunfo y de la Gloria en la antigüedad. Corona y ramas de laurel inmarcesible eran ofrecidas á los emperadores, generales y soldados romanos, que las ostentaban orgullosos en las procesiones del Triunfo, decretado por la gratitud nacional. Este concepto de los hombres de Mayo está expresado en el coro del Himno Nacional

Sean eternos los laureles
Que supimos conseguir,

en cuyo verso los laureles corresponden á las victorias obtenidas por la Revolución en los primeros cuatro años de vida libre. El simbolismo de los dos cuarteles del escudo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, fué rodeado pues, por la corona clásica de ramas de laurel siempre verde, en conmemoración de las glorias recientes que circundaban de luminosa é histórica aureola á la nueva Patria.

Es una corona de laureles y no una guirnalda, porque, como se vé en el sello, no tiene solución de continuidad. Dispuso la Asamblea, en efecto, que las ramas se cruzaran en la parte inferior del escudo atadas con el lazo celeste y blanco de los revolucionarios de Mayo de 1810, y que en la parte superior se enredaran dos ramas finas, cubriendo la faz del Sol en meridiano.[6]


VIII


No es menos evidente la inspiración clásica que determinó la adopción del Sol, para timbrar el escudo de la Patria. Algunos impresos de la época dibujan al frente de sus páginas un Sol esplendente, precedido de este lema latino

Sole novo, Praeclara luce, Libertas nascitur orbi

cuyo origen he rastreado sin éxito. Don Vicente Pazos ó Pazos Kanki, publicista revolucionario, que colaboraba en La Crónica Argentina de Buenos Aires, á cuyo frente se lee aquel lema, lo reprodujo como epígrafe en sus raras Memorias Histórico-Políticas, impresas en Londres en 1834.

He dicho en mis notas sobre el Himno Nacional[7] que la Revolución estaba dominada por la idea de promover un nuevo alzamiento de las masas incásicas contra la dominación española en el Alto Perú. La adopción del Sol heráldico en el blasón nacional era, sin duda, un motivo de atracción y de reverencia para los pueblos indígenas quichuas y aimarás, adoradores del astro, según dice el general Mitre, en la obra citada y en su carta al doctor José María Gutiérrez, director general del Departamento Nacional de Educación fechada el 25 de mayo de 1900, en La Nación.

Al blasonar su escudo, en substitución de los reales emblemas, la Asamblea del año XIII, se fijó—la circunstancia me parece indudable,—en las armas de Carlos IV, usadas por la administración colonial en 1810 y durante varios años después. El dibujo I, de la lámina I (Carolus IV D, G. Hispaniarum Rex) ha sido tomado del papel sellado, cuyo membrete original á la izquierda del escudo, dice: « Sello Qvarto, Vn Qvartillo, Años de Mil ochocientos diez y ochocientos once ». Y en una línea horizontal inmediata, se lee: Para el Bienio de 1812 y 1813 y valga para el Reynado del Sr. D. Fernando VII. La Asamblea eliminó del escudo de Carlos IV los simbolismos reales, y el marco de volutas, conservando las ideas cardinales del campo oval, del timbre y de la corona simple, ligada con lazos de cinta en la base.

El timbre del escudo de Carlos IV era la corona real, y la Asamblea adoptó para reemplazarlo Sol heráldico, resplandeciente, que timbra el Escudo de Armas de España, como primera divisa sobre el León, según los dibujos oficiales á que me referiré más adelante.

Uno de los símbolos clásicos de la Heráldica es el astro soberano. La viñeta adjunta, común en los tratados del Arte y en numerosísimos escudos nobiliarios, lo demuestra en su exacta plenitud. Gourdon de Genouillac, al describirlo,
dice (fig. I): «El Sol es representado generalmente de oro, con la figura de un círculo perfecto y en el medio dos ojos, boca y nariz, completamente rodeado por diez y seis rayos, ocho ondeantes y ocho rectos, colocados alternativamente ». [8] Víctor Bouton en su celebrado Nouveau Traité des Armoiries [9] dice: « El Sol es formado de una cara humana y de rayos « rectos y ondeantes alternativamente. Algunos blasonadores numeran los rayos en doce ó diez y seis: esto depende del artista. El esmalte [10] del Sol
es ordinariamente de oro y algunas veces de plata. Cuando no es de oro toma el nombre de Sombra del Sol ». Todos los autores que he consultado concuerdan con las dos citas fundamentales precedentes.

Compárese el dibujo del Sol heráldico con el timbre del escudo de la Asamblea del año XIII, y á la simple vista ó con lente, se advertirá que los rayos de nuestro Sol no son todos ondulantes ó flamígeros, pues estos alternan con los rectos. Y si la observación se hace sobre los del peso de 1813, cuyo cuño doy en seguida, la prueba es definitiva. Grabado dicho Sol en meridiano, según los dibujos en pergamino hechos en Buenos Aires en virtud de la ley citada, fué observada la regla heráldica de la combinación de rayos alternos. En un punto no fueron fieles á ella, en el número de rayos, que en el Sol heráldico han de ser hasta diez y seis comunmente y en el de la Asamblea del año XIII son treinta y dos, el doble: diez y seis flameantes y diez y seis rectos, siguiendo los diámetros perpendiculares del disco, y alternados entre los cuatro ángulos rectos. Ribera, observó la proporción del símbolo clásico duplicándola. Y el blasón ganó, sin duda, en belleza. Es punto de gusto del artista, dijo Bouton. La comparación del Sol heráldico de Gourdon de Genouillac con el de Ribera en el peso de plata de 1813 honra el buen gusto del último.

El Sol fué usado en escudos en la antigüedad en los blasones de ciudades egipcias sobre todo; y aquel autor ofrece el dibujo de un escudo griego, en cuyo cuartel inferior se desliza una barca bogante y á la derecha del jefe[11] el Sol pleno, de rayos rectos y ondulados.

Entre los astros usados por la nobleza europea para blasonar sus armas, el Sol ha sido siempre preferido. Los títulos nobiliarios creados después de 1810 dan copiosos testimonios de ello y de una manera especial en Inglaterra; pero solamente mencionaré, por vía de ilustración confirmativa de mis asertos, los escudos que adoptaron el Sol heráldico antes de 1810 y que inspiraron, sin duda, á los creadores y primeros grabadores de las armas argentinas. Doy á continuación las obras y seguirán á las citas las cifras de las páginas que contienen las descripciones del Sol, exactamente igual ó parecido al dibujo de los sellos y monedas patrias del año XIII.

El Nouveau Traité des Armoiries citado, ofrece las siguientes comprobaciones:

I. « Familia De Dreux-Brézé, un Sol de oro sin cara ó sombra de Sol, dibujo 422». (271).

II. « La ciudad de Albí, según un manuscrito del tiempo de Henri II, lleva un Sol de oro á la diestra, dibujo 752». (496).

III. « Familia Amelot, de azur, con tres corazones de oro, cargados[12] en jefe por un Sol en el mismo esmalte, dibujo 778». (513).—El conde Amelot de Chaillou, de esta rama, estuvo en Buenos Aires representando á Francia.

IV. « Guarda sellos de Luis XIV. El canciller D'Aligre lleva tres Soles esplendentes en jefe» dibujo 866. (575). Annuaire Héraldique A. Moudain, 1897, París. En su Vocabulario del Blason:

I. « La obra reproduce el Sol esplendente heráldico, del dibujo del Genouillac dado, (63) modelo que tal vez, conocieron los hombres de Mayo y sus artistas, validos de libros heráldicos comunes en aquel tiempo, como ahora».

II. « Triángulo equilátero que reposa comunmente sobre su base. En muchos casos el triángulo está vacío y se ve el campo á través del mismo. De azur, triángulo pleno de plata, reposa sobre punta y cargado en el centro con un Sol de gules». (67).

III. « Vizcondesa de Abrial, del Languedoc. En el jefe de azur cargado de un Sol de oro».(4).

IV. « Familia Abric de Fenouillet, del Languedoc, de azur.... acompañado en jefe á diestra de un Sol de oro ».

V. « Conde d' Aiguy, de Rouergue un Sol moviente del ángulo diestro del escudo». (10).

VI. « Familia d'Aillaud, de Provence, en el jefe de azur cargado por un Sol de oro». (10).

VII. « Familia de Allouveau de Montréal, de Limousin, de azur con Sol de oro». (15).

VIII. « Familia de Battistí, de Córcega,... acompañado en el cantón siniestro de un Sol de oro». (62).

IX. « Familia Bellier de Villentroy, de la Mancha, de azur acompañada en el ángulo diestro del jefe de Sol naciente y radiante de oro» (71).—Trae los rayos radiantes y rectos, no obstante la primera indicación.

X. « Claret conde de Fleurien, Lyonnais, de plata, en banda, sobrecargada de un Sol de oro». (159).

XI. « Familia de Combes, del Languedoc, de gules.... acompañada de un Sol de oro moviente del ángulo diestro del jefe » (165).

XII. « Espic de Gep, conde de Ginestet, del Languedoc, partido, tres espigas de oro.... de un Sol de lo mismo, que es d'Espic».... (199).

XIII. « Familia Geofroy d'Assy, de París, de azur en triángulo pleno en plata.... cargado de un Sol en gules ». (228).

XIV. « Familia de Jouvencel, de Savoie,.... en el jefe de azur, cargado de un Sol de oro, acompañado de dos estrellas de plata ». (263).

XV. Michel conde d'Armancourt, de Picardie y Lyonnais,.... el jefe de azur, cargado de un Sol de oro.

Añadiré á la revista de estas fuentes, algunos ejemplos de los reinos de la Gran Bretaña, donde el Sol fué tan preferido como en Francia al figurar escudos.

Debrett's Peerage, Baronetage, Knitage and Companionage, publicación que tiene 180 años, Londres, 1893:

I. « Conde de Autrin, en la cresta.... un Sol esplendente (sun in splendour) en oro. Creado en 1785». (39).

II. « Conde Clancarty.... en el jefe azur un Sol esplendente.... Creado en 1797». (167).

III. « Vizconde de Gage, en el segundo y tercer cuartel azur un Sol esplendente en oro.... Creado en 1622». (317).

IV. « Barón Ashtown... en el jefe del extremo un Sol esplendente de oro.... Creado en 1800». (51).

V. « Marqués de Lothian. Cuartel en azur con Sol esplendente de oro.... Cresta, 1° un Sol esplendente en oro. Creado en 1591.» (479).

VI. « Sir G. D. Mackenzie,.... en la cresta un Sol esplendente.... Creado en 1703», (354).

En la obra A Genealogical and Heraldic Dictionary of the Peerage and Barones, etc., de Sir Barnard Burke, edición 57º, Londres 1895, leo:

I. « Sir E. Hulse,.... creado en 1739.... En la cresta una cabeza de ciervo y entre los cuernos un Sol». (754).

II. « Milltown, creado baronnet en 1756, medio león rampante que sostiene entre sus garras un Sol de oro». (987).

III. Purves, creado baronnet en 1665. En la cresta el « Sol saliendo del seno de una nube. Clarior et tenebris». (1168).

IV. « Conde Perth y Melforth, creado en 1605 y « 1668, en la cresta sobre una corona el Sol esplendente» (1557).

En España el Sol fué singularmente incorporado á las armas de ciudades y provincias y de la esforzada nobleza más antigua. El dato es de singular interés para este estudio, porque algunos de los dibujos del Sol en los blasones hispanos, que luego enumeraré, se parecen de tal suerte al del escudo y monedas de 1813, que no abrigo la menor duda de que fueron consultados y copiados por los hombres de Mayo y sus artistas. Familiares habían de serles por otra parte, los libros nobiliarios y heráldicos de España,[13] por razones obvias y entre ellas, porque numerosas familias bonaerenses tenían linajudos abolengos, usaban escudos en la fachada dé las casas y discutían con orgullo sus blasonados orígenes. Citaré algunos ejemplos indicando los nombres de las obras y los números de los escudos dibujados en ellas y de sus descripciones.

Llevan tres soles heráldicos esplendentes las armas de España, en la portada de la artística obra de Piferrer. Este autor agrega (I. 8):

 « La primera divisa A Solis Ortu usque ad occasunt, con el
« Sol por geroglífico, hace alusión á la vasta extensión de los
« dominios de España á que no llegaron con mucho las anti-
« guas monarquías de los asirlos, medos, persas, griegos, ni ro-
« manos, pues, en tiempos de Carlos V apenas el Sol en todo su
« curso dejaba de alumbrar algún reino ó estado sujeto á la
« corona de España; de modo que con razón se dijo que Felipe II,
« el Prudente, tenía el Sol por sombrero extendiéndose su
« soberanía á más de la mitad de los 360 grados en que se divide el
« orbe ».

Los ángeles tenantes de este escudo están «superados por un Sol radiante de oro ».

La Villa de Adraigt, en la isla de Mallorca «tiene el Sol por blasón». (2305). Lo adoptó la hermosa ciudad de Ecija, cuyo nombre significa «ciudad del Sol» y fué en la antigüedad una de las más notables de la Península, como lo dice el lema de sus armas, tomado del versículo de Isaías: una sola será la ciudad del Sol, (2476); lo vemos en el escudo de la villa Moratalla en Murcia, (2666); en el acuartelado blasón de Porcuna, villa de la provincia de Jaén, (2716); en el de Rivadavia, villa de la provincia de Orense, que toma su nombre de el río Avia, que la baña, (2732); en el de San Lúcar la Mayor, ciudad de la capitanía general de Sevilla, en cuya iglesia de San Eustaquio y en vetusta lápida de pedestal, se lee: « Arma, ciu, Sol, Hercule y figurado un Sol poniéndose entre nubes ». (2774). Los números precedentes corresponden á las descripciones y láminas de la obra de Piferrer. Las casas nobles que adoptaron el Sol en el simbolismo de sus blasones, según el mismo autor, son las de Medina y sus alianzas (conquistadores también en América), (1926); de los marqueses de Camarera la Real, (2116); de Casaviella, de la villa de Vielle, en el Bearne, reino de Francia, establecida en España con Felipe V, (2178); la de Tío, servidores de Isabel la Católica, (2238); la de Sobrés, de Cataluña, (981); la de Lope de Esparza, de Navarra, salvador del Rey Don Jaime, en la acción de Boatella, de donde blasonó su escudo de sinople, con un Sol esplendente atravesado por una saeta, símbolo del bravo monarca herido, (1163); la de Rachadell, catalán de Urgel, en campo de gules Sol esplendoroso, como el de la moneda argentina de 1813 y el de Esparza, (1243); la de López-Barthe enlazada entre españoles y franceses, (1369); la de Villalba, guerrero bajo el Rey Don Jaime y ayo de sus hijos, (1393); en la de Montes de Oca, de los valles y montes de Oca, linage tan notable como largo, (1463); la de Soler, de que fué gajo nuestro valeroso soldado de la Independencia, en cuyas armas leo este grito de guerra:

Con el Sol fueron y volvieron
Y la batalla vencieron, (1475);


la de Benosa, del valle de Aran, en Cataluña, (1595); la de Cáceres y Solís, del siglo XV; los Solís en todas sus ramas tienen el Sol pleno como símbolo heroico, (1706); la de Castro, descendiente de Don Jaime el Conquistador, escudo de gules y un gran Sol de oro, (194); la de Solís, de los más antiguos de Asturias y muy fecundos en eminentes varones. Tirso de Aviles dio á este blasón y apellido solar el siguiente origen:

Vi en sangre el Sol dorado
Derechos todos sus rayos:
A do dijo el Rey loado
Un dicho pronosticado
A sus varones Pelayos.

Cuando todos se partieron
— « Bien vengáis que con Sol it. »
Con Sol fueron y vinieron
Y dó á los moros vencieron
Puso nombre el Rey Solís, (208);

la de Salines, guerrero valenciano contra los moros, ilustrado por sus proezas durante doce años, (270); la de Bondía, del lemosín Bondía, apellido que tomó un soldado aventurero, llegado á España de Alemania y de ignorado origen. Era tan alto que viéndolo el Rey descollar sobre las tropas dijo: « Con este soldado buen día se me prepara». Su escudo surgió así, con su nobleza militar, en campo azur gran Sol esplendente, como el de la moneda argentina de 1813 (278); la de Fuster, oriunda de Aragón, con « escudo azur, y el Sol cargado de una luna, manifestando con este brillante emblema, que todo el lleno a de la luna (que todo el poder de los moros) no bastaba para eclipsar el Sol, (grandeza ó esplendor) de España », según Mosen Febrer, en su troba 251, pág. 138, (dibujo del escudo 445, Piferrer); la de Solís de Alcántara, Sol de oro en campo de gules, (464); la de Lesol, de Romani, en la Provenza, del reino de Francia, que armó á su costa dos fragatas y sirvió al Rey Don Jaime en la conquista de Valencia y Mallorca, (578); la de Lesol, originada así: « mientras Don Jaime el Conquistador tenía sitiada la villa de Burriana, llegó un Lord inglés, con gente de á caballo y tomó á destajo el batir la muralla con el general; y lo hizo con tanto acierto, que bien pronto logró abrir brecha y apoderarse de la plaza. Llevaba por divisa en campo de gules un Sol de oro, por lo cual se llamó Lesol », (579); la de Rebagliato, apellido de ilustre origen italiano (apéndice I. 62); la de Codina, familia nobilísima de Cataluña (apéndice I. 109); la de Letre de hondo y famoso abolengo feudal de Francia, escudo de gules y gran Sol radiante (apéndice II. 310); la de Sayol tan antigua como pura, de Cataluña (apéndice II. 69) y la de Prat de Mozá y sus alianzas (apéndice II. 416).

Por último un Tallaferro, catalán, creado por la poesía romántica, ordena caballero á su hijo y al recibir casco y espada le da este blasón:

.... y el gallardo y fuerte cuerpo
de peligros defiende la rodela,
que cuatro barras como empresa luce
y encima un Sol naciente.[14]

Chile, en la primera época nacional, simbolizó sus armas con dos columnas paralelas y el Sol meridiano entre ellas. Las columnas eran las nuevas naciones argentina y chilena, sosteniendo unidas en el Pacífico el Sol de la Libertad y de la Independencia. Después, consumada la obra, Chile abandonó el símbolo histórico de Mayo y de la época gloriosa, y compuso su nuevo blasón, imitando al de Inglaterra.

Tales son algunos de los antecedentes científicos del grandioso timbre de las reales armas de España en el precioso dibujo de portada de Piferrer y en el bello blasón nacional de la República Argentina.


IX


La Asamblea del año XIII decretó en la sesión del 13 de abril la acuñación de la moneda nacional. El Congreso dio al acto singular solemnidad, pues, mientras llamaba decretos á los anteriores, al frente del nuevo documento leemos la palabra Ley. Y dice, en efecto:

LEY

La Asamblea General Constituyente, ordena: que el Supremo
Poder Ejecutivo comunique lo que corresponde al Superintendente
de la Casa de Moneda de Potosí, á fin de que inmediatamente y
bajo la misma ley y peso que ha tenido la moneda de oro y plata
en los últimos reinados de Carlos IV y Fernando VII se abran y
esculpan nuevos sellos por el orden siguiente:

Moneda de Plata.—La moneda de plata que de aquí en adelante debe acuñarse en la Casa de Moneda de Potosí, tendrá por una parte el sello de la Asamblea General, quitado el Sol que lo encabeza; y un letrero que diga alrededor: Provincias del Río de la Plata; por el reverso un Sol que ocupe todo el centro, y al rededor la inscripción siguiente: En Unión y Libertad; debiendo además llevar todos los otros signos que expresan el nombre de los ensayadores, lugar de su amonedación, año y valor de la moneda y demás que han contenido las expresadas monedas.

Moneda de Oro.—Lo mismo que la de plata, con solo la diferencia que al pie de la pica y bajo de las manos que la afianzan, se esculpan trofeos militares, consistentes en dos banderas de cada lado, dos cañones cruzados y un tambor al pie. De una y otra deberán sacarse dibujos en pergamino, que autorizados debidamente, acompañen la orden de la nueva amonedación.


Pedro Agrelo, Presidente.
Hipólito Vieytes, Diputado Secretario.

Los clisés 2 y 3 representan con fidelidad estas monedas; pero debo notar que la Casa Real de Moneda de Potosí no cumplió estrictamente la ley, pues cambió la posición de las leyendas, rodeando el Sol de la que correspondía al escudo y viceversa. Así resulta de la comparación de los grabados y del texto de la ley. Tales son las fuentes legales y definitivas del Escudo Nacional de la República Argentina y de la única variante autorizada por la Asamblea del año XIII para el cuño de las onzas, es decir, la eliminación del Sol heráldico en meridiano del reverso, grabarlo en el anverso íntegramente, en la moneda de plata; y la adición de dos banderas, dos cañones y una caja de guerra al pie, en las onzas de oro, á guisa de militar trofeo.


X


La primera alteración forzada del escudo legal fué consumada en Mendoza, al componer y blasonar la bandera para el ejército de los Andes, en 1817. Los documentos oficiales explicaron que el hecho era fruto fatal de las circunstancias. No habia en aquella ciudad género de seda con los colores nacionales, y se usó el azul turquí. Tampoco estaba decretada la forma definitiva de la bandera y el general San Martín, en la necesidad de un símbolo guerrero, al marchar contra el enemigo, compuso una simple imitación de la de Belgrano y de los congresos de 1816 y 1818. En cuanto al escudo tiene nuevos atributos y formas y alteraciones evidentes á la simple vista. Pero esa bandera quedó desautorizada implícitamente por la ley de 1818, citada.

La primera alteración arbitraria del escudo nacional de que tengo noticias fué consumada en 1821, bajo el gobierno de Rodríguez. Ella aparece simultáneamente confirmada en la acuñación de la moneda de vellón y en el sello ordenado para el despacho personal del Presidente de la República, Rivadavia. La modificación del cuño de la moneda responde á darle carácter provincial, pues, en el reverso fué eliminado el Sol del escudo nacional y substituido por la leyenda circular: — Buenos AiresUn décimo y el año 1822 en el corazón, sobre el diámetro del disco.
El anverso contiene el escudo, según muestra el clisé 4, sin leyenda, rodeado por una guirnalda ó corona abierta, y no por la corona de laureles que decretó la Asamblea del año XIII.[15] La casa de Boulton de Birminghan, á la cual se le confiara la acuñación, introdujo el nuevo cuño siguiendo el escudo provincial de Buenos Aires, usado juntamente con el sello del Poder Ejecutivo de 1813, en el papel sellado desde 1821.


El sello de la presidencia, clisé 5,
reproduce la modificación, que no titubeo en calificar de arbitraria, porque no he hallado ley, decreto ó simple resolución que ordene la alteración del escudo nacional, substituyendo la guirnalda á la corona de laureles. Obra, sin duda, de la fantasía del grabador, pasó inadvertida á los funcionarios del Estado. El Sol de este sello no es el de la heráldica, adoptado por la Asamblea de 1813, y dibuja nuevos rayos, bajo la forma de láminas triangulares ó de cola de flechas, alternando con otros finos y rectos.

XI


El mal ejemplo de la arbitrariedad tolerada se repitió en proporciones extraordinarias durante la Época de Rozas (1829-1852). Su moneda de oro, las famosas onzas del Eterno loor al restaurador de las leyes, llevaron al cuño sagrado de 1813 las siguientes reformas: 1° Sol pleno y radiante, 2° Agregado de dos lanzas y dos fusiles arriba de las banderas. 3° Eliminación al pie de la caja de guerra. 4º Alteraron la posición y dibujo de los cañones, que con la caja formaban el trofeo militar legal de la parte inferior del escudo. 5° Guirnalda en vez de la corona de laurel sinople. (Compárese las figuras 2, 3 y 6).

La moneda de oro menor de 1842 trae nuevas alteraciones, aunque reproduce el escudo de la onza de 1813 con los laureles mal grabados, especialmente en la parte superior de la corona. 1° Elimina el trofeo militar de la base. 2° Agrega arriba de las banderas un cañón y un fusil de cada lado. 3º El Sol aparece en el reverso surgiendo no detrás del escudo, sino de un cerro. 4° Sus haces de rayos son arbitrarios y rectos. (Figura 7).

La «Litografía del Estado» de César H. Bacle fué famosa en Buenos Aires desde la época de Rivadavia, en la calle de la Catedral, número 17. Ella publicó preciosos álbums de vistas y retratos, al lápiz, á tinta China y pintados á la acuarela, con las firmas notables de Pellegrini, Onslow y Andrés Bacle. Conservo en mi archivo histórico los ejemplares de la colección de vistas y retratos editada de 1828 á 1832 con el título de Trajes y Costumbres de la Provincia de Buenos Aires. Bacle dibujó y estampó desde 1334, el escudo nacional representado en la lámina I, entre la tolerancia ó la indiferencia pública y oficial. Estamos en presencia de un nuevo blasón argentino, cuyas variantes son: 1º Substitución de la corona del año XIII por la guirnalda de 1822. 2º Agregado de nubes y de mangas á los brazos que sostienen la pica. Entre los símbolos heráldicos de los brazos movientes desnudos ó vestidos, la Asamblea del año XIII aprobó los primeros. Vestir los 'brazos, es violar la ley y la regla heráldica del caso. 3° Añadido de catorce lanzas con banderolas, orladas de largo fleco, en el centro de las cuales están dibujados los escudos de las catorce provincias. 4° Substitución del Sol naciente y de rayos alternados por una estrella, de cara infantil, radiante. 5° Dibujo del gorro frigio contornado ó inclinado á la inversa del de 181 3. 6º Cinta ondulada al pie con la leyenda República Argentina. 7° Fruta del olivo en las ramas, que no existen en la corona de 1813. Este escudo aparece en varios mensajes de Rozas á la legislatura de Buenos Aires, de donde lo he copiado, en una edición del Himno Nacional y en varios papeles del tiempo. (Lámina I, figura 2).

Finalmente en la portada de los documentos oficiales de la época se halla otra variante, dibujada á la inversa de la legal, es decir con el eje mayor de la elipse en el sentido horizontal, con la estrella de Bacle en la parte superior, nubes en el arranque de los brazos y guirnalda en vez de corona de laureles, reproducido en la lámina I, número 3.

Las medallas militares crearon nuevos escudos. La victoria de Cayastá, alcanzada por las fuerzas del general Pascual Echagüe, contra el general Juan Pablo López, dicho Mascarilla, porque tenía un semblante extraño y rosado, parecido
al de una careta de cartón, fué conmemorada por Rozas con la medalla dibujada al margen (fig. A). Su cuño trae, alrededor del sello de Rivadavia, diez banderas en vez de cuatro, seis y catorce usadas en otros casos. Tres bayonetas aparecen en la parte inferior y más abajo dos piezas de campaña, montadas sobre ruedas y haciendo fuego. Lo remata el trofeo militar con dos clarines á derecha é izquierda de la base. El mismo troquel fué usado en 1837 para la medalla del combate de Santa Bárbara, agregando una caja de guerra entre las cornetas de la base. La condecoración militar á los de Pago Largo lleva en la parte superior del anverso (fig. B), el sello de Rivadavia,
con medio sol, chato y radiante, que sale, brazos rectos y tres guirnaldas de laurel, una circular y las otras abiertas lateralmente hasta formar la última la base al escudo. Este tipo de fantasía blasónica ha sido reproducido en varias medallas y escudos, y entre otras, en la que los amigos del honorable doctor Luis Sáenz Peña hicieron acuñar en 1895 conmemorando su Presidencia de la República.

Tales fantasías de dibujantes fueron también admitidas y usadas por los Unitarios, durante la larga é implacable guerra civil. Poseo la colección de los periódicos impresos en Corrientes, durante aquel intermedio histórico, quizás la única existente, no lo afirmo. La Revolución, cuyo primer número apareció el miércoles 13 de febrero de 1845, ostenta el escudo argentino representado en la lámina I, figura 4. Las modificaciones arbitrarias que observo en su dibujo son: 1° Sol pleno y adelante de la corona de laureles. 2° Tres banderas de cada lado, tres con lanzas agudas y tres en astas sin moharra. 3º Tres bayonetas á cada lado, entre el Sol y las banderas. 4º Un cañón horizontalmente tendido al pie del escudo. 5º Una caja de guerra á la derecha del mismo. 6º Un mortero á la izquierda. 7º El blasón reposa en campo llano. 8° Sobre este yacen dos lanzas cruzadas con banderolas. 9° A derecha é izquierda de las lanzas grupos de balas de cañón, dispersas al acaso. Tal vez el error fué advertido á la Imprenta del Estado, porque desde el número 12, correspondiente al 30 de marzo, el escudo alterado es substituido por una alegoría del Sol naciente sobre el río Paraná, con las islas á la derecha y la ciudad de Corrientes á la izquierda. Navega un bergantín aguas abajo y al pie del dibujo se advierte ancha y ondulada orladura, con esta leyenda cívica: LibertadAl Pueblo Argentino (lámina I, figura 5). El Republicano dio á luz su primer número, bajo los auspicios del lema: ¡Patria! ¡Libertad! ¡Constitución!, común á todos los periódicos liberales correntinos, el domingo 2 de julio de 1843; y entre aquel lema y su título usó el escudo de la lámina I, número 4. El número 7 del domingo 13 de Agosto de 1843, lo imprime por última vez. Ocupa su sitio en los números posteriores otro aun más arbitrario, desairado y artísticamente malo. He aquí las modificaciones que comporta: 1° El óvalo del escudo es menos largo y más ancho. 2° Los brazos están dibujados en línea recta. 3° Los mismos traen las mangas, de la fantasía de Bacle, antes mencionadas. 4° La elipse del escudo asienta sobre otro óvalo que se prolonga superiormente y forma un marco terminado en dos espiras laterales. 5° Sobre el marco reposa una cabeza juvenil, coronada de rayos y de cabellera flameante, sujeta á la frente con fino y niveo lazo. 6º A las cuatro banderas de las onzas de 1813, añade dos bayonetas. 7° Trae dos cañones cruzados al pie. 8º En la parte inferior del óvalo ha sido dibujado el emblema correntino de la cruz entre llamas. 9° El disco oval descansa sobre campo enjuto rodeado de bañados, con cactus y plantas acuáticas. 10° Entre dos cactus domina el paisaje una pila angular de balas esféricas de cañón. 11° A la derecha del dibujo una caja de guerra. 12° A la izquierda una corneta. 13º Pasa por detrás del cuerpo superior del dibujo orladura ondeada con el lema Muera (á la derecha) Rosas (á la izquierda). El tosco grabado en madera está reproducido en facsímile, como los otros, en la lámina I, figura 6.

El periódico Corrientes Confederada, órgano de los federales, que se habían apoderado de la situación local, á la caída de los Madariaga, no usó los escudos unitarios y adoptó el sello del gobierno, con el lema de: ¡Viva la Confederación Argentina! Mueran los salvajes unitarios. El dibujo 7, de la lámina I, reproduce, en efecto, el sello de Rivadavia, con el símbolo local de la cruz entre llamas y agrega en el disco, interiormente, las palabras, Provincia de Corrientes y exteriormente frondosa corona de laureles.

Obsérvese finalmente que durante la época de Rozas las traducciones al inglés y francés de sus mensajes traen otro escudo, cuyo aspecto general corresponde al actual de la provincia de Buenos Aires, con tres banderas por lado y dos cañones cruzados, con las recámaras lucientes en la base del dibujo; mientras que el Registro Oficial de los mismos años (1845 á 1849) adoptó llanamente el sello de Rivadavia, ut supra, sin inscripción alguna y con la guirnalda de laureles al parecer flotando en el aire.


XII


La DÉCADA DE GUERRA CIVIL, que sigue á la caída de Rozas, (1852-1862) no fué más respetuosa del blasón nacional. El Estado Independiente de Buenos Aires usaba el escudo de las seis banderas por lado, con tres fusiles y dos cañones. Más adelante estudiaré los curiosos orígenes de esta combinación local, cuando escriba sobre los escudos de las provincias. La Confederación Argentina, cuya capital era el Paraná, adoptó como la época de Rozas, todos los escudos que los grabadores imaginaban, ó que el material de las imprentas, adquirido en Buenos Aires ó importado, contenía. Así, en mensajes del presidente Urquiza al Congreso federal y en numerosos impresos oficiales, se encuentra el escudo, deformado horizontalmente durante la administración de Rozas, lámina I, número 3. El Porvenir de Entre Ríos, del Uruguay, órgano del general Urquiza, publicaba á su frente el simple sello de Rivadavia, sin inscripciones. El mensaje del Presidente al Congreso legislativo federal, leído en la tercera sesión ordinaria de 1857, fué impreso con el escudo del Estado Independiente de Buenos Aires mencionado. El mismo escudo encabeza la proclama del general Urquiza, «gobernador y capitán general de la provincia de Entre Ríos, general en jefe del ejército Aliado Libertador», dirigida á los «Argentinos» y á «los pueblos y gobernadores de la República», fechada en Palermo de San Benito el 17 de marzo de 1852 é impresa en Buenos Aires por la «Imprenta del Estado», calle de Santa Rosa número 95. El Boletín del Ejército Grande de Sur América, editado en el Rosario por Sarmiento, usaba el escudo de Rivadavia, con la forma elíptica más ancha y corta que el mismo original defectuoso.

El Nacional Argentino, el famoso órgano oficial de la Confederación en el Paraná, fuente preciosa de informaciones históricas y que conservo en mi biblioteca, trae en el título, entre las palabras principales de su nombre, un grande escudo del Estado Independiente de Buenos Aires, que combatía en jefe. La obra oficial y descriptiva de la Confederación, dedicada desde París en 1859, al presidente Urquiza, su alto patrono, por Mr. Martín de Moussy, muestra un clisé nuevo. Es una variante de la onza de 1813, con el gorro frigio contornado[16] y cuatro banderas por lado, en vez de dos. Tres de las banderas están sostenidas por lanzas y dos por astas sin moharras. En algunas banderas hay blasones locales en lugar del Sol del pabellón nacional de guerra. Las ramas de laurel ostentan su fruta y dos cañones cruzados asoman sus bocas y oídos arriba y abajo. Esta nueva fantasía está firmada por Deberny, artista de París. El dibujo fué reproducido toscamente en la portada del atlas que acompaña á la obra, y en la primera cubierta de éste el encuadernador ha estampado después á fuego un escudo aurífero de catorce banderas distinto del de Bacle. Y así se completan tres blasones nacionales dispares en la misma obra oficial.

La inconciencia de las impresiones en la época de la Confederación es indiscutible y ninguna forma nueva del escudo nacional aparece, como en las anteriores, que tan fecundas fueron para alterarlo. Oficialmente la Confederación, era más cuidadosa, en la moneda, pues, si su cuño carece de absoluta yerdad, trae como escudo el sello de Rivadavia, el más aproximado á ella, según monedas de 1852 á 1860, en mi monetario, cuyos cuños publica el señor Rosa en su Monetario Americano, páginas 59 y 62.


XIII


Describir las alteraciones antojadizas y violatorias de la ley creadora del escudo nacional, en la época titulada de la Organización Nacional (1852-1900), sería allegar elementos para un voluminoso libro ilustrado con centenares de grabados. El desparpajo y desbarate con que las oficinas y los dibujantes nacionales y extranjeros producen y copian fantasías sobre motivos del blasón sagrado de la Patria, es tan maravillosa, como la indiferencia misma de las autoridades. Citaré apenas los ejemplos más notables.

Hay instrumentos de gobierno y administrativos cuya divulgación entre las masas, es poderosísimo recurso de difundir nociones, á las veces definitivas. Son medios de educar objetivamente, más eficaces á veces que la escuela misma. Tales me parecen, por ejemplo, la moneda, el timbre postal y de impuestos fiscales, el papel sellado, las oficinas públicas, la policía, el ejército y la prensa.

El papel moneda de la provincia de Buenos Aires, antes de 1880, usaba á menudo el sello de Rivadavia, es decir, el escudo nacional alterado, y la Nación las armas provinciales, como he demostrado. La ley de noviembre de 1881 pudo rematar el desorden; pero su generalidad en este punto simplemente le dio pábulo. Ella determinó la unidad monetaria y la acuñación de monedas metálicas, en cuyo anverso debían llevar el «escudo de armas de la Nación». El director de la Casa de Moneda, persona sin preparación, ni escrupulosidad en materia de antecedentes patrios, adoptó inconscientemente el escudo de armas de la provincia de Buenos Aires, como lo comprueban los cuños adjuntos. (Fig. 8).

No ha sido más seria, ni respetuosa la Administración, en sus contratos para los billetes del Banco Nacional y del Banco de la Nación Argentina. El dibujo de los escudos fué abandonado completamente á la imaginación ó al antojo de los grabadores extranjeros ó á la negligencia de empleados ó directorios nacionales. Es difícil hallar billetes de diferentes valores con escudos iguales. Las alteraciones, añadidos y decoraciones ilegales, son numerosísimas y siguen todos los moldes vulgares de la heráldica. La observación puede ser comprobada por cualquiera al examinar los viejos billetes y los que ahora corren de mano en mano. No exceptúo, por cierto, los libros de cheques.

En 1891, cuando fui llamado á reorganizar los servicios de Correos y Telégrafos, suprimí la serie copiosísima de timbres postales, cuyos grabados ostentaban los retratos de muertos ilustres y de varios personajes vivos, actores en los sucesos políticos de actualidad. Los retratos de los generales Mitre y Roca (éste era mi jefe inmediato como ministro del Interior), del doctor Juárez Celman y muchos otros fueron eliminados. Adopté los de personalidades que gozan ya de la consagración de la Historia: San Martín, Belgrano, Moreno, Pueyrredón y Rivadavia. Los grabados fueron esmeradamente dirigidos, como medio de educación cívica y artística para las masas. La dirección de Correos y Telégrafos, que está á cargo de persona excelente y animada de las mejores intenciones, ha incurrido, sin embargo, en un error sobre este punto. Hay en nuestro país una escuela que proclama hace años que el culto de los grandes hombres es un fetiquismo, y las gloria de ciertos proceres argentinos inmerecida. El director de Correos y Telégrafos, no llega tan lejos en sus juicios; sin embargo, los actos revelan su opinión de que no es propio de un pueblo libre habituar á las masas á rendir culto á los grandes muertos.

El resultado de esta doctrina extraviada ha producido la eliminación del retrato de los proceres de los timbres postales y la adopción de un modelo, en todo sentido desgraciado. Es una imitación vulgar, sin arte y sin vida, mal grabada é impresa sin nitidez, de la efigie de la República Francesa, complementada con el remedo del escudo argentino oficialmente alterado. Tal blasón tiene, en efecto, la forma de un escudo sannítico del siglo XVI, las manos rectas, curva la línea divisoria de los cuarteles y blanca faja en el centro. La mujer, efigie del hastío, que supongo representa la República, se apoya irreverentemente en el blasón, como en el brazo de un banco de playa de mar. Los timbres del telégrafo traen el sello arbitrario de 1822.

El Papel sellado ofrece creaciones peregrinas. De 1880 á 1890 ostentaba dos escudos: el sello de Rivadavia en el centro de la foja en letras á la aguada y otro con guardas inoportunas y yerros en el dibujo estampado en la parte superior. No solamente varían los escudos en la misma hoja: las diferentes emisiones de papel, sellado según los usos, lo traen en formas más ó menos audazmente alteradas.

Los edificios, destinados á oficinas públicas, son otra deplorable lección de objetos, que extravía el criterio popular. Obsérvese la Casa de Gobierno Nacional, por ejemplo, desde la plaza de la Victoria. La Compañía General Alemana de Electricidad incendia ante el pueblo, con los caracteres incisivos del fuego que maneja, un escudo, que no es el de 1813, sino una combinación de variantes sobre un plano de rayos rectos en los cuatro ángulos de la circunferencia. Al pie, en el arco del pórtico central, entre dos cariátides groseras, lascivas y exuberantes, que ofenden el Arte, la Moral pública y la gravedad de un palacio de Estado, se percibe cierta fantasía de armas nacionales, de cemento, á las cuales se ha agregado dos grifos por soportes. En el interior del mismo arco hay una tercera profanación del escudo, pintado, y con distintos ejemplares de la fauna decorativa, dos dragones en la misma posición de los grifos exteriores. Estos nuevos atributos del blasón nacional, tienen origen en la falta de respeto al país de un arquitecto oficial extranjero, sin vigilancia alguna. Peregrina y diríase que hasta irónica es la añadidura de los grifos y dragones al escudo argentino, porque según los autores heráldicos « los dragones esculpidos en monumentos bizantinos simbolizan ordinariamente las calamidades públicas, peste, hambre » y las crisis comerciales y políticas. En las puertas de cristal de la misma Casa Rosada, hacia la plaza de la Victoria, están grabadas las armas de Buenos Aires y en otros detalles del palacio el sello de Rivadavia. No es necesario seguir las infinitas variantes de los edificios menores. El 25 de mayo de este año la Intendencia Municipal ostentaba el escudo de la provincia de Buenos Aires formado con lámparas eléctricas; y el retrato transparente del general San Martín ocupó el sitio de la última jerarquía, á la izquierda, en la fachada de la casa municipal, y en inferior posición á la atribuida á sus tenientes Las Heras, Lavalle y otros. El abuso y la negligencia se repiten en todas partes y á cada instante. Este desorden parece la ley. El Congreso, que debiera defenderla y la Justicia aplicarla, reinciden, sin embargo, en la falta de usar escudos que no son el de la República, ó no corrigen sus dibujos alterados. En la sala de audiencias públicas de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Capital, hay un fresco sannítico[17] del siglo XVI, con los atributos de las armas nacionales; y en los soportes de los cortinados otro blasón oval y diferente, parecido al de 1822, con un campo azur y plata.

Pero el error es deplorable y de trascendentales consecuencias en las escuelas donde ni los edificios, ni los cuadros murales de enseñanza muestran á los niños el verdadero dibujo de las armas nacionales. He examinado personalmente en mayo de este año clases de escuelas comunes en las cuales ni los niños, ni los preceptores podían blasonar el escudo de la República é ignoraban que hay dos banderas la mayor y la menor. Y es, precisamente, esa penosa experiencia la que me ha inspirado este artículo. En mi carácter de presidente del Consejo Escolar del V distrito de la Capital de la República, y en cumplimiento de una resolución de mis colegas, solicitaba en mayo pasado al Consejo Nacional de Educación, tan bien inspirado en la actualidad, la refacción de los escudos alterados en la famosa Escuela Sarmiento de la avenida Callao. El mismo Consejo local usaba el escudo de armas de Buenos Aires, y al ordenar su substitución ha dispuesto eliminar también de todas las escuelas las profanaciones en boga.

Las escuelas privadas naturalmente siguen el lamentado mal ejemplo oficial. El colegio de Santa Rosa del Rosario, ha divulgado en sus medallas el cuño de las cuatro banderas sin el trofeo militar (fig. 10). El English College, usaba un troquel parecido, pero con seis banderas. La Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, obligada á su turno á aceptar todas las oportunidades de dar los grandes ejemplos de estricta observancia de las leyes, no ha dejado, sin embargo, de contribuir al descuido, respecto de los emblemas nacionales. Su medalla Premio Anual (fig. 11) es otra alteración del escudo, que introduce la bordura puntuada, un marco de volutas y de combinaciones caprichosas y una guirnalda diferente de otras igualmente fantásticas. No es tal el escudo argentino.

La policía de la metrópoli fomentó también con su variedad de escudos las confusiones y la imperfecta ilustración pública en la materia. Los comisarios usaban cierta medalla (fig. 12) con un escudo nacional diferente de todos los conocidos, porque solamente trae ocho banderas, recogidas en caprichoso pliegue, con dos cañones, guirnalda y Sol radiante. La mayor parte de los escudos de los palacios y de las medallas y premios de las exposiciones argentinas, formarían también un museo de variados escudos.

La heroica y susceptible institución militar ha sido á su vez obligada á pagar tributo á la decidia antigua y moderna de las administraciones públicas. La medalla de Chacabuco, «á los vencedores de los Andes» (fig. 13), es una imitación sin elegancia del escudo. Introduce nubes en la parte inferior del cuartel blanco, el óvalo es aplanado y ancho y está encerrado en un pentágono, sobre cuya cara superior aparece la mitad del disco radiante del Sol. La medalla «al ejército aliado de operaciones contra el Paraguay», alteró el escudo con dos modillones y espirales,
además de los defectos comunes á las reproduciones de su tipo (fig. 14). La estrella, sancionada por la legislatura de Buenos Aires para honrar
su guardia nacional, durante la misma guerra, lleva el emblema de la Nación, en vez de las armas provinciales. Puede explicarse el caso, por el carácter nacional de la guerra, ó ser simplemente uno de los errores comunes. El escudo en este caso es el sello de Rivadavia, con Sol modificado, que apenas asoma, aplastado por la leyenda en letra exagerada. He ahí una alteración por cálculo deficiente del artista. El cuartel de Palermo, ostenta sobre su portón un escudo deplorable. Et sic de caetera.

Si los propietarios de imprentas argentinas revisan sus cajas de viñetas, podrían ciertamente ofrecerme la misma variedad de escudos alterados que he exhibido. Sus publicaciones en las fiestas cívicas son prueba de ello. Ninguna lo tiene grabado con exactitud y sería deber y obra patriótica inutilizarlos, para cumplir la ley de 1813, dando alto y fecundo ejemplo al pueblo argentino y á todas sus administraciones públicas.


XIV


El ministerio de relaciones exteriores dio en 1882 el primer paso hacia la unificación. Dirigió con este motivo al cuerpo consular la nota, de 5 de marzo de 1885 « en el objeto de uniformar en los consulados el uso de la Bandera y del Escudo Nacional », á cuyo efecto acompaña una lámina « debidamente colorida ». Describe, el escudo, en estos términos: « El escudo está pintado con los colores y atributos que dispuso la Soberana Asamblea de 1813. Es de forma oval, azul en sus dos cuarteles superiores y blanco en los inferiores. Sus atributos son dos manos unidas sosteniendo en una pica el gorro frigio, cuyo significado es: En Unión y Libertad; lo corona un sol naciente y lo rodean dos gajos de laurel ligados en su base, como lo representa la pintura ».

Fundada está ya en las páginas y documentos precedentes la refutación de los errores históricos y heráldicos que las palabras trascritas contienen. Los colores en heráldica toman el nombre de esmaltes, y el azul matriz el de azur. El de la bandera y del escudo argentino dicho celeste, es en el tecnicismo del Arte de blasonar, azur ligero, es decir, azur « que adicionado de blanco queda claro ». Dícese también azur blanco.[18] No tiene el escudo argentino, por otra parte, cuatro cuarteles, correspondientes al « acuartelado en cruz »: es cortado, porqué, según la acepción heráldica del léxico de la Real Academia «está partido horizontalmente en dos partes iguales».[19] Las manos están algo más que unidas, encajadas, en el símbolo heráldico dibujado del « apretón de manos », « poignée de main », « hand in handy », « in close union, just, fair, equitable »—« En estrecha, justa, pura y equitativa unión ».—No es corona sinó timbre del escudo un Sol; el Sol no es naciente, sino en meridiano; y tampoco lo rodean dos gajos de laurel, sino la corona del Triunfo y de la Gloria. El dibujo mencionado en la circular con sus impropios colores, litografía de G. Kraft, fué publicado entre las páginas 512 y 513 del Boletín Mensual del Ministerio de Relaciones Exteriores, primer semestre de 1885. El mismo contiene estos errores: bordura externa que no existe en el original, guirnalda en lugar de corona de laurel, esmalte azur por azur ligero ó blanco, gorro frigio indebidamente contornado y sin dobladura en la base, manos movientes rectas en vez de inclinadas y fruta en el laurel. El Sol de la bandera difiere del Sol del escudo.


XV


La lámina II contiene el escudo de la República Argentina en la forma sancionada por la Asamblea General Constituyente de 1813.[20] Los documentos, cuños y dibujos oficiales de la época han sido escrupulosamente estudiados. El pintor italiano Ricardo Teodori bosquejó los cartones de cada símbolo. El señor Adolfo Wolf, jefe del taller artístico de la casa de Jacobo Peuser, compuso con esos elementos, ambos aconsejados y vigilados por mí, el dibujo definitivo, verdadero y estrictamente legal, del escudo y de las banderas
de la República Argentina. Ofrezco este estudio de Historia, Ciencia y Arte al personal docente y á los niños del V distrito escolar de la Capital de la República, invitándolos á unirse á mi homenaje de amor y de respeto á los emblemas sagrados y gloriosos de la Patria.
E. S. Zeballos.


Buenos Aires, 9 de Julio de 1900.

  1. Consúltese la discusión histórica mantenida en 1878 por el teniente general Bartolomé Mitre y el señor Mariano A. Pelliza subsecretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, con intervención de otras personas autorizadas. Sostenía el general Mitre los colores blanco y celeste de la tradición sancionada por la Asamblea de 1813 y por el Congreso de Tucumán en 1816. El señor Pelliza afirmaba que la ley del Congreso de Tucumán estableció el color azul en 1818, es decir, un tinte más obscuro que el de las divisas, escarapelas y banderas acostumbradas desde el año XIII. El historiador señor Clemente L. Fregeiro tomó parte en el debate de acuerdo con las conclusiones del general Mitre—(Mitre, Historia de Belgrano y de la Independencia Argentina, I. 387, 3ª edición; Veredicto de 3 de Mayo de 1878, en La Nación; A. M. Pelliza, en El Nacional del mismo año, firma * * * números del 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de Mayo. Clemente L. Fregeiro, en La Nación de 15, 17 y 18 de Mayo).
  2. Hé aquí, además, las resoluciones sobre el uso de las banderas, dictadas por el gobierno nacional, erradas en cuanto limitan á ciertos días el uso oficial del pabellón nacional, que debe flamear todos los días en los edificios públicos nacionales provinciales y municipales y permanentemente, como sucede en los países análogos de inmigración, en los Estados Unidos de América, por ejemplo.
    Buenos Aires, Abril 25 de 1884.

    Siendo notorio el abuso que se ha introducido en la colocación de banderas por los particulares, en los días de festividades públicas, y considerando: que, tanto la bandera nacional ó de guerra con un Sol al centro (La bandera sin Sol ó menor, es también bandera nacional según ley de 25 de Julio de 1816, trascrita), decretada por el Congreso de 1818, como los pabellones de las naciones amigas son de uso exclusivo de los Gobiernos, el Presidente de la República—

    DECRETA:

    Artículo 1º La bandera argentina con el Sol, únicamente podrá izarse en los edificios públicos de la Nación, en las fortalezas, en los buques de la Armada y en el Ejército.

    Artículo 2º En las fiestas públicas y conmemoraciones patrióticas, los ciudadanos podrán hacer uso de la bandera argentina sin el Sol, izándola en sus edificios; siendo extensivo este derecho á los extranjeros que quieran asociarse.

    Artículo 3º Queda prohibido enarbolar en tierra los pabellones de otros Estados, con excepción de las casas de sus Agentes Diplomáticos y Consulares.

    Artículo 4º En el ornato de fachadas de edificios ó de locales preparados para festejos públicos, podrán usar indistintamente los colores de todas las banderas, y en los trofeos que se formen la argentina ocupará siempre el centro.

    Artículo 5º En los ríos y radas de la República, con excepción de la bandera nacional de guerra, reservada á los buques de la Armada, podráu usarse las banderas de señales que son de práctica en la misma.

    Artículo Queda sin efecto toda otra disposición anterior que contradiga este Decreto.

    Artículo 7º Comuníquese á los Ministerios del Interior y de Guerra y Marina é ensértese en el R. N.

    ROCA.
    Francisco J. Ortiz.


    Buenos Aires, Julio 7 de 1884.

    Al Excmo. señor Ministro del Interior doctor don Bernardo de Irigoyen.—El decreto de 25 de Abril último reglamentario del uso de banderas, no es cumplido por el público. Me permito atribuir esto á la falta de una sanción penal sobre las infracciones, sanción necesaria á todas las disposiciones de carácter prohibitivo.

    Existen disposiciones vigentes que penan con ocho pesos de multa, ó en su defecto, cuatro días de arresto á los infractores de disposiciones de orden público, entre los cuales podía considerarse comprendido el decreto sobre banderas. Pero antes de hacer efectiva la pena he creído de mi deber elevar el caso á la aprobación de V. E.

    Comprendo que por dicho decreto en manera alguna se permite á los particulares el uso de banderas extranjeras con ó sin escudo, sino los colores de ellas, formando adornos ó trofeos en los cuales la bandera argentina ocupará siempre el centro.

    Si la primera contravención al decreto se corrigiese con una mera intimación preventiva y solo en caso de reincidencia se aplicase la pena referida considero que él sería generalmente cumplido sin necesidad de recurrir á la aplicación de ésta.

    Tengo el honor de saludar á V. E. con toda consideración.

    Marcos Paz.


    Buenos Aires, Julio 22 de 1884.


    Pase al informe del Procurador General.


    Ortiz.


    Señor Ministro: El señor Jefe de Policía observa justamente que toda disposición es ineficaz sino lleva aparejada una sanción penal. El decreto de Abril próximo pasado sobre el uso de banderas, carece de esta sanción si bien debe suponerse la lleva implícita, pues de otra manera será impunemente desobedecida y eso tendría más alcance que el desprestigio de la autoridad.

    También es sabido que no es justo castigar la infracción de una disposición cualquiera, sin hacer saber primero cuál es la pena en que incurre el que la quebranta.

    En el presente caso, si bien el que levanta bandera nacional ó extranjera, contra lo dispuesto por el decreto recordado, merece un castigo por su desobediencia, siquiera sea el mínimum, que autorizan los reglamentos policiales, bien podría alegar en su favor que no se le había hecho saber que incurría en pena alguna.

    Puesto que es la Policía la repartición encargada del cumplimiento del decreto en cuestión, el camino indicado es bien sencillo. Bastará que al aproximarse alguna fiesta, publique el señor Jefe edictos recordando la prohibición y estableciendo al mismo tiempo la pena en que incurren los contraventores. E1 mismo señor Jefe indica, oportunamente que esta pena debe ser ligera y solo por la reincidencia.

    Eduardo Costa.

    Julio 29 de 1854.



    Agosto 29 de 1884.

    Departamento de Relaciones Exteriores.—Visto lo informado por el Procurador General de la Nación, el Presidente de la República—

    DECRETA:

    Artículo 1º Los infractores del decreto de 25 de Abril último, pagarán una multa de ocho pesos por cada contravención, ó en su defecto, sufrirán cuatro días de arresto.

    Artículo 2º El Jefe de Policía de la Capital y en las Provincias, las autoridades que designen los Gobernadores harán efectivas estas multas.

    Artículo 3º Comuniqúese al Ministerio del Interior para su circulación, publíquese y dése al R. N.

    ROCA.
    Francisco J. Ortiz.


    Buenos Aires Diciembre 26 de 1899.

    Vista la nota de la Comisión encargada de la dirección del «Asilo de Marineros», solicitando autorización para izar en su local, las banderas Nacional, Británica y Alemana, con el fin de indicar á los marineros extranjeros que accidentalmente desembarquen en esta Capital, donde está instalado el establecimiento mencionado: teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto de 25 de Abril de 1884, relativo al uso de banderas y lo aconsejado por el Procurador del Tesoro, en su anterior dictamen,

    SE RESUELVE:

    Conceder el permiso solicitado para izar las banderas Británica y Alemana, juntamente con la Nacional, (sin Sol) en los días hábiles.

    Comuniqúese, publíquese, insértese en el Registro Nacional y archívese el expediente.

    ROCA.
    Felipe Yofre.
  3. Véase Cancionero Popular en esta Revista, mayo y junio.
  4. Verso del Himno Nacional, aludiendo al pueblo argentino victorioso.
  5. Más que unidas, efusivamente oprimidas una con la otra.
  6. «Se il disco è vuoto, chiamasi solé rozzo; se sta nel angolo superiore destro levante; nell' angolo superiore sinistro tramontante; nel mezzo meriggio.» (Grammatica Araldica, etc. F. Tribolati, Milano 1892, pag. 54).
  7. Consúltese, Cancionero Popular, junio pasado.
  8. L'Art Héraldique, pág. 55. Ofrece el dibujo en la misma página.
  9. Nouveau Traité des Armoiries oú la Science de l' Art du blason expliqués, etc. París, 1887, pág. 495.
  10. Los colores heráldicos llevan el nombre común de esmaltes y son siete: azur ó azul, gules ó rojo, sable ó negro, sinople, ó verde y púrpura. El blanco es plata y el amarillo es oro. Puede consultarse al respecto, además del diccionario oficial de la lengua castellana, el precioso estudio escrito en francés é impreso con numerosos grabados por J. Adeline y traducido y aumentado considerablemente por José Ramón Mélida, del Museo Arqueológico Nacional de Madrid, edición de 1888. Me basta citar sobre este punto autoridades francesas porque, como dice Bouton «el lenguaje del Blasón es francés en todos los países, en Inglaterra, como en Alemania, en España como en todas partes. Somos los maestros en esta ciencia y en este arte». (Pág. 2, obr. cit.) Algunos autores franceses, sin embargo, añaden un octavo color, el segundo del espectro solar «anaranjado». Los colores heráldicos se llaman ligeros ó blancos, cuando adicionados de blanco resultan claros.—Los colores heráldicos argentinos son pues, en la bandera y en el escudo los siguientes: BANDERA: Celeste y blanco (azur ligero y plata). ESCUDO: Cuartel superior de azur ligero ó blanco; cuartel inferior de plata; gorro frigio de gules; Sol esplendente de oro; manos movientes encarnadas; pica de sable; corona de laurel sinople; lazo de cintas color de los cuarteles.
  11. «Dicese de la parte superior del escudo», dividido de manera que sus dos tercios correspondientes á la inferior, forman el campo ó champagne de los franceses.
  12. «Se designan asi todas las piezas sobre los cuales se superponen otra».—Mélida, obr. cit. pág. 118).
  13. El distinguido numismático americano y argentino Alejandro Rosa, citado, conserva libros heráldicos que pertenecieron á uno de los proceres de mayo, el general Juan Ramón Balcarce.
  14. Mosen Javier Verdaguer, Canigó, Madrid 1898, canto La Romería, pág. 5.
  15. El Arte Heráldico, cuya estricta observación por los blasonadores del escudo argentino he comprobado, distingue entre guirnalda ó corona abierta y simplemente corona. De estos dos atributos heráldicos la Asamblea del año XIII sancionó la corona y la provincia de Buenos Aires bajo el gobernador general M. Rodríguez, adoptó la guirnalda. Los escudos de armas que usan uno ú otro símbolo, sin confundirlos, son numerosísimos y pueden ser verificados en las obras citadas.
  16. En el Arte heráldico se llama así al objeto cuyo dibujo lo presenta inclinado á la inversa de su posición.
  17. «Desde el siglo XVI adelante fué usada generalmente la forma (de escudo) con los ángulos inferiores redondos y terminada en punta y este escudo se llamó sannítico, francés ó moderno.» (Tribolati, obr. cit., pág. 9).
  18. Términos de Arte, por J. Adeline, traduc. de J. R. Mélida, Madrid, 1888, pág. 149. «Colores heráldicos, couleurs heraldiques. Colores ligeros».
  19. Véase «Escudo cortado>, pág. 419, tercera columna.
  20. El dibujo de la lámina II y los capítulos IV á XI de este estudio histórico fueron sometidos en prueba de respetuoso homenaje á los ilustres jefes de las dos escuelas históricas argentinas, teniente general Bartolomé Mitre y doctor Vicente Fidel López.—He aquí las palabras con que se dignaron devolverme los documentos;
    Julio 17 de 1900.


    Señor doctor don Estanislao S. Zeballos.

    Mi muy querido amigo:—He leído con muchísima atención las páginas que Vd. dedica al «Escudo Nacional» y le declaro que no solo me han gustado mucho sino que he aprendido en ellas cosas que no sabia en detalle, pues á pesar de lo interesante de la materia ella no se ha tocado con los trabajos históricos que me ocupaban.—Yo he tomado esos símbolos en conjunto como los había hallado; pero Vd. profundiza de tal modo los detalles concurrentes al estudio y á la adopción del «Escudo Nacional» que no me deja duda ninguna acerca del genuino mérito de cada uno de los accidentes del dibujo; resultando probado que todos ellos se basan en el estudio científico de la heráldica: que el sol está tomado en su forma clásica por los rayos alternados en su esfera y que la corona de laureles así como la pica y el gorro frigio que sostienen, son evidentemente una reminiscencia ó reproducción clásica también, es decir completamente griega y tradicional en las ideas de la rasa.

    Todo prueba el dominio que al principio de nuestra revolución ejercía el clasicismo latino en la imaginación y en los propósitos libertadores de nuestros padres.

    Acepto, pues, todas las conclusiones á que Vd. arriba en el artículo dicho; y no me cabe la menor duda del acierto y veracidad con que Vd. ha hecho el estudio del «Escudo Nacional».

    Su amigo

    Vicente F. López.


    Bartolomé Mitre

    Saluda afectuosamente al señor doctor Estanislao S. Zeballos y le devuelve las pruebas de su escrito, que ha leído con mucho interés. No necesita pase mi visto bueno, pues, la materia está tratada con tal originalidad y erudición, que lleva en sí la prueba y cuyas conclusiones se imponen naturalmente. Con este motivo agradece los opúsculos que le ha enviado.

    Julio 17 de 1900.


    Quedan así definitivamente restaurados á su forma legal las banderas y el Escudo de la República.—( E. S. Z.)