Gaceta del Salvador/Tomo 10/Número 14

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​Gaceta del Gobierno del Salvador en la America Central​ (1861)
Tomo 10 Número 14

página 1

Republica del Salvador.

America Central.


Gaceta Oficial.

Tomo 10.Num. 14.

san salvador, 30 de noviembre de 1861.

Indice[editar]

Índice.
Pág.
Col.
PARTE OFICIAL.—Acuerdo del Gobierno nombrando al Licenciado don Tomas Ayon Ministro de Justicia, Instruccion pública y Negocios eclesiásticos, y al Licenciado Don Manuel Suarez Juez general de Hacienda; conservando los Señores Irungaray y Aguilar sus respectivos Ministerios
1
1
 Decreto del Gobierno recordando el cumplimiento de la ley 1ª título 8º libro 7º de la Recopilacion Patria
1
2
 Acuerdo del Gobierno disponiendo que las limosnas de enterramientos en los templos sean enteradas en las Tesorerías municipales de la República
2
1
PARTE NO OFICIAL.—La Gaceta: editorial
2
1
 Poder temporal del Papa
2
3
 exterior.—Roma: el poder temporal del Papa juzgado por un Sacerdote católico
2
3
 El Padre Passaglia
3
1
 Méjico
4
2
 inserciones.—Reflexiones sobre las revoluciones políticas y la condicion social de las repúblicas hispano-americanas
4
3
 movimiento marítimo.—De los puertos de la Union, de Acajutla y de la Libertad
6
1
 avisos
6
2


Parte Oficial[editar]

Parte Oficial.

Acuerdo del Gobierno nombrando al Licenciado don Tomas Ayon Ministro de Justicia, Instruccion pública y Negocios eclesiásticos, y al Licenciado Don Manuel Suarez Juez general de Hacienda; conservando los Señores Irungaray y Aguilar sus respectivos Ministerios[editar]

Acuerdo del Gobierno nombrando al Licenciado don Tomas Ayon Ministro de Justicia, Instruccion pública y Negocios eclesiásticos, y al Licenciado Don Manuel Suarez Juez general de Hacienda; conservando los Señores Irungaray y Aguilar sus respectivos Ministerios.
ministerio de relaciones y de gobernacion.
Casa de Gobierno: San Salva-
dor, Noviembre 27 de 1861.


 El Poder Ejecutivo, teniendo en consideracion que el aumento de trabajo que ha habido de algun tiempo acá en los Ministerios, demanda que por lo menos haya tres Ministros de los cuatro que establece el decreto de 12 de Febrero de 1858, los cuales por la mira de economizar gastos al erario no se han provisto;

Acuerda:

 1º—Habrá tres Ministerios en lo sucesivo para el despacho del Poder Ejecutivo: uno de ellos será de Relaciones Esteriores y Gobernacion con los ramos de Agricultura, Industria, Comercio y Trabajos públicos: otro de Justicia, Instruccion pública y Negocios Eclesiásticos; y el restante de Hacienda y Guerra.
 2º—El actual Ministro de Relaciones Don Manuel Irungaray conservará su cartera con los ramos espresados en el artículo precedente: el Licenciado Don Tomas Ayon actual Rector de la Universidad, conservando su empleo se hará cargo del Ministerio de Justicia, Instruccion pública y Negocios Eclesiásticos; y el Licenciado Don Eugenio Aguilar, conservará el Ministerio de Hacienda y Guerra.
 3º—Quedando vacante el empleo de Juez general de Hacienda que ha estado á cargo del Licenciado Ayon, se nombra para sucederle al Licenciado Don Manuel Suarez, que actualmente está ausente; y mientras viene á hacerse cargo del empleo, lo desempeñará el Juez de 1ª instancia de esta Capital, conforme lo dispone la ley.—Comuníquese.
 (Rubricado por S. E.)

El Ministro de Relaciones
y de Gobernacion;


Irungaray.

Decreto del Gobierno recordando el cumplimiento de la ley 1ª título 8º libro 7º de la Recopilacion Patria[editar]

Decreto del Gobierno recordando el cumplimiento de la ley 1ª título 8º libro 7º de la Recopilacion Patria
ministerio de justicia, instruccion publica y negocios eclesiásticos
Decreta:

página 2

El Ministro de Justicia, Instruccion
pública y Negocios Eclesiásticos;


Tomas Ayon.

Acuerdo del Gobierno disponiendo que las limosnas de enterramientos en los templos sean enteradas en las Tesorerías municipales de la República[editar]

Acuerdo del Gobierno disponiendo que las limosnas de enterramientos en los templos sean enteradas en las Tesorerías municipales de la República
Casa de Gobierno: San Salva-
dor, Noviembre 29 de 1861.


Acuerda:
El Ministro de Justicia, Instruccion
pública y Negocios Eclesiásticos;


Ayon.


Parte No Oficial[editar]

Parte No Oficial.

La Gaceta[editar]

La Gaceta.

San Salvador, Noviembre 30 de 1861.

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